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El Supremo rechaza el recurso de Baltasar Garzón para sacar a Franco del Valle de los Caídos

La Abadía Benedictina de la Santa Cruz del Valle de los Caídos

Raquel Ejerique

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el exjuez Baltasar Garzón y los abogados Eduardo Ranz y Manuel Ollé en el que alegaban que el Consejo de Ministros había vulnerado el derecho de petición en su propuesta de convertir el Valle de los Caídos en un lugar de memoria histórica.

Concretamente, el escrito de Garzón, Ranz y Ollé, en el que pedían, entre otras cosas, sacar a Francisco Franco y Primo de Rivera del Valle de los Caídos, se envió al Consejo de Ministros el 19 de noviembre de 2015. Pasó el plazo legal de tres meses para la contestación y, al no obtener respuesta, acudieron al Supremo, al considerar que se había vulnerado el derecho de petición, es decir, el derecho a ser respondidos. Al alto tribunal le enviaron esa demanda por el silencio del Gobierno y el mismo escrito en el que se hacían las mismas propuestas respecto al Valle. 

El Supremo evita pronunciarse sobre el contenido de la propuesta y amparar o no la exhumación del dictador y el resto de medidas, y se limita a pronunciarse sobre si se vulneró el derecho de petición, es decir, el derecho del ciudadano a ser contestado. 

El alto tribunal ha decidido desestimar el recurso presentado por el exjuez Baltasar Garzón, pero sin hacer ninguna mención a la propuesta de exhumación. 

El Consejo de Ministros contestó a Garzón en 2016, fuera de plazo y con el recurso en el Supremo ya interpuesto. Es el motivo que aduce la sala del Supremo: aunque contestó tarde, contestó, de modo que la vulneración del derecho de petición no cabe.

En esa respuesta tardía del Gobierno, a la que ha tenido acceso eldiario.es, se hacía un resumen sobre el Valle y la comisión de expertos de Zapatero (que no se ha cumplido) y aducía que se necesitaban “consensos políticos y sociales” para actuaciones en ese lugar y recordaba que en los lugares de culto es competente la Iglesia y la escasez de recursos públicos. 

Sin aportar más novedad, también resumía las competencias de Patrimonio, pero el Consejo de Ministros, en esta respuesta tardía, no se pronunciaba por las propuestas de los tres abogados.  

Entre esas medidas estaba la exhumación del dictador Francisco Franco y de José Antonio Primo de Rivera, que las inversiones de dinero público sean transparentes, ya que la fundación que gestiona el Valle ha recibido 340.000 euros anuales en 4 años, además de pedir la identificación y exhumación a cargo del Estado de las más de 12.000 víctimas sin identificar que hay allí enterradas (ahora se están haciendo a cargo de las víctimas ya que Rajoy ha dejado sin presupuesto la Ley de Memoria Histórica ).

Los tres expertos eligieron la vía contencioso-administrativa como última alternativa, después de que el Supremo se pronunciara contra el caso penal que abió en 2008 el propio Baltasar Garzón contra el franquismo. Un cambio legislativo del Gobierno de Rajoy ha impedido también la reclamación de exhumaciones en el Valle por la vía civil. 

Respecto al fallo, en un comunicado los tres abogados señalan que no comparten la decisión del Supremo y lamentan: “La Sala se alinea, una vez más, en contra de las víctimas y de su derecho a la verdad, la justicia y la reparación en favor de los perpetradores”. Además, anuncian que acudirán al Tribunal Constitucional.

Por su parte, la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH) ha lamentado “que el Tribunal Supremo haya decidido desproteger a las víctimas de la dictadura franquista y no sacar los restos de Franco de un monumento que se sostiene con fondos públicos y se dedica a mantener la memoria de un dictador”. 

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