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El Tribunal de Cuentas admite que habría que “volver a revisar” la contabilidad del PP
El Tribunal de Cuentas admitió el pasado mes de marzo que atender la petición del juez sobre determinadas donaciones recibidas por el PP entre los años 1990 y 2009 requería “volver a revisar” la contabilidad de esta formación política, ya que, según explica, antes del 2007 estaban permitidas las donaciones anónimas. Además, señaló que la fiscalización que se realizó en su día no coincidía con la “finalidad” pretendida ahora por el juez.
Así consta en el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, que el Tribunal de Cuentas envió el pasado 22 de marzo al juzgado central número 3 de la Audiencia Nacional cuyo titular es Javier Gómez Bermúdez. Este magistrado pretendió tramitar la querella presentada por IU por estos hechos antes que la Sala de lo Penal de la Audiencia le obligara a ceder a la causa al juez Pablo Ruz.
El juez Gómez Bermúdez había solicitado el 13 de marzo al órgano fiscalizador que le informara sobre la existencia de determinadas donaciones realizadas por personas físicas o jurídicas en los registros contables presentados por el PP entre 1990 y 2009.
El Tribunal de Cuentas respondió al juez diez días después recordando que “únicamente” se habían podido “contrastar las donaciones correspondientes a los ejercicios 2008 y 2009”, aunque el ejercicio 2008 está aún en “fase de alegaciones” y los correspondientes a los años 2009 a 2011 “en fase de ejecución” de los trabajos de campo. “El resto de los ejercicios anteriores requeriría tener que volver a revisar la contabilidad de acuerdo con los objetivos pretendidos en la solicitud”, indicó.
Es más, el órgano fiscalizador añadió que “no quedaría garantizada la eficacia de la comprobación al no coincidir la finalidad pretendida” ahora por el juzgado en relación con las donaciones “con los objetivos de fiscalización” ni “con las pruebas realizadas en su día, en la medida en que existían donaciones anónimas y la verificación se efectuó sobre una muestra representativa de las donaciones nominativas”.
En su escrito, el Tribunal de Cuentas recuerda que la Ley Orgánica 8/2007 de Financiación de los Partidos Políticos estableció la prohibición de aceptar donaciones anónimas, estando permitidas en los años anteriores.
De hecho, explica que hasta esa fecha la identificación de las donaciones nominativas se obtenía de los registros contables auxiliares, “no existiendo comunicaciones formales específicas” porque, según insiste, se permitían las donaciones anónimas.
Y concluye asegurando que una vez que entró en vigor la nueva Ley de Financiación de Partidos, en 2008 y 2009 “no aparecen donaciones realizadas por las personas y empresas señaladas en el escrito remitido por ese juzgado de acuerdo con las comunicaciones de las donaciones que han sido facilitadas por el PP y que coinciden con las reflejadas en las correspondientes cuentas anuales”.