Los agentes de la Policía Nacional que pidieron ser testigos protegidos frente a dos abogados defensores a los que identificaban como activistas sociales finalmente no tendrán que declarar. Su testimonio era parte de la instrucción del caso por el presunto ultraje a la bandera cometido por tres manifestantes durante una concentración republicana en Granada el día en que se anunció la abdicación de Juan Carlos I, en la que se descolgó una bandera rojigualda de un mástil en la Avenida de la Constitución para sustituirla por una tricolor, destrozándose la primera por parte de algunos de los participantes.
Esta decisión llega después de que los abogados defensores frente a los que la Policía pedía proteger la identidad de los agentes por participar en las mismas manifestaciones que sus defendidos, tres activistas granadinos, recurriesen la decisión del juez de permitirlo e incluso pidiesen amparo al Colegio de Abogados de Granada, tal y como informó eldiario.es/andalucia el pasado mes de diciembre, por entender vulnerado el derecho a la defensa de sus representados.
Con la decisión de la Fiscalía de renunciar al testimonio, el escrito del pasado 19 de enero al que ha tenido acceso este diario, no sólo se da por finalizada la instrucción, sino que ésta ha presentado ya su escrito de acusación pidiendo penas más bajas de las previstas inicialmente. Eso sí, el fiscal adelanta que pedirá de nuevo las declaraciones durante la celebración de la vista.
Los abogados “participan en las convocatorias de sus defendidos”
Los abogados “participan en las convocatorias de sus defendidos”Durante la investigación del presunto ultraje a la bandera por parte del Juzgado de Instrucción número 3 de Granada, la Fiscalía pidió el testimonio dos agentes de la Brigada de Información de Granada que participaron en el dispositivo policial desplegado el 2 de junio actuando vestidos de paisano, los llamados 'secretas'. Estos debían certificar que los tres acusados fueron los autores del descuelgue y posterior rotura de la misma. En concreto, se les imputaban los posibles delitos de ultraje a la bandera, desórdenes públicos y daños.
Es habitual que los agentes de la Brigada de Información declaren como testigos protegidos para ocultar su identidad respecto de los acusados, pero en este caso la Jefatura de la Policía Nacional pidió que también se ocultase a los abogados “debido a que, por norma general participan en las convocatorias a las que acuden sus defendidos”. Se da la circunstancia de que uno de los abogados, Antonio Folgoso, es militante del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT). Según pudo contrastar este diario, otros letrados de Granada, como el representante de Stop Desahucios o la abogada del sindicato CNT.
Multas, prisión leve y pago de los daños
Multas, prisión leve y pago de los dañosFinalmente, el fiscal encargado del caso ha emitido un escrito de acusación, con fecha del mismo 19 de enero y al que también ha tenido acceso este diario, en el que acusa a dos de los encausados como presuntos autores del descuelgue de la enseña, de un delito de ultraje a la bandera, pidiéndoles 1.440 euros de multa y el pago de 538,2 euros por los daños causados, y al tercero, como presunto autor de la rotura de la misma, le añade un delito de daños por incendio, por lo que le pide dos años de prisión -que al no tener antecedentes no tendría que cumplir ingresando en la cárcel- y el pago de los 854,1 euros en que el Ayuntamiento de Granada calcula los daños.
El letrado Antonio Folgoso, consultado por este diario, valoró que la nueva petición de penas es “más razonable”, al eliminarse el presunto delito de desórdenes público, aunque “entendemos que no existió ningún ultraje a ninguna bandera, y así lo defenderemos en el acto de juicio”.
Sobre la retirada de la prueba, insistió en vincular la petición de protección con las llamadas “listas negras”, al entender que “se pone de manifiesto que la Policía hace determinado tipo de seguimientos relativos a hechos que nada tienen que ver con delitos, sino más bien con el ejercicio de Derechos Fundamentales como el de reunión o manifestación”. También entiende que la medida se dirige a él, ya que su codefensor, José Antonio Mazuecos, aunque afectado por la misma, no es militante en ninguna organización ni movimiento social.
La Policía no valora decisiones judiciales
La Policía no valora decisiones judicialesLa Fiscalía de Granada respondió a este diario que se consideró que la prueba del testimonio de los agentes “no era esencial”, y se decidió prescindir de ella para “abreviar la instrucción”, ya que entiende que los recursos interpuestos por los abogados defensores “la habrían dilatado mucho en el tiempo de manera innecesaria”. Sobre la reducción de la petición de condenas, sostienen la Fiscalía que este tipo de cambios es “normal en cualquier instrucción” y recuerda que la calificación que haga el juez de instrucción “no vincula al fiscal, que puede pedir menos si así lo considera”.
Por su parte, la Jefatura de la Policía Nacional de Andalucía Oriental, consultada acerca de esta decisión, ha respondido que los agentes “acudirán a testificar siempre que sean llamados por los juzgados”, tanto en este caso como en cualquier otro, pero que “no es su función valorar cuándo es necesario su testimonio y cuándo no”. En la misma medida, acerca de la vinculación que hace el letrado Folgoso entre este caso y las presuntas “listas negras”, la Policía responde que “no valora opiniones”.