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Una víctima de violencia machista que llevaba 15 años separada cobrará la pensión de viudedad
El Juzgado de lo Social nº1 de Reus (Tarragona) ha dictado una sentencia en la que reconoce la pensión de viudedad a pesar de que cuando su exmarido falleció llevaban 15 años separados. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le había denegado la prestación por haber pasado más de diez años desde la fecha de divorcio y la muerte del maltratador y no existir sentencia.
El marido maltrató a la mujer durante veinte años y cuando se divorciaron, hace ya quince, no estaba tipificada la violencia de género como tal y tampoco se dictó ninguna sentencia por maltrato.
La mujer demandó al INSS y ha ganado el caso, con lo que cobrará, avanza hoy el “Diari de Tarragona”, una pensión de 517,54 euros mensuales, con efectos retroactivos desde el 1 de noviembre de 2014.
El abogado de la mujer, Ángel Camacho, ha explicado a EFE que la sentencia “abre un camino a muchas mujeres maltratadas que piensan que no tienen derecho a una pensión de viudedad” porque “es una ”sentencia muy fundamentada“.
A pesar de no tener ninguna sentencia por violencia de género, el abogado aportó denuncias de la mujer, partes de lesiones y varios testigos, entre ellos, el hijo de la víctima y dos hermanos del agresor ya fallecido.
Camacho explica que “la propia ley abre un resquicio a muchas mujeres maltratadas sin sentencia, porque señala que puede acreditarse mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho, y es lo que hicimos”.
La sentencia recoge que “es cierto que ninguna de estas denuncias desembocó en una condena judicial. Pero, en función de la prueba practicada, este juzgador no abriga la menor duda de que fue víctima de violencia doméstica de modo continuado”.
Camacho señala que “no hay muchas sentencias como ésta y es importante porque en muchos casos son mujeres que piensan que ya no tienen derecho a cobrar su pensión y lo tienen de sobra”.