“Se ha establecido que la disposición de calefacción en celdas sea suministrada selectivamente a aquellas dependencias que, tanto por sus características arquitectónicas son más frías (módulo de aislamiento) como por las circunstancias físicas de la población que albergan (módulo de enfermería)”. Lo dijo el pasado invierno la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, tras la queja de un interno de la cárcel de Córdoba por insuficiencia de calefacción.
Este viernes, la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) de denunciaba públicamente que el Gobierno central no activaba la calefacción en las celdas de las cárceles andaluzas. La cuestión era desmentida por fuentes de Instituciones Penitenciarias que, sin grandes detalles, defendían que la calefacción “se pone todos los días y en todos los sitios”. De los escritos a los que ha tenido acceso eldiario.es Andalucía se desprende que la calefacción sólo está prevista para algunas dependencias pero no para las celdas en general.
Una carta de respuesta a la directora del centro penitenciario de Córdoba, fechada el 26 de noviembre de 2015, es contundente en los motivos a la hora de argumentar las limitaciones de este uso. “El principio básico de racionalización del gasto inspira nuestra administración de los recursos y la gestión adecuada y racional del gasoil en el centro”, apunta la Secretaría General “en función de las recomendaciones de ahorro energético”.
“Se ha limitado el horario de calefacción”
Incluso con posterioridad, en el mismo expediente abierto tras la queja de este interno, con fecha 25 de febrero de 2016 se dice que “en los últimos años se ha establecido como uno de los objetivos reducir el consumo anual de gasoil” y, para ello, “se ha limitado el horario de calefacción sólo a los módulos de enfermería, aislamiento, comunicaciones, salas de vis-vis, talleres ocupacionales de módulos residenciales y dependencias del edificio sociocultural, tanto por la afluencia de internos como por las características físicas de la población que albergan”. “Al resto de dependencias del centro, se les podrá facilitar calefacción siempre y cuando la climatología obligue a ello”, añaden. En ese sentido, ese mismo escrito dice que se dieron instrucciones al servicio de vestuario para que “atendiera todas las peticiones de mantas que cursaran los internos”.
El 8 de marzo de 2016 es el subdirector médico del centro el que escribía a raíz de la queja. Indica directamente que “cuando por criterios médicos, situaciones especiales (edad, posoperatorio, ayuno, evolución, observación, etc.) o petición del interno se ha considerado el efecto perjudicial de la climatología u otros motivos, se ha procedido a su ingreso en la enfermería”. Aparte de eso, “no se ha planteado el tomar otro tipo de medidas, como el uso de la calefacción en los módulos”. Es decir, que no se va a poner la calefacción en las celdas y que, si el interno pasa frío y enferma, pues se le llevará a la enfermería.
La documentación coincide con la nota de prensa difundida esta semana por APDHA en Córdoba, donde criticaba que Instituciones Penitenciarias tenga “la decisión de no activarla en las celdas de las personas presas (con pequeñas excepciones como enfermería o módulo de aislamiento), y algunas zonas comunes (algunas salas de escuela sí y otras no)”.
La asociación alude a una “triple discriminación” para las personas privadas de libertad, en este caso en Córdoba, pero cuya situación hacen extensiva a la comunidad andaluza: “frente a los usuarios de otros servicios públicos residenciales (hospitales, centros de mayores, menores, PSH…) del resto de Administraciones; frente a presos de otras prisiones y comunidades; y frente al personal laboral o terceros como abogados que sí disfrutan legítimamente de la calefacción en el mismo centro penitenciario”, dijeron en su nota.