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El PP, a juicio por llevar a votar a ancianos con las facultades intelectuales afectadas

Acto de Feijóo con dirigentes del PP de Lugo en la campaña de 2012.

Aitor Riveiro / David Lombao

Un exdirigente y tres militantes del PP de Lugo irán a juicio por trasladar desde una residencia a un colegio electoral a varios ancianos con las facultades mentales “afectadas”. La jueza que instruye el caso dictó el pasado 6 de junio el auto de apertura de juicio oral al que ha tenido acceso eldiario.es contra el criterio de la Fiscalía, que solicitó el sobreseimiento de la causa.

Entre los acusados está José Luis Iravedra, expresidente del PP lucense y a quien Alberto Núñez Feijóo ha mantenido durante años en el consejo de administración de la Radio Televisión de Galicia en representación de su partido. Según la jueza Sandra Piñeiro, en la mañana del 21 de octubre de 2012, día de elecciones gallegas y de la reelección de Alberto Nuñez-Feijóo, Iravedra y tres militantes más del PP lucense se dedicaron a “carretar” -acarrear, en su traducción literal al castellano- residentes de un asilo de Lugo gestionado por las Hermanitas de los Ancianos Desamparados, papeleta en mano, hasta un colegio electoral próximo.

Además están acusadas también la exconcejal Teresa Taboada y los militantes del PP de Lugo Benigno Gómez y Serafín Rodríguez.

Según la investigación iniciada a raiz de una denuncia de AGE y mantenida por Esquerda Unida como acusación popular, los ancianos trasladados para “depositar el voto” lo fueron aunque, según informes del Instituto de Medicina Legal de Galicia, “carecían de capacidad para comprender y decidir el sentido de su voto” a causa de “padecimientos” como “demencia senil” o el alzheimer. La jueza da por acreditado que “todos” los residentes trasladados llegaron a votar y que sólo lo hicieron porque los trasladaron los miembros del PP, en quien apreciaba “indicios racionales de criminalidad” como presuntos autores de un delito electoral.

En el propio auto describe el deterioro físico y mental que, según los informes forenses, padecían los siete ancianos trasladados, dos de ellos ya fallecidos. Así, por ejemplo, las exploraciones del IMELGA reflejan que una de las trasladadas, una mujer de 88 años en el momento de los hechos, presentaba “antecedentes de deterioro cognitivo”, era “dependiente” para realizar “actividades básicas” y sufría “alteraciones de memoria y cognitivas de rango importante”.

Otra de las ancianas, acompañada según el auto por Iravedra, estaba diagnosticada de Alzhéimer y de “demencia en estado moderado”. Una tercera persona 'carretada', de 98 años en 2012, presentaba evidente “desorientación” y “total dependencia”. La demencia no estaba presente en, al menos, una de las personas presuntamente llevadas a votar. Sin embargo, “es analfabeta” y sufre “alteracioens de memoria” y “capacidad de juicio crítico limitada”.

Oposición de la Fiscalía y nuevos requerimientos

La jueza ha adoptado la decisión contra el criterio de la Fiscalía provincial, quien ha pedido el sobreseimiento en múltiples ocasiones. La magistrada ya ordenó reabrir la causa después de que otro juzgado de Lugo decretara el sobreseimiento provisional. En su exposición la magistrada alude a numerosos precedentes en otros tribunales, como el Supremo, para indicar que procede seguir adelante con el proceso y abrir juicio oral pese a que sólo permaneza en el caso la acusación popular de EU. Uno de los supuestos en los que la ley lo ampara, indica, son los presuntos delitos que afectan a “bienes de titularidad colectiva” o “naturaleza difusa”. “Este es el caso de los delitos electorales”, advierte.

Además, en el auto que desvela eldiario.es, rechaza tal y como había solicitado la acusación popular de Esquerda Unida que se tome declaración al dirigente del PP gallego y portavoz del PP en el Senado José Manuel Barreiro. Si ordena, no obstante, recabar nueva documentación. Concretamente, el PP de Lugo tendrá que remitir al juzgado los documentos que acreditan que Iravedra, Benigno Gómez, Teresa Taboada y Serafín Rodríguez actuaron como apoderados del partido en aquella jornada electoral. La Junta Electoral, por su parte, tendrá que remitir una copia de la incidencia comunicada por AGE en el colegio electoral, que posteriormente lugar a la denuncia de EU, miembro de la coalición..

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