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La criminalización de la protesta: una visión europea

Nils Muiznieks, comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa.

Jaume Saura

La semana pasada Aida Guillén explicaba en estas mismas páginas cómo el informe del comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa le sacaba los colores al Gobierno de España en relación con el impacto en materia de derechos sociales que estaban teniendo los recortes presupuestarios en nuestro país, en particular por lo que se refiere a menores de edad y personas con discapacidad. El mismo informe, en su último tercio, abunda en otro de los grandes ejes de la regresión en derechos humanos que estamos sufriendo de un tiempo a esta parte: los abusos del Estado en el marco de su función represiva y la criminalización de la protesta. En particular, cuatro son los temas que preocupan al comisario.

El primero, en absoluto novedoso, es la práctica continuada de la “detención incomunicada”: la mayor parte de las demandas por torturas presentadas contra España en organismos internacionales, dice, “hacen referencia a los malos tratos infligidos por la Guardia Civil a personas que se encontraban bajo detención incomunicada”. En este sentido, el Institut de Drets Humans de Catalunya ha publicado un informe recientemente sobre distintas sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que condenan al Reino de España por falta de investigación de alegaciones creíbles de torturas.

Pero también el Comité contra la Tortura de la ONU ha determinado en un par de casos que España había vulnerado la Convención contra la Tortura debido a investigaciones inadecuadas tras alegaciones de tortura en la detención incomunicada. La preocupación del comisario es comprensible habida cuenta que el proyecto de enmienda de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lejos de suprimir o al menos limitar en tiempo y alcance la figura de la detención incomunicada, podría ampliarla a nuevos supuestos.

En segundo lugar, el comisario se refiere a los malos tratos que sufren los migrantes tanto en los Centros de Internamiento de Extranjeros como durante los procedimientos de expulsión. También se refiere a sentencias y recomendaciones de organismos internacionales que critican la práctica de la policía de elaborar perfiles basados en el origen étnico y, si bien se congratula de la anulación del reglamento interno que lo permitía y su sustitución por una nueva circular de 2012 aparentemente más respetuosa con los estándares internacionales contra la discriminación, afirma, citando a la Defensora del Pueblo, que siguen produciéndose numerosas denuncias de profiling por parte de las fuerzas de seguridad del Estado.

El tercer bloque del informe es el más extenso y se centra en la protección de los derechos humanos en el contexto del mantenimiento del orden durante las manifestaciones públicas. Frente a las manifestaciones y acampadas derivadas del movimiento del 15-M y sus derivadas, el comisario habla de “uso excesivo de la fuerza” por parte de la policía, de palizas y de malos tratos, así como de la necesidad de revisar el uso de balas de goma. Uno de los párrafos del informe está dedicado íntegramente a la policía catalana y a los hechos del 27 de mayo de 2011 (evacuación violenta de la plaza de Cataluña) y del 15 de junio del mismo año (“Aturem el Parlament”).

Haciendo suyos los argumentos del Síndic de Greuges de Catalunya, el comisario deplora “la falta de planificación y coordinación adecuadas de la acción policial, la inexistencia de una labor de mediación con los manifestantes, el uso indiscriminado y desproporcionado de la fuerza, y el comportamiento ilícito de los policías [...], ya que muchos de ellos no llevaban sus placas de identificación de manera visible”. Sobre este último particular incide el comisario en párrafos subsiguientes para hacer notar que esa falta de identificación no es un problema meramente administrativo, sino que supone un obstáculo para la detección de posibles abusadores de derechos humanos y constituye, por tanto, una violación del Estado de sus obligaciones positivas de protección y respeto de dichos derechos.

Por otro lado, preocupan al comisario ciertas prácticas administrativas y reformas en ciernes tendentes a restringir la libertad de expresión y de reunión pacífica. Así, las sanciones administrativas abusivas contra los participantes en manifestaciones no autorizadas (cuando las directrices de la OSCE en esta materia señalan que es innecesario exigir la notificación por adelantado de una reunión pacífica y que, además, es imposible solicitarla en el caso de reuniones espontáneas) y el proyecto de reforma del Código Penal para criminalizar los mensajes que inciten a “perturbar el orden público” o la “convocatoria de manifestaciones a través de medios de comunicación social” serían incompatibles con las normas internacionales sobre la libertad de expresión y con la jurisprudencia del TEDH.

El cuarto y último apartado del informe del comisario aborda la necesidad de combatir la impunidad de los miembros de las fuerzas del orden. Impunidad que se produce ex ante, con los obstáculos que impiden que las investigaciones sean eficaces (desde la citada falta de identificación de los agentes hasta la imposibilidad de acceder rápidamente a un letrado libremente designado o las brechas en el sistema de supervisión de detenidos por parte de los médicos forenses en la detención incomunicada), como ex post, con el abuso de la figura del indulto. Como no podía ser de otro modo, el comisario se hace eco del doble indulto a cuatro mossos condenados por malos tratos, en un fenómeno que, lejos de ser puntual, parece responder a una política pública de los sucesivos Gobiernos españoles, en contravención de la jurisprudencia del TEDH, lo que no hace sino fomentar la impunidad y menoscabar el Estado de derecho.

En suma, el informe del comisario europeo de Derechos Humanos supone la primera aproximación de un organismo internacional, con carácter sistemático y visión de conjunto, a un fenómeno que las entidades de derechos humanos vienen denunciando desde hace algún tiempo. Ante la crisis, los recortes y el consiguiente aumento de la conflictividad social (6.000 manifestaciones solo en 2012), la reacción del Gobierno es la represión y la regresión en algunos derechos civiles y políticos que parecían sólidamente anclados en la tradición liberal del Estado de derecho. Los derechos civiles y políticos se convierten así en víctimas colaterales de la vulneración de los derechos sociales en una prueba más de la interdependencia e indivisibilidad de unos y otros: de la misma manera que no se puede disfrutar de los derechos y libertades fundamentales sin unas condiciones materiales de dignidad, también esos derechos y libertades son instrumentales para exigir pacíficamente el pleno disfrute de los derechos sociales.

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