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“Seguimos pidiendo justicia, que se juzgue a los que ha matado a mi hermano y que el protocolo se quite para que no sufra ningún niño más. Que la muerte de mi hermano salve muchas vidas. Confiamos mucho en la justicia española”. El hermano de Iliass Tahiri, el joven de 18 años que murió el 1 de julio del pasado año atado con correas en pies y manos, boca abajo en una cama durante una inmovilización con medidas de contención y de sujeción mecánica en el centro de reforma juvenil Tierras de Oria (Almería), sigue apelando a la Justicia cuando se cumple un año de su muerte.
La familia ha recobrado la esperanza en que al menos el caso llegue a juicio tras la petición de reapertura por parte de la Fiscalía, seis meses después de que el juzgado instructor de Purchena diera carpetazo al asunto por tratarse de una muerte de tipo “accidental”. Igual que se archivaron las diligencias hace casi cinco años cuando otro chico, igualmente a través de un vídeo, fue colocado boca abajo y sujeto a una cama aunque no con consecuencias tan trágicas. Aquel caso sí ha llegado a juicio, pero por la difusión audiovisual con la que se quiso denunciar el uso de correas en centros de menores, idéntico mecanismo que el Comité para la Prevención de la Tortura (CPT) del Consejo de Europa considera “trato degradante o inhumano” y recomendó a España “que las autoridades pongan fin a esta práctica”.
“En Tierras de Oria se les sujetaba a una cama, boca abajo, con los tobillos y muñecas (y a veces el torso) atados a los lados de la cama con correas (...) Los menores no podían utilizar el baño mientras estaban sujetos (a pesar de pedirlo) y en algunos casos se veían obligados a orinarse encima”, reseñó en 2017 el CPT. Un año después, fue el Defensor del Pueblo de España el que denunció ante la Junta de Andalucía determinadas deficiencias en las inmovilizaciones a menores en Oria, que durante este año se han vuelto a visibilizar a raíz de la muerte de Iliass.
La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) también ha dictaminado en distintos momentos que la ejecución de las referidas medidas de sujeción puede suponer una vulneración del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), según considera la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA), que hace un año puso el caso de Iliass en conocimiento del relator especial de las Naciones Unidas sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Nils Melzer.
En el informe emitido por en 2017 tras la visita girada a nuestro país el año anterior, según se recuerda en el informe de 2019 del Defensor del Pueblo de España en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención (MNP), el CPT consideraba que “inmovilizar a menores en una cama o esposarlos a objetos fijos en una celda de aislamiento es un uso desproporcionado de la fuerza y una medida incompatible con la filosofía de un centro educativo que debería enfocarse en la educación y la reintegración social de los menores […]. En su lugar, deberían emplearse métodos alternativos en la gestión de incidentes violentos y otros medios de contención, tales como las técnicas verbales que impiden que aumente el conflicto y el control manual”.
Según detalla el informe del Defensor, presentado este mismo martes, “a la vista de los dos casos producidos en los últimos dos años (en Melilla y Almería) de fallecimientos de jóvenes en centros de menores que habían sido sometidos a este tipo de sujeción, se ha solicitado información a varias administraciones competentes, sobre su criterio acerca del uso de correas homologadas en centros de menores, así como si está prevista la adopción de alguna medida al respecto”, indicando al respecto que “aún no se ha recibido respuesta”.
El mismo uso de correas que en septiembre de 2015 veía la fiscal que “no se ha vulnerado la legislación vigente ni los derechos fundamentales” es considerado ahora por otro fiscal como “contrario a derecho” a tenor del protocolo vigente, el último aprobado por la Junta en 2018 y que, como el anterior, permite la posición boca abajo en la cama, una cuestión clave para que la Fiscalía pida reabrir el caso. El fiscal, como la Junta, no pone en duda que se ejecuten inmovilizaciones mecánicas, pero la posición del cuerpo la aprecia muy importante. De hecho, ha pedido al juzgado la medida cautelar de que se retire la aplicación del protocolo porque “sigue poniendo en peligro la vida y la integridad física de los menores” en los centros de Andalucía y Madrid de titularidad pública pero gestionados por la Asociación para la Gestión de la Integración Social (Ginso).
La asociación, consultada por este medio, no quiere pronunciarse tras el escrito de la Fiscalía, ni siquiera para decir si se va a seguir aplicando el protocolo que el fiscal considera peligroso para la salud de los jóvenes a los que se le aplique, manteniendo que “tras la investigación practicada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Purchena que archivó la causa el pasado 29 de enero, quedó patente la necesidad y correcta aplicación de las medidas de contención por parte de los empleados, quienes cumplieron de manera escrupulosa con el protocolo y procedimientos vigentes en su momento, en materia de contenciones”. La jueza parece que tampoco se pronunciará por el momento, ya que el asunto está ya en fase de recurso de apelación y le corresponde a la Audiencia resolverlo, confirman fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Para Abdel Tahiri, que prepara una concentración convocada por la familia este miércoles en Almería en conmemoración del aniversario de su muerte, apoyada por Movimiento contra la Intoelrancia y la asociación Esperanza en el Futuro, hay “asociaciones y partidos políticos que se están intentando aprovechar del caso de mi hermano”. La familia está “contenta” de que la Fiscalía haya pedido que se reabra el caso pero también se muestran “sorprendidos” por las “informaciones falsas publicadas en Marruecos”. “Una guerra entre asociaciones”, señala el hermano de Iliass, añadiendo que confía en la Justicia en España y que tiene “esperanza de que nos van a defender y que no van a dejar a esa gente así suelta”.
Abdel, en ese sentido, comparte una carta de la Presidencia del Gobierno español firmada por Iván Redondo, director del gabinete, fechada este pasado 29 de junio, donde se le dice a una asociación que se interesa por el caso de Iliass que se le da traslado de la misiva al Ministerio de Justicia para que tenga conocimiento, conumicándole en cuanto a su petición de que se investiguen las causas de la muerte que eso exceden las competencias de la Presidencia del Gobierno.
La grabación de los hechos, a la accedió en noviembre eldiario.es Andalucía, mostraba que la inmovilización de Iliass se produjo sin la presencia de personal sanitario, al contrario de lo que aseguró la Junta apenas 48 horas después de lo ocurrido. Tampoco se apreciaban en el vídeo las convulsiones de las que habló en su momento el vicepresidente andaluz, Juan Marín, ni hubo supervisión por parte de personal sanitario como dijo en sede parlamentaria que marcaba el protocolo. La semana pasada, el propio Marín volvía a tener que responder sobre el asunto pero igualmente se negó a asumir cualquier tipo de responsabilidad.
En la grabación se ve cómo el joven, de origen marroquí, fue inmovilizado en una cama por varios miembros de seguridad y personal del propio centro, que tardaron diez minutos en colocarle el sistema de sujeción al completo y que tardaron casi otros diez minutos en darse cuenta de que el joven no reaccionaba porque, en ese intervalo de tiempo, había fallecido. Los diez minutos siguientes, antes de sacarlo por el suelo a rastras de la sala de inmovilización, solo sirvieron para tratar de revivirlo con una repetida e infructuosa reanimación cardiopulmonar.
Desde primeros del pasado septiembre, la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local tiene en vigor una nueva Instrucción sobre el procedimiento a seguir para la aplicación de la medida de contención con sujeción mecánica en los centros de menores infractores de Andalucía. En el nuevo protocolo de actuación ya consta que los menores deberán ser colocados “en posición de decúbito supino -boca arriba”, evitando “otro tipo de posturas”, por ejemplo la que se ejecutó en Oria, “salvo indicación expresa justificada del personal médico basada en alguna razón específica (existencia de quemaduras, escaras u otras lesiones dérmicas o de otro tipo que contraindiquen el decúbito supino”.
El pasado mes de febrero, la representación legal de la familia ya recurrió el auto de archivo del caso ante la posibilidad de que se hubiera cometido un delito de homicidio, rechazando que la jueza se basara “únicamente” en el protocolo existente en el centro en aquel momento, realizado por Ginso. Sus trabajadores, tanto en calidad de investigados como de testigos, personal de seguridad, educadores, tutores, psicólogos y formadores, acudieron al juzgado los días 4, 11 y 18 de noviembre de 2019, tras lo cual el juzgado procedió al archivo de las actuaciones.
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