En estos días en los que se ha destacado como ejemplar y digna de imitar la actitud del cantante Alejandro Sanz al interrumpir un concierto para señalar y expulsar del mismo a un hombre que maltrataba a una mujer entre el público, se vuelve a poner el acento en la necesidad de que los testigos del maltrato se pongan del lado de las víctimas y lo denuncien. Una toma de posicionamiento que aún hoy no está generalizada en la sociedad y de la que, sin embargo, ya se producían ejemplos varios siglos atrás como atestiguan distintos documentos del Archivo Histórico Provincial de Córdoba que recogen denuncias de testigos de episodios de violencia de género.
Se trata de documentos de fondos judiciales y administrativos de entre el siglo XVI y XVIII, fondos que no se solían conservar y eran destruidos con el paso del tiempo. Sin embargo, algunos de ellos estudiados bajo la lupa de los investigadores del archivo cordobés, cuentan ahora cómo entonces la violencia de género era generalizada y las denuncias de testigos, aunque escasas, ya se producían.
Los investigadores han constatado así que, pese a vivir en una época en la que las mujeres carecían de derechos y el maltrato del hombre sobre la mujer se ejercía sin apenas consecuencias, había sin embargo ciudadanos anónimos que ya presentaban denuncias cuando presenciaban casos de maltrato. Así lo recoge, por ejemplo, un documento de este archivo procedente del Fondo Judicial de Rute (Córdoba), fechado en 1706, donde un ciudadano al que se guardaba el anonimato denunciaba la violencia que ejercía un vecino sobre su mujer. El auto de oficios que se conserva de entonces y al que ha tenido acceso eldiario.es/andalucia describe cómo un vecino “le da mala vida así de obra como de palabra” –maltrato físico y verbal- a su esposa.
Episodios como éste, en una sociedad donde “se consideraba que el hombre estaba en su derecho de pegar a la mujer” –explica uno de los investigadores del Archivo Histórico Provincial de Córdoba-, llegaban a ser denunciado por un testigo cuando el maltrato alcanzaba cotas de brutalidad. Aun así y pese a la denuncia, las consecuencias para el maltratador eran mínimas como se relata en el mismo documento: el corregidor de la localidad realizó una pequeña investigación llamando a testificar a varios vecinos del pueblo y, finalmente, sentenció al agresor a pasar cinco días en la cárcel y a pagar una multa, notificándole “que de aquí en adelante trate bien y no castigue” a su mujer.
“Divorcio por riesgo de vida”
Tan habitual y brutal podía llegar a ser la violencia de género de la que dan fe estos documentos del siglo XVIII, que pese a la falta de protección y de derechos de las mujeres se llegaban a ejecutar separaciones matrimoniales ante el peligro de muerte de la esposa. Era el denominado “Divorcio por riesgo de vida” - del que también se encuentran ejemplos en este archivo-, como un documento de 1744 proveniente del Fondo de Clero del municipio de Belalcázar (Córdoba) en el que se da fe de la reiterada y grave violencia de género ejercida por el marido sobre la esposa y se ordenaba el divorcio entre ambos. Eso sí, “la mujer divorciada quedaba difamada ya para siempre (pese a ser la víctima de maltrato) y el marido podía volver a hacer su vida sin problemas”, relatan los investigadores.
De hecho, la máxima violencia como el asesinato era algo permitido socialmente si el marido encontraba a su mujer en brazos de otro hombre. De tal manera que, si el varón engañado decidía no matar a su esposa y a su amante, debía testificarlo por escrito en un documento para dejar constancia de su decisión y de lo que pedía a cambio. Ese documento era la “Carta de perdón de cuernos”, un ejemplo que también se conserva en este archivo en forma de misiva fechada en 1551 y donde el marido engañado exigía el destierro del amante y el pago de dinero a cambio de la promesa de no asesinar a la pareja.