El magistrado Manuel Piñar, del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, ha condenado este viernes a Juana Rivas a cinco años de cárcel y a seis de inhabilitación para ejercer la patria potestad por no entregar a sus hijos al padre, condenado en 2009 por lesiones cuando vivía con ella.
Pero esta sentencia, en la que el juez incluye opiniones personales sobre la vida de Juana Rivas, no es la única polémica en la carrera judicial de Piñar. Repasamos algunas de las actuaciones de este magistrado que han causado controversia en años anteriores.
Acusó a la Fiscalía de “celo ideológico” con las denuncias falsas
En septiembre del año 2011, Manuel Piñar acusó a la Fiscalía de impedir la persecución de las falsas maltratadas. El magistrado acusó al Ministerio Público de estar “impidiendo la adecuada persecución de algunas falsas denuncias por falsas maltratadas”, según informó El País.
Lo hizo al dictar sentencia contra una mujer que había denunciado malos tratos por parte de su exmarido, en un caso en el que la Fiscalía había pedido la absolución de la misma. En dicha sentencia, Piñar aseguró que “el excesivo celo ideológico” de proteger a la mujer “está llevando a quitar la dignidad a determinados varones”. Según apuntó, la supuesta ausencia de persecución de las denuncias falsas a la que se refiere, supone “alimentar la violencia” y “dar un paso atrás en la igualdad ante la Ley”.
Comparó la actuación de la Fiscalía con Hitler y Stalin
En esa misma sentencia, el juez continuó su ataque a la labor del Ministerio Público acusándole de actuar como Hitler y Stalin, según se hizo eco el diario Público. Piñar comparó la actuación de la Fiscalía con “el principio de oportunidad que legislaciones autoritarias atribuían a fiscales (...) y practicaban con asiduidad los fiscales que estaban al servicio de Hitler o Stalin, aunque ninguno de los dos se atrevió a plasmarlo en leyes”.
Los controles de alcoholemia, “inquina persecutoria”
En una sentencia emitida en agosto del año 2008, Manuel Piñar afirmó que las pruebas de alcoholemia suponen una “grave lesión al derecho de la igualdad de trato” que reciben las personas que consumen alcohol frente a las que toman otras drogas. Piñar consideró que los primeros se ven sometidos a una “inquina persecutoria mediante obsesivos controles de alcoholemia”, mientras que los segundos “ni tan siquiera son molestados”, según publicó Europa Press.
Lo hizo en una sentencia absolutoria a un vecino de Burgos que estaba acusado de un delito contra la seguridad vial después de que el mes anterior diera positivo en un control de alcoholemia en la localidad de La Zubia (Granada).
Mario R.R. fue sometido a varias pruebas de alcoholemia, una de ellas realizada con un alcoholímetro digital y otras dos efectuadas con el modelo oficial. Los resultados para cada una de ellas fueron diferentes, siendo su cantidad de miligramos de alcohol por litro en sangre de 0,55, 0,60 y 0,64, respectivamente.
El juez valoró que el hecho de que una de las pruebas, la realizada con el dispositivo digital, diera un resultado “significativamente inferior”, introducía una duda racional sobre el verdadero índice, y este fue uno de los motivos por los que el conductor fue absuelto.
Consideró “atractiva” la cicatriz de una joven
En enero del año 1999, el magistrado Piñar, del Juzgado de Instrucción número 1 de Almuñécar, dictó una sentencia en la que rebajaba la indemnización a una mujer accidentada por considerar que su cicatriz “solo se ve en situaciones íntimas” y afirmó que el perjuicio estético era “leve” porque dicha cicatriz podría ser “un elemento de atracción física”, según informó El País.
Dicha sentencia fue calificada de “machista” por colectivos de mujeres de Granada y expertos en jurisprudencia. En palabras de Piñar, “viendo la belleza y el atractivo de la persona, cuestión tan subjetiva, la ligera curvatura y redondez que adquiere el muslo derecho en su parte superior (a causa de la cicatriz) pudiera, para algunas personas, llegar a constituir un elemento de atracción”.
Los hechos juzgados tuvieron lugar en el año 1996, cuando la moto en la que viajaba la joven, de 19 años, como acompañante, chocó contra un automóvil por no respetar una señal de stop. La joven demandó a los conductores de los dos vehículos y su abogada solicitó una indemnización de 3.649.991 pesetas.
Piñar, en el dictamen judicial, reconoció en la conclusión que la afectada tenía “derecho a que su cuerpo se muestre como era antes del evento”, y le asignó una indemnización de 385.236 pesetas.
Contra los piquetes
Manuel Piñar condenó a dos activistas del 15M a tres años y un día de prisión por su participación en un piquete durante la huelga general de 2012. El magistrado les declaró culpables de un delito contra los derechos de los trabajadores.
Carlos y Carmen pidieron el indulto después de que el juzgado ordenase su entrada inmediata en prisión, y recibieron un gran apoyo desde diferentes ciudades del mundo. Más de 17.000 firmantes en internet, entre los que se encontraban Noam Chomsky, Almudena Grandes o Carlos Jiménez Villarejo, pidieron su absolución.
Posteriormente, incluso los denunciantes de Carlos y Carmen se posicionaron a favor del indulto, ya que consideraron que la condena era “disparatada”.