El Congreso avala sin el apoyo del PP que las personas trans cambien su sexo legal sin declararse enfermas
El Congreso de los Diputados ha dado luz verde a la proposición de ley que elimina los requisitos médicos para que las personas trans cambien legalmente de sexo y nombre y permite a los menores hacerlo. Con 200 votos a favor y 128 en contra (entre ellos el PP, un diputado de UPN y Foro Asturias) el pleno ha aprobado la iniciativa, que ahora comienza su trámite parlamentario, para acabar con la concepción de la transexualidad como una enfermedad a la hora de acceder a la modificación de la mención registral en los documentos oficiales como el DNI.
La votación se ha producido este jueves, pero el debate fue el martes pasado, cuando la diputada socialista María Dolores Galovart, que defendió la propuesta, aseguró que existe “la necesidad de que el Estado garantice que la identidad reconocida por la sociedad sea la percibida por la persona”. “Hoy escribimos un nuevo capítulo en la historia de los derechos de las personas transexuales”, añadió antes de defender la inclusión de los menores en la ley para que “dejen de vivir expuestos a la vulneración de su dignidad”.
La proposición de ley socialista pretende introducir una modificación en la ley 3/2007 de 15 de marzo, que regula la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.
Una norma que, según los socialistas, “ha evitado muchos sufrimientos humillaciones”, pero que para el resto debería haber introducido en el momento de su elaboración los cambios que se proponen ahora. “En su momento se engañó a las personas trans”, dijo la diputada de ERC Teresa Jordà. Miguel Ángel Garaulet, de Ciudadanos, añadió: “ustedes sabían que esta ley nacía coja”.
Los partidos celebraron la proposición porque “abre la vía a la despatologización de la transexualidad”, según la diputada de En Comú Podem Mar García Puig, que al mismo tiempo ha criticado que el trámite de la ley LGTBI (que incluye esta reivindicación) se esté retrasando en el periodo de enmiendas. El PP, por su parte, aseguró que “no puede apoyar” este texto “como está planteado”, pero no se cierra al debate. Los conservadores se mostraron reticentes a que los menores sean incluidos en la ley: “Que no se nos olvide que hablamos de menores y hay que ser muy cautelosos”, ha señalado María del Carmen Dueñas.
Qué incluye la iniciativa
La proposición acaba con la obligación de que las personas trans pasen por un proceso en el que son obligados a declararse enfermos para acceder al cambio: según la norma actual, deben contar con un diagnóstico médico o psicológico que acredite que la persona que quiere modificar su nombre padece disforia de género y que ha sido tratada un mínimo de dos años “para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado”.
La nueva redacción establece que la rectificación registral “no precisa de más requisitos que la declaración expresa de la persona interesada del nombre propio y sexo registral con los que se siente identificado/a”. Algo que se expresará en una declaración que acredite su voluntad.
Además, específica que “el reconocimiento de la identidad sexual y/o expresión de género [...] no se podrá condicionar, en ningún caso, a la acreditación de haberse sometido a ningún tipo de cirugías, a terapias hormonales o a tratamientos psicológicos, psiquiátricos o médicos de cualquier tipo”.
El objetivo es “superar de una vez por todas una legislación que conceptúa la identidad sexual y/o la expresión de género como una enfermedad, como un trastorno y como un problema individual”. El proyecto pide que, en vez desde un paradigma patologizante, las identidades trans sean enfocadas “desde la perspectiva de la diversidad de género”.
La libre autodeterminación del género
“Para que el Estado reconozca verdaderamente el derecho a la identidad de género y/o expresión de género autopercibida y libremente determinada por cada persona sin menoscabo de su dignidad se precisa una legislación que reconozca su derecho a rectificar la mención registral sin condicionamientos ni dependencias de asignación o acreditación por parte de terceros a través de los informes médicos hasta ahora exigidos”, afirma la propuesta.
Los colectivos celebran el avance, pero apuestan por un marco más global. Así, esta reforma ya está incluida en la ley LGTBI (elaborada por la FELGTB y presentada por Unidos Podemos) que se tramita en el Congreso de los Diputados –con la abstención del PP– y que todavía está en periodo de enmiendas. También contempla este cambio la propuesta de Ley Trans estatal que ha redactado la Plataforma por los Derechos Trans y que Unidos Podemos se ha comprometido a registrar.
“La discriminación que sufrimos las personas trans no se combate solo con el cambio de nombre y sexo legal, esta viene determinada por la transfobia vigente en la legislación que no reconoce la autodeterminación, el derecho al propio cuerpo y las amplias expresiones de género posibles”, dice su presidenta, Mar Cambrollé. “Es una ley administrativa necesaria, pero la transexualidad debe de ser despatologizada en todos los ámbitos”. Por ejemplo, en algunas comunidades autónomas sigue siendo necesario este diagnóstico de disforia de género para acceder al tratamiento hormonal.
De hecho, varios organismos internacionales han reclamado que los Estados deben establecer sus políticas públicas respecto a las personas trans desde la óptica de la libre autodeterminación del género. El Consejo de Europa adoptó en abril de 2015 una resolución que insta a los Estados a “garantizar que las personas transexuales, incluidas las menores, no sean considerados como enfermos mentales”.
Extender el derecho
La PL socliasta elimina la exclusión de los menores trans de la ley y les permite que puedan acceder al cambio de nombre y de sexo para dejar atrás la arbitrariedad a la que están sujetos actualmente dependiendo del Registro Civil o del juez que les toque.
El proyecto considera que incluir a los menores es “inaplazable” para cumplir con el artículo 14 de la Constitución en lo que se refiere a la prohibición de la discriminación por razón de edad y otros artículos de la Carta Magna que el Tribunal Supremo estimó en 2016 que la ley podría estar vulnerando al vetar a los niños, niñas y adolescentes.
“Con la reforma introducida por la presente ley se reconoce de manera definitiva que los menores transexuales y/o trans tienen derecho a desarrollarse libremente durante su infancia y su adolescencia conforme a la identidad sexual y/o expresión de género sentida, poniendo fin a la inseguridad jurídica que se está generando para ellos por las resoluciones contradictorias que se están dictando”.
Los menores de edad podrán solicitar la modificación de la mención registral a través de sus progenitores o representantes legales. En caso de oposición entre uno y otro o de ambos respecto a la petición de su hijo o hija, se podrá solicitar a través del Ministerio Fiscal para que lo resuelva el juez “teniendo siempre en cuenta el interés superior del menor”.
Por último, la propuesta del PSOE también elimina otro de los requisitos que contempla la ley reguladora de la rectificación registral: el de la nacionalidad española. Este condicionante excluye a aquellas personas extranjeras que residen en nuestro país. Algo que ahora se corrige circunscribiendo esta posibilidad a las que cuenten con permiso de residencia ante “la insuficiencia” de dicha norma en relación a estas personas y “para evitar su discriminación”.