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El fiscal de menores decidirá sobre el ingreso provisional del agresor de Rajoy en un centro

Mariano Rajoy tras la agresión en Pontevedra

Pedro Águeda

El menor autor de la agresión a Mariano Rajoy, de 17 años, será puesto por la Policía a disposición de la Fiscalía de Menores de Pontevedra, que incoará un expediente, el equivalente a la apertura de una causa en el caso de los adultos. El fiscal puede decretar a continuación la imposición de medidas cautelares, incluido el internamiento preventivo en un centro de menores.

Pero de esa decisión dependen múltiples factores, desde la calificación provisional del delito, hasta la posibilidad de que el menor sufra algún tipo de discapacidad o enfermedad mental o la situación de su entorno familiar. Para comprobar el estado del menor, el fiscal puede pedir un examen al psicólogo del equipo técnico de la Fiscalía de Menores. En caso de que no sufra ninguna enfermedad, el fiscal examinará el atestado para conocer qué delitos detecta en los hechos la Policía, aunque su calificación no es vinculante para el Ministerio Público.

El fiscal puede optar también por la libertad vigilada, con la obligación de comparecer en sede policial o judicial periódicamente. Por contra, el fiscal puede seguir con la instrucción del expediente y dejar en libertad al menor, sin medidas, hasta que se celebre la audiencia, denominación que se utiliza para el juicio en estos casos. En ese momento, el fiscal deja de ser instructor del expediente para convertirse en acusador. Fuentes jurídicas que trabajan con menores explican a eldiario.es que la aplicación de su Ley se guía por los principos de interés superior del menor de edad, proporcionalidad y flexibilidad.

A pesar de ser menor, puede ser condenado por cualquiera de los delitos que aparecen en el Código Penal. Si la condena incluye cárcel, el joven ingresará en un centro de menores, donde permanecería hasta cumplir los 22 años, en el caso de que la condena sea tan grave como para extenderse hasta entonces. En ese momento, sería trasladado a un centro de adultos, una prisión.

La condena que pudiera recaer sobre el joven depende de circunstancias que no se pueden determinar por el momento. Algunas versiones de lo ocurrido aseguran que el joven también agredió o intentó agredir a uno de los policías de la escolta del presidente que intentó reducirle. En ese caso, se darían dos posibles delitos de atentado a la autoridad.

La Ley del Menor distingue dos tramos, el que va entre los 14 y los 16, y otro, de los 16 hasta los 18. En el segundo, y tratándose de un delito ejercido con violencia, se agravan las consecuencias en cuanto a medidas cautelares y eventuales condenas.

Cabría la posibilidad de que el detenido pertenezca a una organización terrorista. La instrucción sería igual, con el fiscal como instructor, pero ante el Juzgado de Vigilancia Penitencia y Menores de la Audiencia Nacional.

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