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La Justicia obliga a Canal Sur a comunicar a “toda Andalucía” que vulneró el derecho a huelga de una trabajadora el 8M

Pabellón sede de la RTVA.

Javier Ramajo

Sevilla —

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La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla ha requerido a la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA), y a su sociedad filial Canal Sur Radio y Televisión S.A. (Canal Sur), para que dé cumplimiento al fallo de la sentencia del pasado mes de julio, ratificada en octubre por el Tribunal Supremo, “procediendo a la lectura” de la sentencia “en el informativo de la tarde de Canal Sur Televisión que se emite para toda Andalucía” y en la que se condenaba a la cadena pública por la vulneración de un derecho fundamental como el del derecho a huelga.

“Canal Sur ha recibido esta mañana de 10 de enero la providencia a la que se refiere y, en el CSN2 de esta noche, en cadena, se dará lectura al fallo”, aseguran a elDiario.es Andalucía fuentes del ente público.

La emisora, según los tribunales, había vulnerado el derecho a huelga de una de sus trabajadoras del centro territorial de Córdoba durante el Día Internacional de la Mujer de 2022, en el que CGT había convocado formalmente un paro general a nivel autonómico. La organización de trabajadores había advertido en diciembre al TSJA que no se había cumplido el fallo puesto que Canal Sur había dado lectura al fallo en un informativo de Canal Sur TV Córdoba, como así fue el pasado 19 de diciembre (a partir del minuto 6.00).

Era, según la cadena pública, “el informativo afectado por la Huelga del día 8 de marzo de 2022 y en cuyo turno se encontraba asignada” la delegada de CGT que ejerció su derecho de huelga y cuya sustitución motivó la demanda“, argumentó la RTVA. Pero, según las alegaciones de CGT, el ámbito de la huelga convocada el 8 de marzo de 2022 correspondía a la comunidad autónoma andaluza y, además, es coincidente con la celebración del Día Internacional de la Mujer. Asimismo, la trabajadora afectada es representante de CGT en la empresa forma parte del Comité Intercentros, por lo que ”su ámbito de representación alcanza a todos los centros de trabajo“.

Recordaba CGT que “la emisión exclusiva en la desconexión provincial de Córdoba supone una limitación que establece de manera interesada y unilateral la parte condenada” tras haber sido, además, desestimado su recurso de casación ante el Tribunal Supremo. “No se establece en la sentencia ninguna limitación ni invitación alguna a limitar el efecto de la sentencia”, argumento CGT, que añadía que debía tenerse en consideración que “estamos ante un supuesto de reincidencia por cuanto que la empresa también ha resultado condenada por un asunto análogo relativo a la convocatoria de huelga de 8 de marzo de 2021”, como también informó elDiario.es Andalucía.

La demandante, como acoge ahora el TSJA, interesaba “que se prosiga con la ejecución interesada en sus justos términos y se requiera a la parte condenada a que realice la emisión en el informativo de la tarde autonómico”. La providencia del alto tribunal andaluz, fechada este 9 de enero y contra la que cabe recurso de reposición, obliga a que se lea la sentencia por vulneración del derecho a huelga en un informativo de tarde a nivel autonómico.

La sentencia del Supremo

La sentencia del Supremo, de 30 de octubre, desestimó el recurso de casación de RTVA y Canal Sur, como pedía el Ministerio Fiscal, y declara la firmeza de la sentencia de la Sala de lo Social del TSJA (de julio de 2022) que ya declaró vulnerado el derecho de huelga de una operadora/montadora de vídeo, delegada de CGT, como consecuencia del establecimiento de turnos de trabajo para el 8 de marzo de 2022.

Relataba el Supremo que Canal Sur entrega a los trabajadores, aproximadamente el día 25 de cada mes, los cuadrantes de turnos de trabajo del mes siguiente. Los hechos acreditados, que ya fueron probados en primera instancia, señalan que en el cuadrante del mes de marzo de 2022, el 8 de marzo la trabajadora figuraba en el turno de tarde, estando además, previstos dos turnos especiales (de 12.30 a 21.30 horas) adjudicados a otra operadora/montadora de vídeo y a un técnico electrónico que suele realizar también funciones de montaje.

La empleada que protagoniza este caso y una redactora secundaron la huelga del 8 de marzo en el centro territorial de Canal Sur en Córdoba. En 2021, la operadora no secundó la huelga, sin que consten las circunstancias concurrentes, pero su huelga en 2022 “no tuvo incidencia alguna en el montaje de los informativos”, ya que “la duración del turno especial, que cubre parte de la mañana y parte de la tarde, permitía el montaje de ambos informativos por las personas que realizaron tales turnos”.

En la empresa demandada hay previstos varios turnos especiales a los que se acude con “habitualidad y normalidad”, y que suelen hacer frente tanto a ausencias de personal por razones variadas, como a cualquier acontecimiento o hecho especial que se pueda producir, y tanto el TSJA como ahora el Supremo han considerado que se vulneró el derecho de huelga de la operadora/montadora de vídeo como consecuencia del establecimiento de turnos de trabajo para aquel 8 de marzo de 2022.

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