El Gobierno andaluz mantendrá su batalla contra el impuesto sobre grandes fortunas (que se aplica al patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a los tres millones de euros) pese a que el Tribunal Constitucional le ha tumbado este jueves el recurso que había presentado contra esta medida fiscal del Ejecutivo central. En concreto, su intención es ofrecer a los grandes contribuyentes que su tributación se quede en la comunidad autónoma, para lo que está estudiando el proceso técnico que lo haga posible. “En Andalucía no vamos a obligar a nadie a que pague el impuesto”, han apuntado fuentes de la Consejería de Hacienda.
Precisamente, la titular de este departamento, Carolina España, había señalado horas antes de conocerse la decisión del Constitucional que el nuevo gravamen que se recurría fue una reacción a la eliminación por Andalucía del impuesto de Patrimonio “porque entendíamos que era un impuesto injusto, que ahuyenta la inversión y el ahorro” y que, además, “no existe en ningún otro país de la Unión Europea”. En Andalucía, esta tasa la pagaban los 19.000 contribuyentes más ricos de la región.
El anuncio de las intenciones de la Junta de Andalucía lo ha hecho el propio presidente, Juan Manuel Moreno (PP), en su cuenta en X, en la que ha avanzado que “el Gobierno andaluz dará a los grandes contribuyentes la opción de elegir para que sus impuestos se queden en Andalucía”. “Y en 2024, continuaremos bajando impuestos a los andaluces, a pesar de Pedro Sánchez”, pese a que en la presentación de los presupuestos andaluces para el año que viene la consejera de Hacienda, Carolina España, avanzó que para el próximo ejercicio no están previstas nuevas rebajas fiscales.
Vaciar competencias en materia fiscal
Desde la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos se apunta, tras conocer que el Tribunal Constitucional le da la razón al Gobierno central en esta cuestión, que la creación del impuesto de solidaridad a las grandes fortunas es “una deslealtad y un abuso contra Andalucía”. Desde el Ejecutivo andaluz se teme que “esta misma doctrina la podría utilizar el Gobierno de la nación para seguir vaciando otras competencias autónomas en materia fiscal”, como son la bonificación de Sucesiones y Donaciones “u otras medidas que hemos utilizado para bajar los impuestos a los andaluces”.
En este sentido, se recuerda que la creación del “mal llamado impuesto de solidaridad” fue creado por el Gobierno central para “anular” la bonificación al 100% del de Patrimonio que aplicó la Junta de Andalucía “cumpliendo así con un compromiso de gobierno”. Eso sí, se recuerda que todos los contribuyentes andaluces que declaran actualmente este impuesto por un importe de menos de 3,7 millones de euros se mantienen bonificados al 100% “y así seguirán”.
Por lo que respecta a las grandes fortunas, las que declaran más de 3,7 millones de Patrimonio, se estudia ahora el proceso técnico para que sean los contribuyentes los que puedan decidir si su tributación se queda en Andalucía o si tributan a nivel nacional. “En Andalucía no vamos a obligar a nadie a que pague el impuesto”, se subraya.
Aplicación de doctrina
El anuncio se ha hecho horas después de que el Tribunal Constitucional haya aplicado doctrina y haya rechazado los recursos de inconstitucionalidad que presentaron la Junta de Andalucía y la Xunta de Galicia contra este impuesto estatal a las grandes fortunas. Hace unas semanas ya se pronunció una primera vez sobre la cuestión, al desestimar un recurso en la misma línea presentado por la Comunidad de Madrid. La reacción de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso (PP), fue anunciar la recuperación del Impuesto de Patrimonio para recaudar para las arcas madrileñas los 555 millones que el Estado ingresa del tributo a las grandes fortunas.
El secretario general del PSOE andaluz, Juan Espadas, ha aprovechado el revés en el Constitucional para animar a Juan Manuel Moreno a “revisar su injusta fiscalidad en Andalucía”. “¿Y ahora qué, señor Moreno?”, ha preguntado Juan Espadas en un apunte en su cuenta en la red social X, animando de paso al presidente andaluz a “admitir que no llevaba razón”.
Estaba previsto que el Constitucional se pronunciara en este sentido, como ya hizo el paso 7 de noviembre al rechazar la impugnación presentada por el Gobierno de Ayuso en la Comunidad de Madrid. El tribunal de garantías sentenció entonces que dicho gravamen no vulnera las competencias autonómicas en materia fiscal ni resulta confiscatorio. “La queja real de la Comunidad de Madrid es que aquellos de sus residentes con un patrimonio superior a tres millones de euros (únicos que están sujetos al impuesto sobre grandes fortunas) tendrán que pagar el nuevo impuesto estatal, con lo que Madrid pierde su atractivo fiscal para atraer dicha riqueza a su territorio”, decía el fallo.
Votos particulares
El Constitucional ya avanzó entonces que aplicaría esta misma doctrina a los recursos pendientes contra el impuesto a las grandes fortunas. Además de Madrid, Andalucía y Galicia, recurrió Murcia. Tanto el Ejecutivo madrileño como el andaluz pidieron que se suspendiera cautelarmente la aplicación del tributo, pero el Constitucional lo denegó.
Según ha informado este jueves la corte de garantías, los magistrados del ala conservadora Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa han anunciado que presentarán votos particulares contra la decisión de la mayoría progresista recogida en dos sentencias de las que han sido ponentes los magistrados Juan Carlos Campo y Ricardo Enríquez. Estos votos particulares apuntan que el precepto legal impugnado es inconstitucional, en primer lugar, por vulnerar la autonomía financiera y política de las comunidades autónomas al neutralizar la defensa de los intereses respectivos en el ejercicio de las competencias propias.
En segundo lugar, porque la forma de aprobación de la iniciativa legislativa que ha dado lugar a al impuesto de grandes fortunas supone “un claro menosprecio al principio democrático, a los derechos de representación política de las minorías y al principio de legalidad tributaria”. Según los firmantes, el texto también vulnera el principio de seguridad jurídica y la protección de la confianza legítima de los ciudadanos en la actuación de los poderes públicos que de él se deriva, por la sorpresiva aplicación del impuesto.