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Un juez abre diligencias previas en el caso del fajín de Franco de la virgen de la Hermandad del Baratillo de Sevilla
El Juzgado de Instrucción número 7 de Sevilla, en funciones de guardia, ha decidido instruir diligencias previas a raíz de la denuncia presentada por la Asociación de Juristas 17 de Marzo por la resolución de la cofradía de El Baratillo de procesionar con un fajín de general perteneciente al dictador Francisco Franco ceñido en torno a la imagen de la Virgen de la Piedad, “lo que puede ser constitutivos de un delito de enaltecimiento”.
En un auto notificado en la tarde de este Lunes Santo y al que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado entiende que los hechos “presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal”. En consecuencia, incoa las correspondientes diligencias previas, dando un plazo a las partes para comparecer.
De este modo, sostiene el colectivo, el juez viene a “enmendar radicalmente la plana” a la Fiscalía de Sevilla, que este mismo día había archivado una denuncia igual por entender que los hechos no constituían delito. Por contra, el magistrado acoge por ahora los argumentos de los juristas denunciantes y decide investigar los hechos.
LA DENUNCIA
A juicio de la asociación de juristas, la exhibición pública de esta prenda “viene expresamente prohibida por el artículo 510.1 del Código Penal” que recoge penas de prisión para quien “públicamente nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores, cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias”.
Del mismo modo, la denuncia apunta que debe entenderse por enaltecimiento la exhibición pública “en lugar del máximo honor” de una prenda militar que será “paseada por la ciudad” como objeto de “suprema devoción”, por lo que el tipo penal se cumple “al pertenecer dicha prenda al dictador que accedió ilegítimamente al poder a raíz del golpe de Estado de 1936 debe entenderse que el enaltecimiento se refiere al autor de numerosos delitos de lesa humanidad, cometidos con ocasión de un conflicto armado contra numerosas personas en razón de su ideología, religión o creencias”.
Asimismo, la asociación de juristas añade en su denuncia que la exhibición del fajín “no forma parte de las opciones religiosas de la Hermandad, cuyo objeto social se centra en el culto a unas imágenes”, y en esa línea, agrega que “la inclusión de elementos de apología del autor de un delito de lesa humanidad no guarda ninguna relación con las creencias religiosas que se van a manifestar en público”.
Por último, la denuncia ante el Ministerio Público de la 'Sociedad Andaluza de Juristas 17 de marzo' recoge que la exhibición de este fajín no cabe aplicar “el ejercicio legítimo de la libertad de expresión” toda vez que la Hermandad del Baratillo “no pretende dar a conocer sus ideas políticas, ni es una asociación creada para tal fin, de modo que la glorificación de la figura del dictador a través del ensalzamiento de las prendas que lo identifican como militar no pretende difundir ninguna idea más allá del enaltecimiento de su figura”.
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