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Un Real Decreto contra el autoabastecimiento energético

Jorge Morales de Labra

Se ha consumado. Desde el 11 de octubre de 2015 España puede “presumir” de tener la regulación del autoabastecimiento energético más restrictiva del mundo.

Tras más de tres años de borradores y amenazas de “impuestos al sol” que ya habían conseguido por sí solos paralizar una pujante actividad en el resto del planeta, el Gobierno de Mariano Rajoy, a 70 días de las elecciones generales, ha aprobado una norma que había rechazado públicamente la totalidad de la oposición política, organizaciones de consumidores, ecologistas, sindicatos y organizaciones empresariales. Considerando la delicada posición del Partido Popular ante la cita de diciembre no puedo entender esta decisión, salvo que hubiera un compromiso de aprobarlo con las principales interesadas en ello: las compañías eléctricas, las únicas que han defendido las tesis del Gobierno.

Profundicemos: el Boletín Oficial del Estado publica nada menos que 44 páginas para conformar un texto ininteligible para el común de los mortales y, por supuesto, para los periodistas. Lo hace en sábado, previo a lunes festivo en todo el país. Primera muestra de que la intención es —al contrario de que lo afirmó el ministro del ramo en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros— que no se te ocurra autoabastecerte con energía del sol. Como me dijo una vez un alto cargo del Gobierno: “el problema de la energía solar es que hay quien creyó que cualquiera puede producir electricidad”. Con estas estamos.

La maraña normativa apuntala la defensa contra el peligroso consumidor doméstico, ese que piensa en producir electricidad para su propio uso a partir de fuentes renovables sin necesidad de subvención alguna en tres pilares que, sin que uno prevalezca más que los otros, conforman una trampa cuasi perfecta para la mayoría de los ingenuos.

Empiezo por el pilar de las trabas administrativas. Y lo hago porque, a pesar de su indudable importancia, frecuentemente queda eclipsado por otras invenciones de indudable mayor impacto mediático.

En efecto, al contrario de lo que ocurre en otros países, en los que uno va a un centro comercial, se compra un kit solar, se lo instala (viene con un enchufe, igual al de cualquier otro electrodoméstico) y, a lo sumo, rellena un formulario tipo incluido en la caja mediante el que informa a la compañía eléctrica de la existencia del ingenio, en España el calvario de trámites administrativos para instalarse un panel que apenas produce la energía consumida por el frigorífico es desesperante: memoria técnica de diseño, solicitud de permiso de conexión a la eléctrica, pago del estudio de conexión, línea y automático específicos, contador adicional (con su cuadro accesible a la empresa eléctrica), boletín del instalador, pago de derechos de acometida, solicitud de conexión, pago de derechos de enganche, solicitud de inscripción en el registro de autoconsumidores… Y ni se te ocurre saltarte un paso, pues la sanción prevista puede alcanzar los ¡60 millones de euros!

Al Ministro se le olvidó citar la retahíla cuando “nos vendió” que los consumidores domésticos de menos de 10 kW de potencia contratada que acrediten que nunca van a inyectar excedentes de energía en la red están exentos del pago —que no de su solicitud— del permiso de conexión. ¡Qué generosidad para alguien que garantiza que nunca va a intercambiar energía con la red!

Una pregunta incómoda: ¿por qué si me compro un aparato de aire acondicionado, de cinco veces más potencia que mi kit solar —y, por tanto, susceptible de causar mucho mayor impacto en la red— no tengo ni tan siquiera que informar a la compañía eléctrica?

Segundo pilar: el “impuesto al sol”. Muchos hemos escrito profusamente sobre él, por lo que no voy a insistir. Solo decir que el conjunto de peajes y cargos que se imponen al consumidor por la energía que produce en su casa y que va directa a su frigorífico sin pasar por la red, no se justifican, como defiende el Gobierno, por una pretendida solidaridad con el resto de consumidores sino, en todo caso, con la cuenta de resultados de las eléctricas.

Si mi ahorro en la factura de la luz supone un incremento de la del resto de consumidores es, o porque está mal diseñada, o porque se parte del principio de que los ingresos de las eléctricas no dependen de la electricidad que consumimos. Ninguna de las dos opciones es tolerable.

He aquí que el Ministro, en su presentación comercial, nos dice que los consumidores domésticos de menos de 10 kW (la mayoría, salvo las viviendas unifamilares, precisamente las que más fácilmente podrían instalares paneles solares), estarán exentos de este “impuesto al sol”. Lo que no dice es que la exención está en una disposición transitoria y, como tal, puede revocarse en cualquier momento, lo que resulta letal para una inversión de largo plazo, que necesita al menos ocho años para recuperarse a través de los ahorros en la factura de la luz.

Le auguro poco tiempo de vida a la exención teniendo en cuenta que es el único punto que el Consejo de Estado, en su informe perceptivo, recoge como fuertemente contestado por parte de las eléctricas. Puedo anticipar, incluso, que argumentarán que hay que imponer peajes a “los ricos” que han optado por tener energía propia. Falaz argumento cuando, con unas políticas públicas adecuadas, el autoabastecimiento podría ser, precisamente, la vía natural de erradicar la pobreza energética.

Otra pregunta incómoda: ¿por qué mi “insolidario” vecino que ha reducido su consumo eléctrico tras comprarse una lavadora más eficiente (por cierto, ¡qué ironía!, subvencionada por la Comunidad Autónoma) no paga un impuesto “al centrifugado”?

Termino con el tercer pilar: el tratamiento de los excedentes. Salvo que uno se convierta en empresario (y ya se sabe lo que en este país eso supone: cuota de autónomos, declaraciones trimestrales de IVA, retenciones, IRPF…), tiene que regalar, repito, regalar, los excedentes de energía a la red.

En una tecnología como la solar, que produce más energía cuando el consumidor doméstico no está en casa y, por tanto, demanda menos energía, el tratamiento de los excedentes es crítico.

Lejos queda el balance neto de los más de 40 estados norteamericanos, ¡bárbaros!, que lo tienen implantado, en los que simplemente se descuenta le energía excedentaria de la que posteriormente se demanda de la red. Aquí la energía renovable producida sin subvención que inyectas a la red para que la consuma la panadería del bajo no vale nada. Al parecer, el Gobierno ha argumentado complejidad en la valoración. Tras estudiar las 44 páginas no sé si reír o llorar.

Última pregunta: ¿no se le ocurrirá a Hacienda girarme una paralela por donar al sistema energía y rebajar así la factura de los 28 millones de consumidores, verdad?

La ausencia de valoración de los excedentes lleva a la necesidad, en la práctica, de incorporar una batería al kit solar, que permita almacenarlos para hacer uso de los mismos con posterioridad. Aparte del coste (impacto ambiental e ineficiencia) que esto supone, el Gobierno también ha pensado que, ya que te compras una batería, podrías llegar a reducir tu potencia contratada (esto es, la parte fija de tu recibo de la luz) y, en consecuencia, ha aprobado un segundo “impuesto al sol” especialmente pensado para las baterías. Este es fijo y sin exención alguna. No se te ocurriera “tirar” de la batería en lugar de hacerlo de la red cuando más electrodomésticos conectas simultáneamente y rebajar así una parte del recibo cuyo precio este mismo Gobierno ha duplicado durante la legislatura. ¡Están en todo!

Sin desanimar a quienes, a pesar de esta delirante normativa, lejos de darse por vencidos se empeñen en construir un sistema energético más limpio, más democrático y más justo, yo me quedo con la esperanza de que, por una vez, la actual oposición cumpla su compromiso y derogue este Decretosu compromiso tras las próximas elecciones que, todo apunta, van a permitir un cambio de Gobierno o, al menos, eliminar la impunidad con la que éste actúa.

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