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El juez Eloy Velasco prohíbe la marcha por los presos de ETA

El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco

Pedro Águeda

El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha resuelto prohibir la manifestación en apoyo de los presos de ETA que estaba previsto celebrarse el sábado en Bilbao, informaron a eldiario.es fuentes jurídicas. El magistrado accede así a la petición del fiscal Carlos Bautista, quien informó de que detrás de la organización del acto estaba Herrira, la organización a la que el propio Velasco suspendió de actividades en octubre.

La decisión de Velasco se produce apenas dos horas después de que se conociera que su compañero Pablo Ruz no encontraba indicios sólidos de que en el acto se fuera a enaltecer el terrorismo. En su auto, Ruz rechazaba prohibir el acto como medida cautelar frente al posible enaltecimiento, pero dejaba la decisión final en manos de su compañero Velasco, por ser quien instruye la causa contra Herrira. El fiscal defendía que la manifestación vulneraría esa suspensión de actividades de la organización de apoyo a los presos.

Velasco defiende esa vulneración de la suspensión de actividades y añade que si bien las actividades de Herrira no tienen por qué ser terroristas su actividad es sospechosa de ser parte de la estrategia de ETA. El juez ordena a las Fuerzas de Seguridad, incluida la Ertzaintza, que no permita realización de ese acto, ni de ningún otro que mañana organice Herrira.

La manifestación en apoyo de los presos es ya una tradición en Euskadi, que tiene lugar en días posteriores a las fiestas de Navidad y que reúne cada año en Bilbao a miles de personas. Entre sus reivindicaciones está el fin de la dispersión de los presos de ETA.

Este año la convocatoria corre a cargo de Tantaz Tanta (gota a gota), pero Bautista defiende que es Herrira “la diseñadora o autora” de la dinámica de este colectivo. La Plataforma de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, una organización satélite de la AVT, y Dignidad y Justicia se habían dirigido previamente a la Audiencia Nacional solicitando la prohibición de la marcha.

En un auto de 17 páginas, Ruz aseguró que las Fuerzas de Seguridad y Fiscalía no han aportado elementos suficientes que “permitan superar la fase de sospecha y alcanzar la fase de alta probabilidad indiciaria” que se exige para apreciar el delito de enaltecimiento del terrorismo. Ruz se basa en la reciente doctrina del Tribunal Supremo, por la que el Alto Tribunal no advierte elogios o justificaciones del terrorismo en pedir el fin de la política de dispersión.

La manifestación tiene previsto que confluyan dos marchas en las que los participantes portaran un cartel que emula una gota de agua, por lo que ni siquiera se adivina que se vayan a portar pancartas o corear lemas susceptibles de constituir enaltecimiento del terrorismo, viene a razonar el juez. Con todo, Ruz ordena a las Fuerzas de Seguridad que vigilen la manifestación por si ese delito se pudiera dar y que de darse el caso, lo eviten.

Fuentes del Gobierno consultadas por Europa Press reconocen la satisfacción del Ejectivo con la decisión del juez y afirman que la posición de la Audiencia Nacional es precisamente la defendida por el Gobierno.

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