La Junta Electoral olvida regular los debates por internet
Durante los últimos treinta años, la Junta Electoral Central (JEC) ha ido desarrollando unas reglas sobre la cobertura mediática de las campañas. Ha regulado los debates que emiten las televisiones, pero aún no ha ampliado sus normas a internet. En la práctica, esto permite que el resto de medios que emiten sus debates por streaming no estén sometidos a las exigencias de pluralismo y neutralidad informativa.
Esos principios están recogidos en la Ley Electoral, que solo hace referencia a las televisiones, incluidas las privadas. La JEC ha ido desarrollando este artículo a través de una serie de instrucciones, pero este órgano, integrado por magistrados y catedráticos, todavía no ha dictado normas para los debates por internet.
Así queda reflejado en un acuerdo de la Junta en respuesta a una petición de UPyD. Este partido había recurrido su exclusión del debate a cuatro organizado por El País para el próximo lunes. La doctrina de la JEC afirma que se pueden organizar debates con partidos sin representación -participarán Ciudadanos y Podemos-, pero estos deben incluir también a quienes sí tienen escaños.
Sin embargo, la JEC ha rechazado la reclamación de UPyD. En su respuesta, afirma que el debate no choca con el artículo 66 de la Ley Electoral, que exige respetar los principios de proporcionalidad y neutralidad informativa en los debates electorales, porque solo hace referencia a las televisiones privadas.
De esta manera, mientras Atresmedia podría enfrentarse a una resolución contraria de la JEC por el debate al que no ha incluido a IU y UPyD, El País tiene vía libre para invitar a los representantes políticos que elija porque su debate se puede seguir en directo a través de una página web.
La JEC apenas se ha pronunciado en sus acuerdos e instrucciones acerca de internet, un servicio al que tiene acceso el 97% de la población, y que un 71% usa habitualmente. Además, un 78% se informa a través de medios online.
IU también ha presentado un recurso contra los debates de El País y Atresmedia. Ambos incumplen el mismo punto de la legislación, pero la JEC solo se pronunciará sobre el debate en televisión.
La Junta Electoral nació tras la aprobación de la Ley Régimen Electoral General en el año 1985. Su misión fundamental es “velar por la transparencia y objetividad del proceso electoral”.
Está integrada por trece miembros que tienen un mandato de cuatro años. Ocho de ellos son magistrados del Tribunal Supremo elegidos por el Consejo General del Poder Judicial mediante insaculación, introduciendo votos secretos en una bolsa.
Los otros son catedráticos de Derecho o de Ciencias Políticas y Sociología. En este caso, son propuestos por los partidos con representación en el Congreso.