La magistrada de la Audiencia de Sevilla Mercedes Alaya se ha descolgado este semana en unas declaraciones en la Universidad Complutense de Madrid con duras declaraciones sobre las “presiones” que habría recibido y ha acusado a la Junta de Andalucía de poner “todas las trabas del mundo” a su trabajo como titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, donde entre otras macrocausas llevaba la conocida como caso ERE. Sin embargo, en un auto firmado el pasado 27 de enero, cuando todavía estaba en dicho juzgado, Mercedes Alaya destacaba la colaboración de la Junta de Andalucía con el caso que investiga los expedientes de regulación de empleo presuntamente irregulares de la administración. En concreto, en dicho auto rechazaba la petición del sindicato Manos Limpias de que fuera expulsada la Junta de Andalucía del proceso, en el que ejerce la acusación particular.
En este sentido, la jueza reconocía la posición “ambivalente” en el proceso de la Junta de Andalucía de la que hablaba Manos Limpias, pero advertía que con ello no se descubría “nada”, dentro de su deber de “velar por los intereses de la institución”. Igual que entendía “cierto apego” en relación a determinados cargos públicos implicados “que la han representado durante décadas” y “cierta inquietud defensiva”, una “contradicción interna” que en ningún caso se traducía “en un entorpecimiento de la causa, pues salvo el desorden del comienzo de la misma, su dirección letrada ha cumplido fielmente y con extraordinario celo profesional la entrega de la documentación que le ha sido requerida”.
Es más, apuntaba que la Junta de Andalucía incluso había contribuido “potenciando en algún caso concreto, como las ayudas a la Sierra Norte de Sevilla, las diligencias de investigación”. En la misma línea, la jueza subrayaba en dicho escrito que “la acusación particular ejercida por la Junta de Andalucía ha sido sin duda alguna más pasiva que activa, pero sin obstaculizar, más bien al contrario, la obtención, en la forma presentada, de las diligencias de prueba”. Y continuaba: “Tampoco puede afirmarse que haya tratado de entorpecer la causa con numerosos recursos, como en otras diligencias puede suceder, lo que evidencia una actuación procesal seria y adecuada a las reglas de la buena fe”.
Por las razones expuestas concluía que no se encontraba “atisbo alguno de actuación fraudulenta”, que pudiera generar como sanción la expulsión del procedimiento. De hecho, matizaba que “tampoco ha demostrado la Junta de Andalucía en el procedimiento (otra cosa son las manifestaciones políticas intrascendentes para la causa), una postura (...) que colisione con su posición de acusación particular”.