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Cuatro claves sobre la ley del aborto que Gallardón ya tiene lista para ser aprobada

Gallardón dice que la ley del aborto irá a Consejo de Ministros este verano./EFE

Patricia Rafael

Siete meses después de aprobar el anteproyecto de ley para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada, el Gobierno ya tiene en su mesa el texto para que el Consejo de Ministros apruebe el proyecto que llegará después al Congreso, según ha señalado en declaraciones a los medios el propio ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.

El texto, que ha recorrido un camino largo y difícil para llegar al Consejo de Ministros por primera vez (se suponía que le darían el primer visto bueno en otoño de 2012) ha sufrido también retrasos de última hora. Aunque todo indicaba que se trataría en el cónclave del Gobierno del viernes pasado, la coincidencia con la reunión consultiva presidida por Felipe VI pudo tener que ver con una nueva postergación. Pero no está tan claro si esta semana será la elegida. Este lunes el ministro ha jugado al despiste al asegurar que “se aprobará antes de que termine el verano” para enseguida agregar que “el verano ”acaba en septiembre“.

A Justicia le han bastado los informes preceptivos del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo Fiscal, así como de otras tantas instituciones como es el Comité de Bioética, formado en su mayoría por personas opuestas al aborto, y finalmente ha decidido no enviar el borrador de la ley al Consejo de Estado.

A pesar de que las recomendaciones hechas por jueces y fiscales piden que se incluya un tercer supuesto para abortar en caso de malformación fetal, no parece que el proyecto vaya a incluirlo a la vista de las declaraciones realizadas por el propia ministro. A continuación se detallan los puntos más relevantes que puede incluir el borrador definitivo de la nueva norma en base a las afirmaciones realizadas por Gallardón y de informaciones aparecidas en otros medios.

Fin a la ley de plazos

Si hay un punto en el que el Gobierno es inamovible es que de aprobarse el futuro proyecto de ley del aborto, las mujeres no podrán decidir de forma autónoma cuándo ser madres, como sí ocurre con la vigente ley de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo. Esta norma, aprobada hace cuatro años por la mayoría del Congreso –votó en contra el PP, UPyD, UPN y seis diputados de CIU– permite que las mujeres puedan abortar dentro de las primeras 14 semanas de gestación sin tener quedar ningún tipo de justificación por ello.

Pero el anteproyecto que aprobó el Consejo de Ministros hace siete meses elimina lo que se conoce como ley de plazos, y que funciona en la mayoría de los países europeos, y solo permite la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación y de que la salud física y mental de la gestante corra serio peligro y así lo acrediten dos informes médicos.

Organizaciones de profesionales, clínicas acreditadas para realizar abortos y asociaciones de mujeres creen que de entrar en vigor la ley este será el punto que genere más problemas tanto a las mujeres como a los médicos que participan en las intervenciones. Opinan que al eliminar el aborto libre y hacer depender la prestación de informes médicos, queda la puerta abierta a posibles denuncias de grupos ultraconservadores, como ya ocurrió cuando estaba en vigor la norma de 1985.

Eliminación del supuesto de malformación fetal

Uno de los puntos que ha generado mayores polémicas, incluso en el seno del PP, es que el anteproyecto no contemple el supuesto de aborto en caso de que se detecte una malformación grave en el feto. Tanto el informe del Consejo de General del Poder Judicial (CGPJ) como del Consejo Fiscal pedían que se incluyera este supuesto.

No parece sin embargo que el Gobierno vaya a incluir una nueva indicación a la vista de las últimas declaraciones realizadas por Alberto Ruiz-Gallardón recientemente en un encuentro en la Universidad de La Rioja: “No soy de los que piensan que una discapacidad reste derechos a una persona ni antes ni después de nacer. No creo que podamos establecer un sistema en el que por el hecho de tener algún tipo de carencia tengamos menos derechos que aquellos que no tienen esa carencia. No lo creo”.

Aunque sí parece que, tras las críticas recibidas, el departamento está elaborando una fórmula que permita la interrupción voluntaria del embarazo en caso de malformación fetal, eso sí, vinculado siempre al supuesto de peligro para la salud física y mental de la mujer.

En el mismo acto, Gallardón señaló: “Serán los hipotéticos daños que se causen [por el diagnóstico de malformación fetal] en la mujer lo que podrá establecer un régimen de ausencia de reproche penal, pero nunca, como lamentablemente ha ocurrido en otras épocas en España, la discapacidad determinará ciudadanos de primera y ciudadanos de segunda, ni antes de nacer ni después de nacer”. Es decir, en caso de que se detectase una malformación ya se presupone que puede causar una daño en la mujer, por lo que no sería necesario un informe médico que acredite el peligro para su salud, como ahora contempla el anteproyecto.

Un informe médico en lugar de dos

Tanto el CGPJ como el Consejo Fiscal han pedido al Gobierno en sendas recomendaciones que no sean necesarios dos informes médicos que acrediten el peligro en la salud de la gestante, y que además sean de centros diferentes a donde se practicará la prestación, tal y como se exige en el anteproyecto aprobado el pasado diciembre. Los fiscales señalan al respecto que “las medidas impuestas resultan excesivas cuando no de imposible cumplimiento o cuando menos tan complejas que no deban ser valoradas negativamente”.

Los jueces también consideran que el trámite constituye una exigencia desproporcionad al fin perseguido, que es, como dijera el Tribunal Constitucional (TC), la constatación de las circunstancias justificativas del aborto“. Tanto la Organización Médica Colegial como el Comité de Bioética han recomendado que tan solo baste un informe. De momento, Justicia no se ha pronunciado al respecto y habrá que esperar al texto definitivo para saber si incluye las recomendaciones de estos expertos.

Menores ante el juez

Menores ante el juezJueces y fiscales también han criticado la fórmula incluida en el anteproyecto de que en caso que las chicas de 16 y 17 años que acrediten un conflicto con sus progenitores tengan que acudir a un juez para que sea él quien decida si pueden interrumpir o no su embarazo. El informe aprobado por la mayoría del Consejo Fiscal recomienda que “la ley debe respaldar plenamente la autonomía de la mujer embarazada y que no le imponga la onerosa carga de promover un incidente judicial”. O, dicho de otra manera, en caso de que los padres o tutores de la menor que quiera abortar se nieguen a darle el consentimiento, se debe respetar la decisión tomada por ella.

En la actual normativa, las chicas están obligadas a informar a sus padres sobre su intención de interrumpir su gestación, y solo en casos muy concretos, como cuando existe un conflicto familiar grave, están eximidas de brindar ese conocimiento. En la futura norma, todas las jóvenes estarán obligadas a que sus padres y tutores sepan previamente sobre su intención de abortar.

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