La Junta expropiará las viviendas a los bancos para evitar los desahucios

El Gobierno andaluz dio hoy un paso al frente para frenar ese promedio de 45 desahucios diarios que se dan en la comunidad y que suman más de 86.000 desde 2007. Dijo un “basta ya” con la aprobación de un ambicioso decreto-ley que pone en el punto de mira a los bancos: se les podrán expropiar por un plazo de tres años en los casos de familias que vayan a ser desalojadas y en las que concurran circunstancias en las que su salida del domicilio suponga una condena a la exclusión social o una amenaza para la salud física o psíquica. Ante la situación de emergencia que viven muchos ciudadanos, la norma entrará en vigor el jueves, tras su publicación en el BOJA.

La Consejería de Vivienda carece de un cálculo de cuántos beneficiarios puede haber de esta medida antidesahucio, pero desde la entrada en funcionamiento el pasado 8 de octubre de la red de oficinas provinciales del Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda, que ofrecen asesoramiento e intermediación entre afectados y entidades financieras, ha logrado la paralización de 964 desalojos, y 119 familias ya han pedido auxilio. Con este dato como punto de partida, el Ejecutivo no demorará la convalidación de este decreto-ley en el Parlamento andaluz, sino que se verá como proyecto de ley por la vía de urgencia.

El segundo pilar fundamental de esta nueva norma es que banca e inmobiliarias estarán obligadas a declarar cuál es su parque de viviendas vacías y sacarlas al mercado del alquiler. Si no lo hacen serán sancionados, siendo la falta más grave penada con el pago de 9.000 euros. El volumen de vivienda desocupada está en una horquilla de 700.000 a un millón de inmuebles (un 20% del parque andaluz de viviendas), según datos de Vivienda. De este montante, entre 350.000 y 500.000 pertenecen a personas jurídicas. El dinero que se recaude irá destinado a financiar políticas para promover el derecho a la vivienda.

Los particulares en posesión de más de dos viviendas también son un objetivo (se calcula que son unos 246.000 propietarios). En este caso, en lugar de la sanción se recurrirá a incentivos fiscales y seguros contra impagos y desperfectos para que pongan sus viviendas en circulación. En este grupo no entrarán los titulares ni de segundas residencias, ni las viviendas que se alquilan por temporada ni los apartamentos turísticos.

¿Inconstitucional?

La posibilidad de que el Gobierno central busque algún subterfugio para frenar este decreto, como así ha hecho en tres ocasiones con las subastas de medicamentos, está ahí, pero desde la Consejería de Vivienda se cree que no hay resquicio alguno para que acabe ante el Tribunal Constitucional. “Tiene seguridad jurídica tan plena como la luna llena”, zanjó la consejera, Elena Cortés. La patronal de la construcción, muy crítica con la nueva norma, ya advierte de la posibilidad de recurrirla por “inconstitucionalidad” , a lo que Cortés no teme, para empezar, porque está convencida de que, aparte del Estatuto andaluz, tiene un importante “anclaje” jurídico nacional e internacional que avala su posición. Además, lanzó un aviso para navegantes: “la solución no es más construcción de vivienda”.

La consejera situó esta medida pionera a nivel estatal en la “valentía” de un Ejecutivo que ha apostado por un “cambio radical” para ir a la “raíz del problema”, que es el enfoque de la vivienda como un “derecho humano” y la defensa de su “función social”. Sin embargo, llegar hasta aquí no ha venido exento de problemas. Ha habido discrepancias entre los dos socios de Gobierno, pero el PSOE ha acabado cediendo ante la propuesta de IU. En especial, en el capítulo de la banca (a esta no se le ha consultado para la redacción del decreto, tampoco a los empresarios de la construcción). “Los cambios profundos siempre generan dificultades. Habrá decretos más sencillos, pero este ha salido con el acuerdo del Consejo de Gobierno y es contundente. Es el decreto que esta consejera esperaba”, resumió Cortés. Una consejera que si no estuviera en el cargo, como manifestó hace una semana, no dudaría en participar en los “escraches”. Su postura es harto conocida, porque también en la ocupación de viviendas vacías que dieron pie al fenómeno de las corralas en Andalucía vio un síntoma de que había que hacer cambios legales para que “no haya casas sin gente y gente sin casas”. Frase que se ha convertido en su máxima.

Cortés, que hizo una presentación de fuerte carga política de este decreto, también tuvo unas palabras de reconocimiento para las plataformas, sindicatos y ciudadanos comprometidos con esta causa y contrapuso ese escenario de Madrid, donde el PP decidirá qué acaba haciendo con su iniciativa legislativa popular (por lo pronto, ya no pasará por el Congreso sino que irá al Senado), con este nuevo escenario andaluz.

Las claves:

Expropiación

La Junta expropiará a los bancos de manera temporal, por un plazo máximo de tres años, las viviendas que estén inmersas en procedimientos de desahucio hipotecario en los casos más graves de emergencia social. La Junta tirará de sus recursos propios y pagará a las entidades un 2% del justiprecio por año (es lo previsto en la Ley de Expropiaciones y equivale al precio al que se tasa la vivienda para la expropiación, de forma que si se valora en 100.000 euros, la Junta pagará de su bolsillo 2.000 a la entidad). A pesar de las estrecheces presupuestarias, Cortés asegura que hay recursos.

Para acogerse a esta medida los ocupantes tienen que reunir una serie de requisitos. El principal es que la vivienda objeto del desahucio sea la residencia habitual y permanente y que la finalidad del préstamo solicitado sea el pago de la casa. El desalojo debe provocar una situación de exclusión social, lo que deberá estar acreditado por los servicios sociales municipales. Se tomará como referencia para medir la situación de endeudamiento respecto a las condiciones y circunstancias en que se recibió el préstamo el que la hipoteca se haya multiplicado por 1,5 y suponga más de un tercio de los ingresos familiares. El tope para acogerse a la medida es que los ingresos no superen tres veces el Iprem (el Indicador público de rentas de efectos múltiple, es decir, el antiguo salario mínimo, y que son unos 532 euros al mes).

Sanción por vivienda desocupada

El decreto recoge un sistema de sanciones leves, graves y muy graves para los bancos, inmobiliarias y entidades de gestión patrimonial que mantengan ocioso y no pongan en alquiler sus inmuebles vacíos. Está tipificado como muy grave, y sancionado con 9.000 euros, no dar uso a una vivienda, arrendar, transmitir o ceder su uso con destino a vivienda sin cumplir las condiciones.

Vivienda desocupada

Serán las que no cuenten con contrato de suministro de agua y de electricidad o su consumo sea nulo o escaso. Otras herramientas para la detección de éstas serán el padrón municipal y otros registros de ocupantes, recepción de correo y notificaciones en otros lugares. Se declarará como vivienda vacía aquella que se pruebe la no habitación por un periodo de seis meses. Con estos datos se creará un Registro de Viviendas Deshabitadas, que se hará en función de un plan de inspección que estará listo en el plazo de un mes.