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¿Qué hay detrás del 6% de impuestos que pagan las grandes empresas? (II)

Francisco de la Torre Díaz

Candidato de Ciudadanos al Congreso de los Diputados. —

Comentábamos el otro día que el famoso 6% que pagaron los grupos consolidados en el impuesto de sociedades en 2013 se debía a los dividendos de las filiales, que ya habían pagado en sus países de origen, y que estaban exentos en España. ¿Cuánto pagan los beneficios generados en España? Esto se puede calcular con cierta facilidad. Las empresas que estaban en grupos consolidados, y ganaron dinero, tuvieron entre todas un resultado de 81.195 millones de euros. Sobre este resultado pagaron en el impuesto de sociedades 4.853 millones de euros. De aquí sale el famoso 6%, que no es más que dividir una cosa entre otra.

Si de estos 81.195 restamos los importes exentos por doble imposición y los beneficios de los ETVE, obtenemos el beneficio en España que no procede del exterior. Esto conviene explicarlo un poco. Hasta la nueva ley, que entra en vigor el 1 de enero de 2015, los dividendos que repartían filiales en el exterior estaban exentos, porque ya habían pagado en el extranjero, mientras que los que repartían las filiales internas tenían deducciones por doble imposición, al 50 o al 100%. Ahora se ha unificado el régimen para todas ellas en la exención. Estos dividendos ascendieron a 20.107 millones de euros. Un tema parecido son los beneficios que obtuvieron las Entidades de Tenencia de Valores Extranjero (ETVE), que luego explicaremos. Bien, las ETVE integradas en grupos consolidados obtuvieron un beneficio exterior exento de 1.127 millones de euros.

Si restamos de 81.195 millones de euros de resultados positivos totales de las empresas integradas en grupos consolidados, estos dos beneficios exteriores, 20.107 de dividendos externos y 1.127 millones de ETVE, veremos que dentro de España, las empresas obtuvieron un resultado positivo de 59.961 millones de euros. Sobre este resultado pagaron en el impuesto de sociedades, como hemos visto, 4.853 millones de euros. Esto quiere decir que sobre el beneficio positivo obtenido en España, las empresas integradas en grupos consolidados, las muy grandes empresas, pagaron una tasa efectiva del 8,09%. Recordemos que el tipo nominal del impuesto de sociedades era del 30%, y lo que se pagó sobre la base imponible era el 16%.

Si utilizamos el mismo procedimiento para calcular cuál es la tributación efectiva de las empresas que no están integradas en grupo, hay una diferencia espectacular. Si sumamos el resultado positivo de estas empresas (es decir, como antes, no les restamos las pérdidas de las que perdieron) el resultado es de 73.306 millones de euros. Sobre este resultado, las empresas que no estaban en grupos consolidados- alguna grande, pero sobre todo pequeñas y medianas- pagaron en el impuesto de sociedades 10.916 millones de euros. Estas empresas ganaron menos y pagaron una tasa efectiva muy superior sobre el resultado contable, el 14,9%. Si aquí restamos, los dividendos exteriores exentos (4.377 millones en las empresas no-grupo) y los beneficios de los ETVE (2.182 millones de beneficios no integrados en consolidación), como antes, veremos que el beneficio interno de las empresas que no consolidan fue de 66.747 millones de euros. Sobre este beneficio positivo obtenido en España, las empresas que no estaban en grupo pagaron una tasa efectiva del 16,35%, el doble que las empresas que ganaron dinero y tributaron en grupos.

Efectivamente, el factor exterior, los dividendos que se obtienen del exterior introducen un sesgo, pero mucho menor de lo que se cree. En el artículo anterior ya se argumentaba que seguíamos teniendo un agujero con la financiación de las inversiones exteriores que daban dividendos exentos: el ingreso no sumaba y el gasto no restaba. El caso más extremo es el de los ETVE. Mucha gente, y en esta mucha se incluyen portavoces económicos y de Hacienda del PP y el PSOE, no saben qué son los ETVE. Por cierto, entre ellos no está Cristóbal Montoro que acusaba a la Inspección de demonizar este régimen: “Vamos a clarificar el régimen de las ETVE, que Hacienda ha reducido y que la Inspección ha demonizado”.

Este régimen, que es el régimen holding español, no tiene muchas particularidades. Estas entidades perciben dividendos exteriores exentos con alguna pequeña ventaja respecto a las demás entidades. Por otra parte, los dividendos que reparten a no residentes no están sujetos en España, es decir no pagan retenciones a la salida, si no se pagan a un paraíso fiscal. Por esta razón, sacar de la lista a Andorra y las Antillas Holandesas, como han hecho los gobiernos del PP y el PSOE, tiene su relevancia. Por esa razón, entre otras, desde Ciudadanos hemos propuesto redefinir esta lista, ya que, como era previsible, y por ser suaves, estos territorios no siempre aportan la información fiscal que se les requiere, véase los casos Pujol, Palau u otros escándalos de corrupción.

Las ETVE no aportan un euro de inversión en España, y algún país, como Brasil, nos ha incluido en su lista de paraísos fiscales por considerarlas competencia fiscal desleal. Por esta razón, no sólo la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda, sino otras organizaciones como el sindicato de Técnicos de Hacienda, Gestha, CCOO, o Intermon-Oxfam han propuesto su eliminación.

Lo peor de todo no es eso: en este régimen, como detallo en mi libro “¿Hacienda somos todos?” nos habíamos creído muy importantes y en realidad éramos muy tontos. Las ETVE tienen prácticamente todos sus ingresos exentos, es decir que no pagan. Sin embargo, sus gastos, especialmente los financieros, pero no sólo, si deducen, sí que restan. En consecuencia, son unas máquinas de generar bases imponibles negativas, pérdidas fiscales. Como el gobierno del PP les permitió consolidar a partir de 2002, todos los años, los grupos consolidados dejan de pagar centenares de millones de euros, con una ventaja fiscal que no tiene ningún sentido, al restarse unas pérdidas puramente artificiales que minoran las bases imponibles en España. Por esas dos razones, en el programa fiscal de Ciudadanos proponemos la eliminación del régimen de ETVE.

En fin, se puede discutir la metodología que utiliza la Agencia Tributaria para calcular las tasas efectivas de imposición de las grandes empresas. De hecho, vendría bastante bien que se desglosasen los ajustes de consolidación y, todavía más la partida de “otros ajustes”. Sin embargo, nos pongamos como nos pongamos, la tasa efectiva de imposición de las grandes empresas es reducida y muy inferior a la de antes de la crisis: según la metodología de la Agencia Tributaria, esta tasa era del 9,9% en 2007 (un 65% más). Elevar la imposición a los grandes grupos no va a solucionar todos nuestros problemas fiscales pero es una tarea importante y urgente, no sólo por conseguir recursos sino, sobre todo, por justicia fiscal y por conseguir más competencia en el mercado. En estos dos artículos hemos intentado explicar no sólo la tasa efectiva de imposición, sino una parte de las causas que la explican: algunos agujeros de nuestro sistema fiscal. Sólo si los solucionamos, incrementando además los medios de control, podremos solucionar una situación injusta que indigna al ciudadano que cumple con sus obligaciones fiscales.

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