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El embrollo de las “convocatorias exprés” vuelve al Parlamento andaluz

Archivo - El consejero de la Presidencia, Elías Bendodo, en una imagen de archivo en el Pleno del Parlamento.

Néstor Cenizo

7 de abril de 2022 20:35 h

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El manejo de la nulidad de las “convocatorias exprés” llegó este jueves al Parlamento de Andalucía. En las últimas semanas, al menos tres sentencias han condenado a la Junta de Andalucía, ordenándole que reincorpore a trabajadores a los que había cesado porque sus méritos para estar en bolsa derivaban de su participación en las “convocatorias exprés”. Elías Bendodo, al frente de la Consejería de Presidencia que realizó las contrataciones, ha explicado que la administración ha recurrido ya dos de esas sentencias (dictadas por juzgados de Córdoba) y que recurrirá la tercera, del juzgado contencioso-administrativo 4 de Almería.

“Hemos tenido conocimiento de la sentencia por los medios de comunicación”, ha dicho Bendodo (en referencia a la sentencia de Almería, adelantada por elDiario.es Andalucía), a pesar de que la resolución fue comunicada previamente a las partes del proceso, incluida la Junta de Andalucía. “Una vez que la analicemos la intención es interponer recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía”, ha avanzado.

Bendodo ha asegurado que en las dos primeras sentencias “no se exigía la reincorporación de los recurrentes”. Sin embargo, de la lectura del fallo se desprende lo contrario, más allá de que no sean sentencias firmes. En la primera de ellas se acuerda dejar sin efecto el cese y “declarar el derecho subjetivo de la misma a su reincorporación al mismo”. También el reconocimiento de a “efectos administrativos de los servicios prestados a la Administración”. Es decir, a que la incluyan en la bolsa de interinos de la que ha sido excluida. Además, se reconoce su derecho a ser indemnizada abonándole los salarios que dejó de percibir, con intereses.

En la segunda no se habla expresamente de reincorporación, pero se condena a la administración al “reconocimiento y efectividad de todos los efectos administrativos y económicos de los que se hubiese beneficiado si no hubiese sido cesado”. “Y si no me hubiesen cesado seguiría trabajando”, comenta la interina afectada.

PSOE: “Consecuencia nefasta de su nefasta política de gestión del personal público”

El asunto de los ceses de estos interinos ha sido objeto de pregunta oral por parte del diputado socialista Mario Jiménez. “A usted le han llegado 50 sentencias contra la contratación exprés, que ahora están teniendo estos efectos”, le ha dicho a Bendodo. “Ahora se ven abocados a perder su puesto de trabajo porque les sacan ustedes de la bolsa de interinos. Quienes de buena fe se presentaron, al quedar anuladas, han perdido ese puesto de trabajo y su posición en las bolsas en las que figuraban. Esa es la consecuencia nefasta de su nefasta política de gestión del personal público”.

Esta semana el PSOE ha vuelto a situar el foco en este asunto presentando una denuncia ante la Fiscalía por la presunta prevaricación administrativa, aunque los fiscales ya dieron carpetazo a dos denuncias similares presentadas en su día por CGT y Marea Blanca por entender que las irregularidades de las convocatorias no tenían “relevancia penal”.

Bendodo ha acusado a los socialistas de hacer “juego sucio” y generar ruido. “Cuando no tienen argumentos recurren a esto. ¿Quieren ganar el partido? Metan más goles que nosotros, no más patadas”.

La interpretación de la nulidad

La Junta de Andalucía dejó de utilizar las convocatorias exprés en diciembre de 2020, tras el pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia, que ratificó lo que habían dicho decenas de juzgados: el sistema para asignar plazas de interinos en 24 horas, por orden de llegada y excluyendo embarazadas o mayores de 60 es nulo por contravenir los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública.

Sin embargo, las consecuencias de este particular sistema de selección han seguido generando litigios y debate político. Los tribunales no especificaron los efectos de la nulidad, dejando margen para una incertidumbre que ha generado frustración y al menos medio centenar de demandas. ¿Se extiende a los méritos y la experiencia adquirida por los interinos? ¿Debe provocar la exclusión de las bolsas en las que fueron incluidas precisamente por participar en las convocatorias exprés?

La Junta de Andalucía interpreta que sí, y que por tanto esa experiencia no cuenta para la bolsa, hasta el punto de que los ha echado. Sin embargo, no ha aplicado este criterio a los contratados con la Instrucción 1/2021, también anulada, y ni siquiera lo ha aplicado de igual manera a todos los “interinos exprés”. Decenas mantienen su trabajo gracias a que una de las convocatorias exprés “se partió” en dos por un error informático. Todo un galimatías que ha creado agravios comparativos.

Cuando empezaron a dictarse las primeras nulidades, Bendodo aseguró en el Parlamento que se estaba interpretando la nulidad “sin dilaciones indebidas” y según un informe de los servicios jurídicos. Esto fue el 18 de marzo. El informe, que se decantaba por extender la nulidad a los méritos adquiridos en la convocatoria nula y sacar a los “interinos exprés” de las bolsas, es de 25 de febrero. A pesar del informe y de las palabras de Bendodo, muchos de esos interinos fueron nuevamente contratados a través de la bolsa en abril o incluso en julio, en teoría por tres años. Fueron cesados en octubre. 

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