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Los expresidentes del Gobierno se quedan fuera de la ley de Transparencia y del estatuto del alto cargo

José Luis Rodríguez Zapatero, José María Aznar y Felipe González juntos en un acto público

Carmen Moraga

Los expresidentes del Gobierno seguirán gozando de un régimen especial, al margen de las leyes de regeneración que están en trámite en el Congreso, algunas de las cuales acaban de ser aprobadas, como la del estatuto del alto cargo. Esta figura fue regulada por un decreto ley de 1992 aprobado por el Gobierno de Felipe González, que decidió modificar otro anterior, de 1983, firmado también por él.

Además de las prebendas que contempla para ellos este decreto, la ley de Transparencia no se ha atrevido a someter al escrutinio público los ingresos reales que cobran nuestros exmandatarios. Tampoco estarán afectados por las incompatibilidades, más allá de los dos años posteriores al abandono del cargo marcados por la legislación actual.

“La experiencia adquirida desde su promulgación aconseja revisar el régimen estatutario reconocido a los Ex Presidentes del Gobierno”, afirmaba en el preámbulo el decreto de 1992 aprobado por González en el que se dejan sentados los privilegios de los que iban a gozar a partir de ese momento estas figuras institucionales. Desde entonces, poco se ha movido con respecto a su estatus. La única modificación data de 2008 y fue realizada por el Gobierno de Rodríguez Zapatero pero para ampliar algunas prerrogativas hacia las parejas de los expresidentes.

En virtud de esos cambios, en caso de fallecimientos de un expresidente, “su cónyuge o persona unida con análoga relación de afectividad, tendrá a su disposición un automóvil de representación con conductores de la Administración del Estado” y, además, “gozará de los servicios de seguridad que las autoridades del Ministerio del Interior estimen necesarios”. El nuevo decreto ordenaba que el Ministerio de Economía y Hacienda efectuara “las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para la ejecución del presente real decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE”.

Con la entrada en vigor de la ley de Transparencia se suponía que se iban a poder conocer todos los ingresos que perciben los expresidentes del Gobierno. Pero, según las fuentes consultadas, en el Portal de la Transparencia recientemente abierto no figuran como tales, en su condición de expresidentes. Pese a ello, se sabe que tienen asignada una pensión vitalicia de cerca de 80.000 euros al año, además de gastos de oficina y coche oficial, partidas que están consignadas en los Presupuestos Generales del Estado pero de las que no tienen que rendir cuentas.

Al dejar el cargo tienen derecho a formar parte del Consejo de Estado, un puesto remunerado con otros 75.000 euros anuales e incompatible, eso sí, con la empresa privada. Por ese motivo Aznar renunció a él un año y medio después de abandonar la Moncloa y ser fichado por News Corporation, el grupo empresarial de Rupert Murdoch. González no quiso entrar. Solo Zapatero ocupa ese cargo.

Los expresidentes tampoco tienen obligación de explicar lo que cobran como consejeros de empresas de sectores estratégicos –la mayoría antes en manos del Estado-, ni de lo que reciben por dar conferencias, o por mediar en un negocio, como publicó eldiario.es que hizo Aznar ante la Libia de Gadafi, aunque lo declarara a Hacienda. Todo eso se consideran ingresos “privados” al igual que sus agendas.

Precisamente, el pasado miércoles, durante las votaciones de la nueva ley reguladora del ejercicio del alto cargo, UPyD vio cómo el PP y el PSOE votaban en contra de dos enmiendas en las que se hace referencia al Estatuto de los expresidentes del Gobierno.

Según explica a eldiario.es el diputado Carlos Martínez Gorriarán, son dos enmiendas de adición a la nueva ley que ya habían presentado anteriormente por otras vías parlamentarias. En una de ellas la formación magenta pedía que fuera incompatible que los expresidentes puedan recibir una pensión del Estado con cualquier otro ingreso privado. “Hasta ahora, además de cobrar una sustanciosa pensión vitalicia, pueden tener otros ingresos privados de diversos sitios e ilimitadamente. Nosotros consideramos que deben elegir una de las dos cosas”, explica Martínez Gorriarán, cuyo grupo parlamentario cree que se les debe exigir total “transparencia” en sus actividades y no la opacidad que les rodea.

La otra enmienda se refiere a la necesidad de eliminar buena parte de los privilegios que tienen estos exmandatarios porque a UPyD no le parecen razonables, “sin menoscabar que, en función de su papel institucional, deben tener un trato diferencial”.

“Consideramos que las prebendas y beneficios de las que gozan los expresidentes del Gobierno son incompatibles con la situación actual de nuestro país, así como un claro agravio comparativo con el resto de los ciudadanos”, afirman en la justificación de la enmienda.

El artículo 15 de la la nueva ley sobre regulación del alto cargo dictamina que los presidentes del Gobierno tendrán derecho “a una compensación tras el cese” que será “el previsto en el Real Decreto 405/1992, de 24 de abril, por el que se regula el Estatuto de los Ex Presidentes del Gobierno”. Lo que viene a ratificar que nada va a moverse.

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