Tribunales
El juez considera probado que Cosentino actuó de forma “gravemente negligente” con los manipuladores de Silestone enfermos de silicosis
El acuerdo entre Cosentino y el fiscal, por el que el primero acepta ser autor de cinco lesiones graves por imprudencia grave, se rubricó ante el juez el 30 de enero. Faltaba, sin embargo, la plasmación en una sentencia, que ha sido divulgada este martes. Los detalles en la resolución son importantes porque al asumir alguna responsabilidad en la silicosis que padecen cinco trabajadores de una marmolería de Vigo que trabajaron con Silestone, Francisco Martínez-Cosentino y el gigante que dirige hacen un movimiento con consecuencias aún difíciles de predecir, en la que los detalles pueden tener repercusiones millonarias. Era esencial, por eso, conocer los hechos que el juez considera probados.
La sentencia considera probado que Francisco Martínez-Cosentino, que suministraba Silestone a esta marmolería, Granitel, desde 1990, era conocedor, “al menos desde el año 2000, de los riesgos y peligrosidad que conllevaba la manipulación” del producto, ya que varios de sus empleados habían contraído silicosis en la fábrica de Almería. “Actuando de forma gravemente negligente, no facilitó información alguna” a los clientes que trabajaban cortando, puliendo y montando los tableros de Silestone que le proporcionaba.
Información “muy deficiente y confusa” desde 2009
Sólo en 2009, una vez detectada la silicosis al primer trabajador y a solicitud de Granitel, entregó la ficha de seguridad del producto. “Lo exigible es que se la hubiera facilitado por propia iniciativa al tiempo de la primera entrega del producto o incluso antes” para que así el cliente (la marmolería que manipulaba el aglomerado) pudiera adoptar medidas de seguridad.
Además, la sentencia recuerda que cuando Cosentino entregó la ficha esta resultó ser “muy deficiente y confusa” porque no informaba bien de la composición del producto, algo determinante de su peligrosidad. Reiteraba que el Silestone no era peligroso, con mensajes dirigidos al cliente final que se confundían con los que debía recibir el manipulador, equiparando el riesgo al de piedras naturales como el granito, el mármol o el cuarzo.
“Como ocurre con cualquier otro producto de piedra natural, como el cuarzo, el mármol o el granito, la elaboración (cortar, moler y otros tratamientos) e instalación del Silestone puede generar polvo capaz de generar irritación en ojos, nariz y vías respiratorias”, decía la ficha, que luego pedía el uso diligente del producto por la “elevada concentración de sílice” y añadía: “Una inhalación prolongada y /o masiva de sílice cristalina puede causar fibrosis pulmonar y neumoconiosis como la silicosis”.
Esa información no era “ni adecuada, ni precisa, no ayudando a despejar las incógnitas”, dice el juez. La falta de información sobre cuál era la composición del Silestone, y los riesgos que su manipulación comportaba para los trabajadores, motivó que Granitel no conociera la mayor peligrosidad del Silestone, considera.
Hasta ahora, los afectados por la silicosis generada por la inhalación del polvo del Silestone vienen recibiendo en torno a 200.000 euros de indemnización, en casi todos los casos tras la firma de un acuerdo de confidencialidad. En el caso de Vigo, Cosentino, que en 2021 facturó 1.401 millones de euros y ahora planea salir a bolsa, ha abonado 1,1 millones de euros a los cinco trabajadores o sus familiares. Uno de esos trabajadores falleció en 2010. Otro está diagnosticado de “silicosis acelerada” y tiene una “evolución” de entre cinco y diez años y los demás tienen diagnosticada silicosis grado II, dos de ellos con incapacidad permanente.
La sentencia de Vigo no es la primera que establece que el proveedor de las encimeras, Cosentino, tiene responsabilidad penal en el desarrollo de la silicosis por parte de trabajadores de marmolerías externas. En 2017, la Audiencia Provincial de Vizcaya ya resolvió que Cosentino informó a sus clientes “tardía, insuficiente y confusamente” de los riesgos que entraña manipular el Silestone. Sin embargo, Francisco Martínez-Cosentino evitó la condena porque el delito estaba prescrito. La Audiencia Provincial de Huelva llegó a condenar a los dueños de una marmolería que trabajaban con Silestone por homicidio imprudente, en un proceso en el que Cosentino no fue parte.
Ahora ha llegado a un acuerdo con Fiscalía antes que fiar su suerte a la decisión del juez.
“Mucho más peligroso” que el granito para los operarios
Granitel, una empresa viguesa constituida en 1989, trabajaba sobre todo con Silestone. La instalación de encimeras de este producto, para lo que previamente debía cortar las grandes tablas que recibía, suponía hasta el 90% de su facturación. El Silestone, descubierto casi por azar a finales de los 80 y cuando Cosentino se abocaba a la quiebra, es un aglomerado de sílice, resinas, feldespato, cristobalita y pigmentos.
Cuanto más sílice tiene un compuesto, más polvo potencialmente peligroso libera: el granito tiene el 20%, el mármol el 3%, el Silestone el 95%, “lo que hace mucho más peligroso para la salud de los operarios que lo trabajan”, según la sentencia. Al pasar por una cortadora o una pulidora, el material genera un polvo con un elevadísimo porcentaje de sílice libre cristalina, liberando partículas que, si se respiran libremente, se incrustan en los alveolos pulmonares. Ese es el principio de la silicosis, un tipo de neumoconiosis que genera una fibrosis pulmonar difusa “irreversiblemente progresiva”.
Cuando en 1999 una empresa de prevención de riesgos midió el polvo en la nave de Granitel, registró valores muy por encima de lo permitido: 3,1 y 3,2 mg/m3, cuando entonces el límite era de 1,344 mg/m3. Existía “riesgo higiénico para la salud de los trabajadores por presencia de sílice libre y polvo respirable en el ambiente”, por lo que el técnico recomendaba medidas correctoras, como extractores, ventilación, humidificación mediante pulidoras con aportación de agua, así como la obligatoriedad de mascarillas mientras no se adoptaran. Pero no se adoptaron, por lo que la sentencia concluye que el administrador de la empresa, también condenado, actuó con una “falta de diligencia inexcusable”.
Tampoco facilitó que sus trabajadores realizaran reconocimientos médicos anuales hasta 2007 ni contrató mediciones del polvo de sílice en el ambiente, pese a que el servicio de prevención le advirtió de ello.
Antes de que se conociera el contenido de la sentencia, Cosentino insistió este martes que siempre ha cumplido con la legislación vigente (más laxa en el pasado) y delegó la responsabilidad principal sobre las marmolerías encargadas de manipular el producto. Son “los que tienen la responsabilidad de garantizar que sus trabajadores cuentan con los medios de protección necesarios y los implementan adecuadamente”. “La marmolería objeto de enjuiciamiento no cumplió ni las más mínimas medidas de seguridad”, resalta Cosentino.
En efecto, la sentencia resalta que el responsable de la marmolería (también condenado por un delito contra los derechos de los trabajadores) “en ningún momento” se preocupó por averiguar la composición del producto ni qué medidas especiales de seguridad exigía. Sin embargo, la resolución apunta a la empresa almeriense, al considerar probado que no informó adecuadamente de su producto a Granitel, consolidando un desconocimiento negligente que expuso a los trabajadores al polvo que les generó la silicosis.
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