PSOE y Podemos negocian para que el Parlamento de Andalucía tramite una sola ley contra la LGTBIfobia después de que ambos partidos presentaran el año pasado sendas propuestas orientadas igualmente a terminar con la discriminación hacia lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales. El principal y casi único escollo importante, según coinciden ambas partes, es que los socialistas sitúan la edad mínima para iniciar un tratamiento hormonal en menores transexuales a los 16 mientras que Podemos pretende rebajar a los 12 esa edad mínima, sobre todo en los casos en que no haya acuerdo con los padres.
Para los primeros, más optimistas, el punto de discordia es “salvable” mientras que para los segundos podría ser “el único escollo que en un momento dado puede llegar a ser insuperable”. Cabe recordar que PSOE y Podemos no fueron capaces de llegar a un entendimiento y presentar la misma proposición de ley sobre la materia. Las dos propuestas tenían el visto bueno del Consejo de Gobierno para su toma en consideración, como así sucedió. La negociación y el objetivo de ambas formaciones es sacar adelante una única propuesta.
El conflicto fundamental reside en los menores transexuales, una cuestión muy de actualidad con el famoso autobús de HazteOir y que, durante la negociación de los últimos meses, habría solventado el Gobierno andaluz al dar el visto bueno a los nuevos Procesos Asistenciales Integrados (PAI) de Atención Sanitaria a Personas Transexuales en Andalucía, uno para menores de 14 años y otro para mayores de 14, que marcan el itinerario a seguir y que contaron con la participación de las entidades trans.
Podemos defiende que los niños de 12 años puedan ya tomar decisiones para recibir el tratamiento hormonal a recibir, según insistieron en una moción relativa a política general en materia de infancia presentada en el penúltimo pleno del Parlamento. El PSOE, soprendido por que se llevara de nuevo el espinoso asunto a debate, había presentado una alternativa en la que se decía que la decisión se establecía a los 16 años, no con 12, y que se hiciera el seguimiento según los protocolos aprobados hace unas fechas.
En su reciente moción, completa en este enlace, Podemos proponía concretamente en el punto 28 “en relación con los niños y niñas transexuales, tomar las medidas necesarias para que ningún niño o niña en Andalucía se vea privado de su derecho fundamental a recibir los tratamientos necesarios que le permitan vivir en armonía y plena libertad, garantizando que su atención es tenida en cuenta en todo momento y, en todo caso, a partir de los 12 años, edad a partir de la que se entiende que los niños y niñas tienen capacidad natural para decidir sobre lo concerniente a los derechos de la personalidad y pueden actuar sin la representación legal de las personas que ostenten su tutela legal, según lo dispuesto en el artículo 162 del Código Civil”. La moción de Podemos, de 30 puntos, se aprobó en su totalidad salvo en este punto (el 28) y el 21. PP, Ciudadanos y PSOE rechazaron la propuesta de Podemos. Al haberse votado, ya no debía formar parte de la ley contra la LGTBIfobia, según los socialistas.
¿Cuestión política o técnica?
Tras aquel pleno, ayer viernes se celebró un nuevo encuentro para tratar de desboquear la cuestión. La intención de ambas partes sigue siendo llegar al acuerdo para presentar una única ley y, de hecho, van a iniciar los trabajos de un articulado común la semana que viene. La pretensión más optimista incluso es que la ley se apruebe antes de que acabe el actual periodo de sesiones, en el mes junio, según explica a eldiario.es Andalucía la diputada socialista Soledad Pérez, con un “texto ya consensuado” para trasladar al resto de los grupos pero sin necesidad de hacer el trámite completo de enmiendas, etc. En esta última reunión se han tocado “los puntos más conflictivos” y se han “cruzado algunos papeles”, apunta la socialista.
Respecto al “escollo” de los menores trans, para el PSOE “la atención para menores de 16 años está garantizada en el PAI”. Según Pérez, Podemos ha planteado el caso de que los padres frontalmente se opongan a un tratamiento, cuestión de la que “deberá entonces hacerse cargo los servicios de protección de menores”, según el PSOE, que no observa que sea un asunto de “posición política” sino que se trata de “una cuestión técnico-jurídica”.
Pero según señala a este periódico el diputado de Podemos Jesús Romero, aunque para tramitar la ley “los puntos de coincidencia son muchos más que los puntos de diferencia”, “el escollo fundamental radica en buscarle una salida a los menores de entre 12 y 16 años sobre todo en los casos en que no haya acuerdo con los padres”. Podemos pretende que se establezcan al menos “los vehículos adecuados de mediación” para superar el posible conflicto entre padres e hijos, diagnosticado por los “mecanismos de formación de su entorno”, reconociendo ambas partes que los menores de 16 años no tienen capacidad jurídica según el Código Civil.
“Es complejo desde el punto de vista jurídico” en el sentido en que se ven afectadas diferentes normativas legales, le respeto de los derechos de los menores y de los padres, abogando por “que todo encaje bien” y sacar adelante la ley. Pero insiste: “Nosotros creemos que a los niños mayores de 12 años se les debería ya hormonar o el tratamiento adecuado que consideren los médicos, no que consideren los padres”, explica en alusión al momento de desarrollo físico progresivo de los menores.
“Si lo hormonas con 12 años, va a ser más rápido y menos conflictivo desde el punto de vista fisiológico”, explica. “Eso, además, nos ayudaría a despatologizar la transexualidad en la sociedad”, añade Romero. “Nos parece paradójico que un niño de 14 años pueda decidir casarse y no resolver su identidad de género”. Romero apunta a que puede tratarse de una cuestión de “perspectiva” y que el PSOE pensaba en una ley asistencial para la igualdad de trato en general mientras que Podemos ha apostado por “blindar derechos a colectivos vulnerables, para que puedan defenderse desde el punto de vista jurídico”. “Si dejamos esto fuera, la ley nace coja”, concluye.
¿Qué propuso Podemos en su proposición de ley?
Cabe recordar que, según ya informó este periódico a primeros del pasado octubre, Podemos no recogía en su proposición de ley nada relativo a de intervenciones quirúrgicas en menores para un cambio de sexo pero el PSOE-A lo había usado, sin éxito, para disuadir a los demás grupos de apoyar su propuesta mientras se peleaban por la complicidad de los afectados.
En su proposición de ley presentada en verano, Podemos apostaba por modificar la ley de transexualidad aprobada en 2014, entre otras cuestiones, en su artículo 13 sobre 'Atención sanitaria a los menores transexuales' en este sentido: “A los efectos de que conste la posición o el consentimiento del menor en el procedimiento y de conformidad con la legislación en materia de los derechos de los pacientes y de protección de los menores, el menor deberá ser oído en atención a su desarrollo y madurez siempre si supera los 12 años de edad, y su consentimiento deberá ser recabado de manera clara e inequívoca si supera los 16 años de edad, informando siempre a los padres y/o tutores y al menor de los efectos de dichos tratamientos”.
Podemos defendía en su propuesta que los menores tendrán derecho a “recibir tratamiento para el bloqueo hormonal al inicio de la pubertad” para “evitar el desarrollo de caracteres sexuales secundarios no deseados” y que, si se niegan sus padres o tutores, “el personal sanitario atenderá al interés superior del menor a su salud en sentido amplio, entre tanto no reciban orden judicial en contra”. Hablan de “tratamiento hormonal”, una práctica legal en Andalucía y que no conduce a un cambio de sexo porque es reversible, según defendió Podemos.
¿Qué dicen los protocolos asistenciales?
Los protocolos establecen que los tratamientos de bloqueadores o inhibidores hormonales se prescribirán de forma personal y a criterio del endocrino pediátrico que es quien tiene conocimiento para ello, según las circunstancias de desarrollo personal de cada menor, para frenar el desarrollo de caracteres no deseados. Asimismo se deja claro que a partir de los 14 años el menor será atendido por un endocrino de adulto para recibir el tratamiento hormonal de reemplazo para el desarrollo de caracteres deseados de acuerdo a menores de su misma edad.
El PAI dice que “la atención en los menores de 14 años la realizarán los pediatras endocrinos de las unidades asignadas”. Por lo general, el PAI de la infancia y adolescencia está previsto para “personas menores de 18 años, o sus tutores en los menores de 16 años, que solicitan atención sanitaria relacionada con la transexualidad”. La atención finalizará “cuando la persona, o sus tutores en los menores de 16 años decide no continuar con la atención sanitaria relacionada con transexualidad” o en “personas que están recibiendo atención sanitaria relacionada con transexualidad durante la adolescencia y cumplen 18 años”, en que se produce la transición a PAI de en Personas Transexuales Adultas.
Según destacó la Junta, los nuevos procesos asistenciales están basados en la evidencia científica y en la respuesta a las necesidades del colectivo, y se implantan en cumplimiento de la ley andaluza para la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de las personas transexuales de Andalucía, aprobada en 2014, sustituyendo a las instrucciones provisionales dictadas entonces por el Servicio Andaluz de Salud (SAS).
Fuentes de la Consejería de Salud detallan que los PAI siguen en marcha tal y como estaba previsto y apuntan que “el tema de la hormonación no puede politizarse porque es un asunto totalmente clínico y los criterios para hacerlo se basan no tanto en la edad como en la fase de desarrollo puberal de cada menor”.