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El Supremo avala que España investigue la muerte de Ellacuría y otras 7 personas pese a la reforma de la justicia universal

El Supremo reconoce jurisdicción Audiencia Nacional sobre asesinato Ellacuría

EFE

Madrid —

El Tribunal Supremo ha afirmado la jurisdicción de los tribunales españoles y, en concreto, de la Audiencia Nacional, para investigar el asesinato del jesuita Ignacio Ellacuría y otras siete personas ocurridos en noviembre de 1989 en El Salvador.

El alto tribunal pone en duda en su auto que el país centroamericano haya tenido voluntad real de investigar los hechos y, por esa razón, junto a la existencia de víctimas de nacionalidad española, afirma la competencia de los tribunales españoles de acuerdo a lo previsto por la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Las muertes de seis sacerdotes jesuitas, una empleada doméstica y una hija de ésta a manos de militares salvadoreños ocurrieron en la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas. Su investigación estaba en manos del juzgado de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional del que es titular Eloy Velasco. Este juez consultó al Supremo si correspondía o no el archivo en función de la reciente reforma de la ley que regula la llamada justicia universal.

El Salvador no persiguió a los responsables

El alto tribunal ha respondido al juez que debe seguir investigando porque considera que, por un lado, varias víctimas tenían la nacionalidad española además de la salvadoreña y, por otro, hay “indicios suficientes” de que el proceso penal desarrollado en su día en El Salvador no garantizó el castigo y persecución efectiva de los responsables de los crímenes.

Según el auto dictado este miércoles por el Supremo, del que ha sido ponente el presidente de la Sala Penal de este tribunal Manuel Marchena, “el proceso penal seguido en El Salvador no pretendió realmente que los responsables de los hechos fueran castigados sino, más bien, su sustracción a la Justicia, todo ello acompañado de la ausencia de las garantías necesarias de independencia e imparcialidad”.

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