La justicia paraliza una mina en un bosque protegido de Navarra que iba a talar miles de hayas
El empeño a toda costa del Gobierno de Navarra dirigido por UPN hasta las últimas elecciones para que la empresa MAGNA abriera una mina en un hayedo protegido se ha visto frenado por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia navarro (TSJN). Los magistrados han declarado nulas las decisiones del Ejecutivo que dieron el visto bueno a la mina. Básicamente, los responsables simplemente ignoraron sus propios informes que desaconsejaban el proyecto por su daños medioambientales.
La empresa Magnesitas de Navarra quería aprovechar un yacimiento situado en el monte Alduide. En medio de un bosque de hayas llamado Zilbeti. Es una Zona de Especial Conservación (ZEC). Entre otras particularidades, allí habita un cuarto de toda la población del pájaro carpintero más escaso: el Pico dorsiblanco, del que quedan unas 60 parejas.
Los cálculos del Gobierno foral eran que se afectarían 21 hectáreas y se talarían unas 15.000 hayas. La Sociedad Española de Ornitología –una de las demandantes– elevó esa cifra a más de 54.000, “muchas de ellas centenarias”. ¿Cómo podía salir adelante un proyecto minero de estas características?
Lo cierto es que, a la luz ya de la sentencia del TSJN, la decisión de autorizar la cantera estaba tomada antes de iniciar los procesos de análisis y no importaron los resultados de los informes técnicos. El Gobierno de Navarra había suscrito un convenio con la empresa y los ayuntamientos de la zona por el que adquirían “el compromiso de todas la partes porque la cantera de Antzeri sea viable”. Los ambientalistas recusaron a los miembros del Ejecutivo porque eran juez y parte a la hora de revisar el expediente de impacto ambiental. No se les hizo caso.
A la hora de evaluar cuánto daño podía hacer abrir el monte en busca de minerales, lo primero que se pide al promotor (en este caso MAGNA) es que haga un estudio. Por lo que se vé en el documento remitido, no hacía falta mucho esfuerzo. Ni siquiera se molestaron en presentar alternativas a la cantera primeramente diseñada.
MAGNA tenía la obligación de incluir en su Estudio de Impacto Ambiental diferentes opciones y justificar la que eligen. A partir de ahí, el Gobierno elabora una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para que arranque, o no, el proyecto. Magnesitas de Navarra no presentó alternativas. Se limitó a decir que la única opción viable era la de abrir la mina en el monte. Los jueces afean esa conducta y le explican a la empresa que ella misma posee otros yacimientos. ¿Por qué no los ha sopesado? Le preguntan.
Visto bueno a toda costa
La mina tenía que salir adelante como fuera. Con ese estudio en la mano, el Director del Servicio de Calidad Ambiental escribió en su informe de noviembre de 2010 –del que dependía el posterior visto bueno– que la explotación “no afectará de forma significativa la integridad de la Zona de Especial Protección (ZEC)”. Se prescindía del análisis de los técnicos que habían evaluado el plan de manera totalmente contraria. Solo un día después, el superior de éste encargado, el Director General de Medio Ambiente, ya firmó la resolución que formulaba la declaración positiva para abrir la mina. Estaba todo dispuesto.
Lo que ocurrió es que los directores del Gobierno ignoraron, deliberadamente, los informes elaborados por los técnicos de Conservación de la Biodiversidad. Hubo hasta tres documentos diferentes pero basta con leer la conclusión de uno que sentenciaba que la explotación “pone en peligro la integridad del lugar”. Allí se decía que de “los diez elementos clave” que componen la ZEC, “ocho resultan afectados por la cantera”. De los 16 objetivos que justificaron la declaración del bosque como zona protegida, “la realización de la cantera implicaría el no cumplimiento de diez de ellos”.
El Ejecutivo conocía esos informes. Y debía saber que contradecían palmariamente la resolución que había autorizado la mina ya que los jueces dejan escrito que “resulta sorprendente” lo que ha costado que el Gobierno navarro remitiese esos informes a la causa, habiéndose redactado algunos por ellos mismos.
Para colofón, el documento de Impacto redactado por el Gobierno foral se olvidó de incluir las actividades para la fabricación de la magnesita y las “actividades extractivas para la obtención de la materia prima necesaria para la fabricación de óxido de magnesio”. Eso se salta, directamente, por parte de los responsables medioambientales de la región la directiva “comunitaria sobre repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente”, que entonces regía estos proyectos.