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Adiós al voto rogado en España con las elecciones de Andalucía: así ha caído la participación de andaluces en el exterior

Imagen de archivo de una 'misa fúnebre' por el "voto robado"

Javier Ramajo

25 de mayo de 2022 20:28 h

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Existen 263.430 electores residentes en el extranjero con municipio de inscripción en Andalucía que, para poder ejercer su derecho al voto en las elecciones de 19 de junio, han debido solicitarlo a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral (OCE) antes del pasado 21 de mayo. En las anteriores elecciones de Andalucía, solamente el 3,8% de los andaluces residentes en el extranjero pidió votar el 2 de diciembre de 2018, fecha de los anteriores comicios autonómicos. Pero no todos ejercieron finalmente su derecho, pese a haberlo pedido en primera instancia: 7.020 votos emitidos de los 9.301 votos rogados. Se da la circunstancia de que las próximas elecciones andaluzas, según las previsiones, serán las últimas que se celebren en nuestro país con voto rogado, el sistema que ha hundido la participación electoral de los españoles en el extranjero y que se introdujo en una reforma de la Ley Electoral apoyada por PP, PSOE, CiU y PNV en 2011 con la que se pretendía eliminar casos de fraude en el censo.

Y, ¿por qué serán los últimos comicios bajo este sistema? Pues porque se está tramitando una iniciativa legislativa que derivará en breve en la nueva ley que regirá el voto de los españoles residentes en el extranjero. De hecho, la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados ha ratificado este mismo miércoles la ponencia de la proposición de ley que reforma el voto rogado implantado hace once años y ha emitido el dictamen a la vista del informe elaborado por la ponencia, que ha recibido el apoyo mayoritario de los grupos (34 votos a favor y tres abstenciones), que se han congratulado en líneas generales de “la derogación del voto rogado”. Ya el pasado 18 de mayo se dio luz verde a las claves de la futura regulación, que permitirá la descarga por internet de las papeletas y que está encuadrada en la reforma de la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General), validada tras pactar PSOE, Unidas Podemos y PP la mayoría de las enmiendas.

Pero volvamos a los datos del voto exterior en las elecciones de Andalucía. No hay más que echar un vistazo a la estadística para atender a la “dramática” caída de la participación en este sentido, según alerta Juan Antonio Domínguez, técnico estadístico del IESA-CSIC. “Entre 1986 y 2008, el promedio de votantes era del 28,5%. Al rogar el voto a partir de 2011, ese porcentaje ha bajado dramáticamente a 4,1%, atendiendo al promedio de las tres últimas elecciones”, expone siguiendo el gráfico.

Asimismo, añade Domínguez a ese respecto que “la dificultad es tan alta que, aun rogando el voto, muchos de los que explícitamente pidieron votar no lo consiguieron”. De hecho, a tenor de los datos, un 27,7% de los que en 2018 rogaron el voto (podían y querían votar) finalmente no votaron, en concreto 2.281 personas. Se puede observar esas diferencias porcentuales en el gráfico con las solicitudes de voto aceptadas de la serie total 2012-2015-2018, que ascienden al 35,4% y al 34,1% en las dos elecciones anteriores a las útimas. “Pedir votar y votar son dos trámites presenciales distintos, y es importante destacar que las distancias a la sede consular es una gran barrera como para ir más de una vez. Hay cientos de circunstancias por la que se te puede truncar votar tras haber rogado el voto”, explica el técnico estadístico, quien considera que “la abstención debilita la democracia, porque la participación electoral es un pilar de la democracia, y, por tanto, el voto rogado debilita la democracia sin paliativos”.

Ocurrió también, según apunta Domínguez, en las elecciones nacionales. Atendiendo en exclusiva a datos de Andalucía, “comparando las de 2008 (última sin voto rogado) con las de 2019, la participación bajó de 29,5% a 7,3%. Además, en diciembre de 2019, un 33,5% de las solicitudes de voto aceptadas se quedaron sin votar finalmente”, detalla el técnico estadístico. Con esas cifras, según añade, “se disipa la posible duda de que las elecciones autónomicas hubieran dejado de tener interés, ya que para las elecciones generales también se ha recortado (o restringido) la participación en la misma medida”. 

“¡No sabía que éramos tantos!”

Según los datos del INE para estas elecciones, el número de electores al Parlamento de Andalucía residentes en el extranjero (263.430) en países con más de 5.000 electores se distribuye de la siguiente manera: Argentina 57.488, Francia 38.653, Alemania 30.806, Brasil 25.394, Reino Unido 17.596, Estados Unidos 12.221, Suiza 11.925, Bélgica 9.066, México 5.702, y otros países 54.579. Existen algunos plazos de interés para este tipo de electores, según la información del INE.

Una de esas persona es Helena Mateos, que vive desde septiembre en Bruselas, donde trabaja su marido desde hace un par de años. “La primera fase de la votación ha ido bien, rápida, y pudimos hacer dos trámites en una sola visita al consulado”, explica, sabedora de que en la capital europea “hay mucha gente desplazada (¡no sabía que éramos tantos!)” y que “en otros lugares o países puede haber más dificultades” en este sentido.

Recuerda Mateos que, una vez se convocaron los comicios andaluces, en el consulado advirtieron que tenían que darse de alta como residentes temporales para poder votar. Prepararon la documentación requerida y tuvieron la suerte de que en la delegación diplomática estaban agilizando la lista de espera para los andaluces en Bruselas con derecho a voto. “Aún nos tiene que llegar el voto por correo certificado y tenemos hasta el 15 de junio para ir a Correos y enviarlo a España”, explica Helena Mateos, que “confía” en que la tramitación concluya satisfactoriamente.

El técnico estadístico consultado alude a otra cuestión, ya de cara a siguientes elecciones. En web del INE hay una alerta para el voto rogado de los extranjeros en las próximas municipales de 2023, teniendo que pedirse antes del 30 de enero del año que viene. “Uno de los fracasos del voto rogado es que los plazos son muy adelantados respecto a los comicios y con poca publicidad. Por tanto, si un ciudadano comunitario tiene en mente que hay elecciones municipales en mayo, y no se ha registrado pero desea votar, vive en la ignorancia de que su tren pasó en enero y no podrá hacerlo”, expone Juan Antonio Domínguez.

Claves de la reforma del voto desde el extranjero

La futura nueva ley, cuya principal novedad reside en que los electores podrán descargarse en una página web la papeleta de la votación y todas las candidaturas, que recibirán en bloque, estará lista antes de que termine el periodo de sesiones de las Cortes y que seguirá su tramitación en el Pleno del Congreso y, posteriormente, pasará al Senado a partir de septiembre, debutando previsiblemente en las próximas elecciones que se convoquen en 2023, aunque “no se conoce el detalle de los plazos”, aseguran fuentes del Congreso.

Las embajadas serán lugares habilitados para depositar el voto en las urnas así como los consulados honorarios, que ampliarán sus horarios en mañana y tarde. Incluso se podrá utilizar la valija diplomática para hacer llegar el voto a tiempo. En cuanto a los plazos previstos, el voto en urna será entre el octavo y el tercer día, ambos inclusive, anteriores al día de la elección, mientras que el escrutinio no será a partir del quinto día, sino del octavo día siguiente a la votación y concluirá no más tarde del décimo día posterior al de las elecciones.

Los consulados garantizarán los medios informáticos necesarios para la descarga del resto de la documentación precisa para votar, el proceso de precintado, recuento y elaboración del acta sea público y las funciones de los representantes de las candidaturas concurrentes en los procesos electorales en el exterior se asimilarán a las funciones de interventores y apoderados en los artículos 76 a 79 de la LOREG.

Por otra parte, ante situaciones excepcionales que se puedan dar en algunos países donde votar sea más complicado, el Gobierno previo informe de la Junta Electoral Central (JEC) podrá modular los criterios de votación o incluso el proceso para garantizar que los residentes españoles puedan ejercer su derecho de sufragio.

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