La portada de mañana
Acceder
El juez Peinado exprime la causa contra Begoña Gómez y cita ahora a Pedro Sánchez
OPINIÓN | 'Que no pare el espectáculo Peinado', por Esther Palomera
CRÓNICA | Una guerra de cien días para impedir la victoria de Trump

“No se podía construir en el frente de la playa”, sostiene la perito Pía Oramas

Miguel Zerolo, con los peritos tasadores Andrés Lorente (i), Gerardo Roger (2d) y Javier Risco (d)

Belén Molina

Santa Cruz de Tenerife —

“No se podía edificar en el frente de la playa”. Y punto. Así de contundente se manifestó este martes la exarquitecta técnico municipal, Pía Oramas, en la décimo sexta sesión del juicio penal por el caso Las Teresitas que se sigue en la sección segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Según Oramas, no se podía construir y los empresarios de Inversiones Las Teresitas (ILT), que son los acusados por prevaricación Ignacio González Martín, su hijo Pedro González Santiago y Antonio Plasencia, no tenían derecho a indemnización alguna por ser algunas de esas parcelas de dominio público, como defiende esta perito, que es la misma que elaboró el informe de tasación de las parcelas en 33 millones de euros por debajo de las, al parecer, pretensiones de los empresarios y del propio Ayuntamiento.

En la sesión de este martes, que ha sido técnica, muy técnica, los ejes centrales fueron si las once parcelas del frente de la playa compradas por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife a Inversiones Las Teresitas, eran suelo urbano consolidado o no; si el deslinde era el de 1961 u otro; si cabía indemnización a ILT porque parte de los terrenos son de dominio público, o si era necesario que estuviesen realizadas las obras de infraestructura básicas para poder obtener las licencias de obras mayores para edificar.

Según Oramas, que actúa como perito a petición de la Fiscalía, está claro que las 11 parcelas del frente de la playa son suelo urbano no consolidado, y ello porque, de acuerdo con la Ley 1/2000 de texto refundido de las leyes de ordenación de territorio de Canarias, para que el suelo sea consolidado deben cumplirse con requerimientos tales como que haya acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales, suministro de energía eléctrica y pavimentaciones de calzada.

“No lo había ni lo hay”, señaló, lo que asimismo fue refrendado en tres ocasiones por la Comisión de Ordenación del Territorio y el Medio Ambiente de Canarias (COTMAC).

La perito recordó que estaban previstos 9 hoteles, centros comerciales y urbanizaciones, y que la población del pueblo pesquero de San Andrés, en el que se ubica la playa, pasaría de 3.000 habitantes a unos 12.000, una población mayor a la que hay en el 60% de los municipios tinerfeños y que conllevaría, no ya un tratamiento de aguas residuales, sino la construcción de una depuradora.

Que el suelo no esté consolidado tiene una consecuencia, dijo, que es la cesión de un 10% del aprovechamiento urbanístico. “Sin excepción. Era obligado”, remarcó. Sin embargo, esa cesión del 10% “no se ve reflejada en el Convenio de Urbanización que presentó la Junta de Compensación al Ayuntamiento”, insistió la fiscal anticorrupción, a lo que asintió Pía Oramas.

Asimismo, la perito sostuvo que se llevó a cabo una revisión del Plan Parcial de las Teresitas, lo que es muy distinto de una modificación del Plan General de la ciudad. “Al no ser una modificación, sino un revisión, esa cesión del 10% del aprovechamiento era obligada”.

Para Pía Oramas (que se muestra contundente en sus afirmaciones), como para los peritos del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Vicente Fernando Hernández y Alberto Núñez, que en tasaron el frente de la playa en algo más de 15 millones de euros (incluso menos del valor que estimó la extécnico municipal), debía haberse llevado a cabo una modificación del Plan Parcial, pero no fue así. Por ello, recalcaron que no era posible edificar en el frente de la playa.

Incluso si se hubiese modificado el Plan Parcial, estos peritos consideran que se hubieran perdido unos 40.000 metros cuadrados de edificabilidad. Añadió que las licencias para urbanizar son de dos años, mientras que las obras de infraestructuras tardarían unos nueve. “Imposible llevar a cabo los proyectos de edificabilidad”.

“La conquista de México duró 2 años. En las Teresitas se hubiese tardado menos”

En un sentido totalmente contrario se pronunciaron los peritos de las defensas, Domínguez Anadón, Joaquín Jalvo, Jorge Duatis y Gerardo Roger Fernández, quienes consideran que el suelo sí podía considerarse urbano consolidado.

Para Domínguez Anadón y Roger Fernández, aunque no se hubiesen llevado a cabo las obras de infraestructuras, está claro que los terrenos eran urbanos consolidados “por consolidación de derechos”, y las obras de infraestructuras básicas se podían haber desarrollado al tiempo que se llevaban a cabo las edificaciones.

Anadón, que durante toda la sesión discrepó de Oramas e incluso levantó la mano para pedir la voz, “la conquista de México tardó dos años. Estoy seguro que las obras en Las Teresitas hubiesen tardado menos”, dijo.

Para este perito, que tasó el frente de la playa en 71 millones de euros, el Plan Parcial de Las Teresitas dividía las 11 parcelas en polígonos “que podían tener una gestión autónoma. Está en la Ley del Territorio de Canarias”, en contra de lo que afirmó Oramas, para quien se trata de un único ámbito que actuación sujeto a las mismas condiciones.

Anadón insistió en que de acuerdo con la legislación vigente en 2001, esa gestión autónoma dependía de que se tratase de un único propietario, que dijo ser Inversiones Las Teresitas, aunque terminó por reconocer que los propietarios eran dos: ILT y la Junta de Compensación, dueña de la parcela 103.

Roger Fernández se reafirmó en que el Tribunal Constitucional anuló la Ley de 1992 en la que se basó el Plan General de Ordenación del la ciudad, de lo que deriva el Plan Parcial Las Teresitas, por lo que regía la Ley del Suelo de 1976, así que en su opinión no cabe la cesión de un 10% del aprovechamiento urbanístico por parte de los propietarios, sino que “los propietarios con el 100% de ese aprovechamiento”.

Por su parte, Joaquín Jalvo (que ha tenido vínculos laborales con Luciano Parejo, hermano del acusado Manuel Parejo, que era edil de Urbanismo cuando se llevó a cabo la compra del frente de la playa), cree que el frente de la playa no solo es terreno urbano consolidado, sino que tiene un grado superior, el de consideración de solar. “Siendo solar, se puede edificar al tiempo que se hace la urbanización” señaló.

Etiquetas
stats