Los menores podrán ir a los toros en Utrera… y en casi toda España. La legislación vigente, sea estatal o regional, no establece límites de edad. En la localidad sevillana, la aprobación de una ordenanza de protección animal abrió ese camino: prohibido a los que tengan menos de 7 años. La “polémica” suscitada, la presión taurina y la posibilidad de “infringir el ordenamiento jurídico”, según alertó la Junta de Andalucía, han eliminado la propuesta del texto final.
Las reacciones políticas son diversas. PP: “negarle a un niño el acceso a la cultura me parece impresentable”. IU: una regulación necesaria “para trabajar en el futuro y la educación de los niños”. “Es necesario proteger al menor contra cualquier tipo de violencia”, subrayan desde el Colectivo Andaluz Contra el Maltrato Animal (CACMA).
Todo, un debate “absolutamente inexistente sobre toros sí o toros no”, para el PA, y que no está “en la sociedad, si los menores pueden ir o no a los toros”, según el PSOE. El equipo de Gobierno, PA y PP, votó a favor junto al PSOE, mientras IU lo hizo en contra y la edil de UPyD no asistió al pleno. Permiso, por tanto, para asistir a espectáculos de tauromaquia, a la muerte violenta en acto de lidia del toro bravo.
Una normativa “progresista” que pretendía “proteger a los niños”
Una normativa “progresista” que pretendía “proteger a los niños”En Utrera, la ordenanza municipal de protección animal, tenencia de animales de compañía y animales potencialmente peligrosos fue aprobada de manera inicial el pasado mes de junio. Ahí aparecía la restricción de acceso a menores de 7 años a cosos taurinos, eliminada ahora de un texto definitivo calificado de “moderno” por los diferentes partidos que componen el ayuntamiento local.
Una normativa “progresista”, por ejemplo, en relación a la convivencia ciudadana entre propietarios de mascotas y quienes no poseen animales de compañía o sobre la presencia de circos y atracciones con animales en la localidad, que quedan prohibidas. Aunque la pretensión del PA era “proteger a los niños de presenciar espectáculos que consideramos que no deberían ser vistos por menores”, sostiene la concejal Consuelo Navarro.
El artículo suprimido, insiste, generó una “polémica vinculada al mundo taurino” no pretendida y un “debate absolutamente inexistente sobre toros sí o toros no”. A la alcaldía andalucista, prosigue, “sólo se le pueden reconocer cuestiones como la construcción de la plaza de toros y la colaboración en cuantas iniciativas se han planteado desde el mundo taurino”.
Desde el socio de Gobierno, la portavoz del PP, Francisca Fuentes, califica la “fiesta nacional” como “parte de la cultura”. Y “negarle a un niño el acceso a la cultura –explica la edil popular– me parece impresentable”. Más aún “en la cuna del toro bravo” donde restringir el acceso a las corridas “venía fuera de lugar”. Celebra además que PA y PSOE hayan rectificado y atiendan “el sentir y la petición popular”.
Para el portavoz del PSOE, José María Villalobos, el mencionado artículo “no cabía” en una ordenanza municipal “que no regula ningún acceso a ningún tipo de espectáculo ni nada con respecto a los menores”. Sin entrar “a valorar si es adecuado o no”, entiende que no se trata de “un debate que esté en la sociedad, si los menores pueden ir o no a los toros”.
En IU, Carlos Guirado precisa que se trató incluso la eventualidad de asumir la competencia de acceso al tratarse el coso taurino de un edificio municipal, desechada tras la “alegación” de la Junta. La ordenanza “progresista en relación a la protección animal” contenía “un punto más revolucionario que marcaba un antes y un después”, cuya eliminación “le quita el alma a la propuesta” y evita una regulación necesaria, entiende, “para trabajar en el futuro y la educación de los niños”.
En este sentido, “el menor de edad ha de tener una protección contra cualquier tipo de violencia”, dice el presidente del Colectivo Andaluz Contra el Maltrato Animal, Antonio Moreno. Como significa, concluye, “humillar, maltratar y luego matar a un animal”. Un espectáculo que puede provocar conductas agresivas: “un niño que ve cómo se aplaude a alguien que mata a un animal tiende a repetir ese comportamiento que aparece como un reconocimiento social”.
La competencia de acceso a espectáculos taurinos recae en las comunidades autónomas. Cuando no existe esta normativa, se aplica la regulación nacional. En el caso andaluz, la restricción por edad queda al albur de las diferentes delegaciones del Gobierno de la Junta. Una posibilidad que no se concreta, como confirman a eldiario.es/andalucia fuentes de la consejería de Justicia e Interior.
Ni en Andalucía ni en la mayoría de regiones. Ni la ley taurina 10/1991 o el reglamento estatal de espectáculos taurinos de 1996 aportan este tipo de restricciones entre los derechos y obligaciones de los espectadores. Tampoco el reciente Plan Estratégico Nacional de Fomento y Protección de la Tauromaquia (Pentauro) o, en suelo andaluz, el Reglamento Taurino o la Normativa Taurina.
Sí en el País Vasco, donde los menores de 16 años están obligados a entrar en una corrida de toros acompañados de algún mayor de edad, o en Galicia, donde se tramita el veto a los que tengan menos de 12 años. La prohibición total de la práctica de la tauromaquia funciona en Canarias (desde 1991) y en Cataluña (2010).
En otros países, los movimientos antitaurinos han conseguido prohibiciones diversas, como en Francia, Colombia, México, Perú, Ecuador, Venezuela y Costa Rica, mientras que en Argentina y Cuba los toros fueron abolidos en 1899, igual que en Uruguay (1912), Nicaragua (2010) y Panamá (2012).