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El Gobierno endurece las condiciones para acceder a las ayudas de alimentos

La ministra de Agricultura, Isabel García Tejerina, en el Congreso

Néstor Cenizo

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, responsable de gestionar el reparto de alimentos a las personas más desfavorecidas, exige a las organizaciones encargadas de la distribución que determinen cuántos beneficiarios son inmigrantes, de origen extranjero o pertenecientes a una minoría étnica. Entre los documentos que las “organizaciones asociadas de reparto” deben presentar a las “organizaciones asociadas de distribución” (el eslabón intermedio de la cadena) figura una solicitud donde “se deberá detallar el número de personas desfavorecidas a las que se va a atender en el Programa 2015 (desglosado en los siguientes grupos): (…) número de inmigrantes, participantes de origen extranjero, minorías (incluidas las comunidades marginadas, como la de los romaníes)”. Este requisito es nuevo, según aseguran en el sector.

“No entendemos que se obligue a decir quién son gitanos y quiénes dejan de serlo. Nosotros no lo vamos a hacer”, advierte Pilar Fernández, de la Asociación de Integración de la Comunidad Gitana Palma Palmilla, una entidad que presta ayuda en esta barriada al norte de Málaga especialmente afectada por la pobreza desde hace décadas. Los colectivos que reparten alimentos (entre ellos el suyo) recibieron el 20 de febrero un documento con los requisitos que deben satisfacer y para participar en el reparto deberán acreditar el cumplimiento antes del próximo 9 de marzo. Además de demostrar que son una entidad de asistencia social y que tienen capacidad para atender a más de 10 personas desfavorecidas, deberán aportar una solicitud en la que se establezca a cuántas personas se va a atender durante el año. En la solicitud deberá desglosarse ese número, atendiendo a criterios de edad, sexo, número de personas sin hogar, número de personas con discapacidad y “número de inmigrantes, participantes de origen extranjero, minorías (incluidas las comunidades marginadas, como la de los romaníes)”. Este dato es nuevo. Pilar Fernández explica que al listado de beneficiarios que entregaba hasta ahora debería añadir una casilla en la que consigne el origen y la etnia (“diciendo si es inmigrante, si es gitano…”) y sospecha que la medida, además de buscar el desánimo de los solicitantes, se adopta con fines estadísticos.

Además, las instrucciones remitidas por el ministerio obligan a acreditar que una persona está desfavorecida mediante un informe de los servicios sociales públicos o de trabajadores sociales o profesionales de la propia entidad, con la excepción del reparto a personas sin hogar o en comedores. Estos informes, cuya obligatoriedad se comunicó el 20 de febrero, deberían estar preparados antes del 9 de marzo. Fernández cree que ninguna entidad tiene capacidad para ello, y asegura que durante el año pasado entregaron alimentos a más de 6.000 personas, a quienes únicamente se les exigió certificado de empadronamiento y de no recibir ayuda o renta alguna. Cree que muchas familias evitarán solicitar el informe de los servicios sociales a la administración por temor a que se les abra un procedimiento por desamparo de menores.

Según datos del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), entre 2008 y 2012 se produjo un incremento aproximado de un 217% en el número de personas beneficiarias del Plan de Ayuda Alimentaria. La Palmilla es una zona especialmente afectada por la pobreza y muchos de sus habitantes acuden a la ayuda oficial o a la proporcionada por comedores sociales como Er Banco Güeno, instalado en una antigua sede de Unicaja, o entidades pequeñas focalizadas en el barrio, como la Asociación de Integración de la Comunidad Gitana Palma Palmilla. La capacidad de estas organizaciones para gestionar miles de informes de exclusión social es menor, pero Fernández, psicóloga de formación, asegura: “Si tengo que estar ocho meses redactando informes, estaré ocho meses”.

Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social: medidas específicas para colectivos “más vulnerables”

El Ministerio de Agricultura gestiona el Programa Operativo del Fondo de Ayuda Europea para las Personas más Desfavorecidas (FEAD). El Fondo Español de Garantía Alimentaria compra los alimentos mediante un procedimiento de licitación pública, las organizaciones de distribución (en Málaga, Cruz Roja y Bancosol) almacenan los alimentos y las organizaciones de reparto (como la asociación en la que trabaja Pilar Fernández) los distribuyen. Las directrices de la “lucha contra la pobreza y la exclusión social”, según el programa, se establecen en el Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social 2013-2016, basado, se dice, en las reglamentaciones y directrices europeas. En ese Plan Nacional, aprobado el año pasado, se establecen medidas específicas para grupos “más vulnerables”, entre otros, la población gitana. Sin embargo, ninguna de las seis medidas contenidas en el plan específicamente dirigidas a la comunidad gitana (actuaciones 214-219) se refiere al acceso a alimentos ni implica al Ministerio de Agricultura en su desarrollo. Sí incluye una actuación consistente en “mejorar el conocimiento de la población gitana mediante la realización de estudios sociodemográficos y otras fuentes de información”. El Ministerio de Agricultura explica que un Reglamento Delegado de la Comisión Europea (el 1255/2014) exige el cumplimiento de estos nuevos requisitos. Los datos deberán consignarse en los informes de ejecución de los programas de ayuda, que luego serán remitidos a la Comisión Europea. Este medio está a la espera de recibir respuesta de la Comisión sobre las razones que motivan las novedades en el programa de ayuda alimentaria.

El Reglamento de la UE sobre el Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (223/2014) es la norma desarrollada por el Reglamento Delegado 1255/2014, y establece los criterios básicos de estas ayudas. En su definición de personas desfavorecidas que no hace alusión al origen de la persona o a su etnia y sí a la necesidad de establecer la necesidad de asistencia para “individuos, familias, hogares o grupos compuestos por estas personas” de acuerdo con “criterios objetivos que hayan sido fijados por las autoridades nacionales competentes en consulta con las partes interesadas pertinentes (…)”. El texto también hace referencia a que podrán tenerse en cuenta elementos “que permitan definir como destinatarios las personas más desfavorecidas de determinadas zonas geográficas”.

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