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El sindicalista Diego Cañamero, absuelto tras la derogación del delito que permitía procesar a los piquetes de las huelgas

Cañamero en los aledaños del edificio Noga mientras se celebraba el juicio.

EP

17 de septiembre de 2021 17:59 h

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El Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla ha celebrado este viernes una vista oral contra el histórico líder jornalero Diego Cañamero, otrora líder del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT), exalcalde de El Coronil y exdiputado nacional de Unidas Podemos; y contra el ex alcalde de Puerto Serrano (Cádiz) Pedro Ruiz (IU), a cuenta de su participación en piquetes informativos desplegados en el municipio sevillano de Montellano durante la huelga general del 29 de septiembre de 2010, siendo ambos “absueltos” tras la derogación de la tipificación penal en la que radicaba la acusación que pesaba en su contra.

El abogado de ambos, David Rodríguez, ha explicado a Europa Press que los dos estaban acusados de un presunto delito del artículo 315.3 del Código Penal, dirigido contra “quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionaran a otras personas a iniciar o continuar la huelga”, después de que Cañamero y Pedro Ruiz participasen en piquetes informativos celebrados en un instituto y dos colegios de Montellano aquella jornada de huelga general. A tal efecto, la Fiscalía reclamaba para cada uno de ellos tres años de prisión y sendas multas de 2.160 euros por la presunta comisión del citado delito.

Tipificación derogada en abril

No obstante, y según el abogado defensor de ambos acusados, al comenzar la sesión, el fiscal encargado del caso ha expuesto durante la fase de cuestiones previas que por acuerdo de las Cortes Generales, el pasado mes de abril fue derogado el citado artículo 315.3 del Código Penal, enmarcado en el título relativo a los delitos contra los derechos de las personas trabajadoras, extremo que entró de hecho en vigor el pasado 24 de abril.

Dado el caso, según ha explicado el abogado defensor, la Fiscalía ha anunciada la retirada de su acusación y, al no figurar ninguna otra parte acusadora, el titular del Juzgado de lo Penal número 4 ha anunciado in voce la resolución “absolutoria” del procedimiento judicial, extremo que habrá de ser plasmado en una sentencia oficial.

Previamente, los aledaños del edificio Noga, que alberga el citado juzgado de lo Penal, eran el escenario de una concentración del SAT en apoyo a Diego Cañamero y Pedro Ruiz, marco en el cual Cañamero ha recordado que desde 2009 ejerce una actitud de “insumisión judicial” ante las causas incoadas en su contra, con lo que no ha asistido tampoco a esta vista oral.

Un piquete “totalmente informativo”

Tras conocer que la Fiscalía había decidido retirar su acusación, el histórico dirigente jornalero ha defendido que era “insostenible que la Fiscalía siguiera con la petición de tres años de cárcel en un piquete pacifico, donde la Guardia Civil iba escoltando al piquete, que era totalmente informativo”.

“Si la fiscalía quiere que haya justicia, que atienda otras situaciones que puede hacer de oficio como el acoso sexual en los campos de Huelva (a las temporeras), la quema de chabolas en los campos de Moguer y Palos de la Frontera y también en los invernaderos de Almería”, ha aseverado reclamando al Ministerio Público que actúe “donde no se respetan los derechos humanos ni la dignidad de los trabajadores”.

El actual líder del SAT, Óscar Reina, ha opinado de su lado que el procedimiento judicial promovido contra Cañamero y Pedro Ruiz prueba que el sistema judicial “no es ciego, sino que se tapa los ojos para no ver la realidad o ver sólo aquella que le conviene”, alegando que la Guardia Civil fue “testigo de los hechos y no hizo ningún informe”, pero sin embargo la Fiscalía formuló acusación contra los citados encartados.

El respaldo de Podemos

La absolución ha sido celebrada por Podemos, cuya secretaria general y ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, señalaba en un tuit que “el derecho a huelga nunca tuvo que ser tipificado como delito”, afirmación que le ha valido no pocas críticas ya que ambos dirigentes no estaban procesados por ejercer su derecho a la huelga, sino por participar en un piquete informativo al que se acusaba de coacciones. En cualquier caso, Belarra definía como “una buena noticia” el resultado del proceso judicial. “Enhorabuena por ser referentes en la lucha por los derechos laborales frente a los señoritos y caciques que viven en el pasado”, apostillaba.

Desde Podemos Andalucía, su secretario de Movimientos Sociales, Nicolás Sguiglia, subrayaba que “esta absolución pone en valor la derogación de un delito cuyo único objetivo era la represión a los representantes de los trabajadores”.

Derogación con el voto en contra de PP y Cs

La reforma legislativa que derogó este artículo e incluyó la revisión de sentencias firmes dictadas de conformidad al mismo fue abordada por el Congreso de los Diputados a propuesta del PSOE, como aspecto pactado dentro del acuerdo de coalición con Unidas Podemos, una medida apoyada por Esquerra Republicana (ERC), EH-Bildu, Junts, el PDeCAT, la CUP, Más País-Equo, el BNG, Compromís, Teruel Existe y Nueva Canarias; mientras el PP, Vox, Ciudadanos, UPN y Foro Asturias votaron en contra y el PNV, el PRC y Coalición Canaria se abstuvieron.

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