Acaba de cumplir 52 años, tiene seis hijos y diez nietos. El tiempo de cumplimiento de condena que pesa sobre él es de 58 años y 247 días. Aún le restan doce años y medio. Desde hace ocho meses, comparte celda con su hijo de 23 años, al que también le unen sus tres iniciales. Antonio C.V. puso su primer pie en prisión en 1979, tras robar un coche junto a un amigo. “No tiene sentido que tengan tanto tiempo en la cárcel a una persona como yo”, insiste pese a poder caer en la clemencia a la que se agarran tantos presos. Pero esta versión moderna de En el nombre del padre tiene unas características particulares que abren el debate, con la prisión permanente revisable a punto de cumplir un año en España, a lo que se denomina desde el punto de vista penitenciario como una cadena perpetua de hecho.
Recién estrenado junio, el calor es bastante sofocante ya en la prisión de Alcolea. Difícil imaginar las temperaturas en pleno verano. En el control de accesos, el acento cordobés resuena en cada conversación. Muchas familias se saludan, es de suponer que de visitas anteriores. ¿Cuáles serán sus historias? La espera se alarga, casi una hora. Una puerta se cierra a la espalda antes de que se abra la siguiente mientras el nutrido grupo de padres, hermanos, amigos, espera el momento entre bromas. Llama la atención el alto número de menores, incluso algún bebé, que protagoniza la comunicación. Antonio espera en su cabina, la que le corresponde a su módulo.
“Esto es desproporcionado. Llevo 32 años en la cárcel. No soy un asesino ni un violador. No puedo más”. Superadas las tres cuartas partes de la condena, que cumple el 31 de diciembre del 2028, su abogado ha interpuesto un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional tras denegársele el último permiso de salida. “La desesperación del interno es tal que había dejado de intentar permisos durante un largo tiempo”, consta en un recurso previo. El pasado 3 de diciembre la Junta de Tratamiento de la Prisión de Córdoba le denegó nuevamente un permiso. El Juzgado de Vigilancia, primero, y la Audiencia, después, con el apoyo del fiscal, desestimaron su recurso en febrero y marzo.
“Condenado como si fuera un asesino”
“Sólo soy un ladrón. ¿Conmigo quieren una condena ejemplarizante? Yo no soy nadie. Tuve una evolución positiva en prisión, lo demostré. Jamás he herido a nadie con un arma y estoy condenado como si fuera un asesino. Por dios, acaba de salir Urrusolo Sistiaga de la cárcel a los 19 años después de participar en nueve asesinatos y dos secuestros. Yo ya he pagado por lo mío. Llevo seis años y medio sin ver la calle”, explica el interno en su cabina.
¿Qué dicen los jueces? “Somos conscientes de la necesidad de que una persona con ese horizonte penitenciario debe albergar alguna perspectiva de futuro que le evite caer en la desesperación, pero frente a ello también comprendemos, y esa es la labor de los técnicos que lo tienen bajo su supervisión y que evalúan el riesgo de reincidencia o quebrantamiento, que si en una nueva salida volviese a delinquir o no volviese al centro, todo lo que se hubiese avanzado hasta ahora se perdería”, argumenta la Audiencia, que también dice entender las “suspicacias” de la Junta de Tratamiento al respecto del permiso.
Esas “suspicacias” aluden a permisos disfrutados entre 2003 y 2005, a un tercer grado concedido en 2005, a una libertad condicional de 2006, revocada en enero de 2010. ¿Qué pasó entonces? A.C.V. parece derrumbarse un poco, por primera y única vez en los cuarenta minutos de encuentro. A la muerte de su esposa en 2009 se agarra tanto el interno para tratar de justificar la comisión de nuevos delitos, como los distintos tribunales para negarle un ápice de libertad. “He cometido muchos errores, pero eso pasó hace siete años”. Su recurso incide en que la recaída en las drogas y todos los nuevos hechos delictivos se realizaron entre noviembre de 2009 y enero de 2010. “Mi padre murió también aquel año. Yo no estaba bien. A nadie le ha hecho tanto daño como a mí todo eso. Llevo toda la vida en la cárcel. No tengo nada”. “Dada una oportunidad, la misma se aprovechó exitosamente durante seis años”, recuerda su recurso, que reflexiona así sobre su hipotética reincorporación a la sociedad:
Antonio ve denegados sus permisos de salida porque “el riesgo actual de reincidencia es elevado” dada su “dilatada e intensa trayectoria delictiva”. El fiscal recoge en su informe de febrero que el interno ha cometido durante su vida numerosos robos con violencia, con tenencia ilícita de armas, lesiones, amenazas, que requieren “un mayor período efectivo”. “Se considera necesario mayor avance en su programa individualizado de tratamiento para que el permiso pueda tener incidencia positiva y no ser un mero beneficio penitenciario”, argumenta el fiscal, que añade la “profesionalidad delictiva y lejanía de las fechas de cumplimiento”.
Según relata su abogado a este periódico, “Antonio representa el mayor fracaso del Estado en política social. No se consiguió evitar que cometiera robos tras cumplir una condena; no se le supo integrar socialmente y en la actualidad lleva ocho años sin que ningún profesional se le acerque (educador, trabajador o psicólogo). ¿Cómo se puede esperar un cambio en una persona sin poner recursos y en este ambiente tan hóstil? Antonio incumplió normas pero tantas como el Estado lo está haciendo con él, incumpliendo el mandato constitucional de reinserción”. Según expone Valentín Aguilar, “una medicina que no tiene éxito en general -la reincidencia tras pasar por prisión es del 48% en hombres- es eliminada. Y en cualquier caso, si a un paciente le sienta mal, es modificada. Esto es lo que le ocurre a Antonio”.
Su caso lo llevan desde la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA). No le constan sanciones disciplinarias, reconoce la Audiencia, que señala que “los permisos de salida ordinarios son elementos de preparación para la vida en libertad del interno, formando parte de la política de reinserción penitenciaria”. Pero consideran el permiso “poco útil para la preparación de vida en libertad” al quedarle doce años y medio de condena. No ha sido posible realizarle una acumulación jurídica por la “doctrina del cheque en blanco”, indica su abogado, y no tiene condenas ni contra la vida ni contra la libertad sexual. Cuenta con hojas meritorias, trabaja en el office de prisión desde hace dos años y es responsable de biblioteca y deportes, reconocen una y otra parte.
“No se me valora el trabajo aquí. Con que haya uno de la Junta de Tratamiento que no quiera que salgas, no sales... En materia criminal, la Ley favorable al reo tiene siempre preferencia. Lo dice la Constitución. Eso es de Primero de Derecho. Aquí tienes que ganártelo y todo se basa en impresiones subjetivas de los funcionarios”. Miradas amenazadoras, inmunidad total, se entrevé en las palabras de Antonio, que recuerda que ha sufrido torturas en la cárcel. Ha pasado por varias de ellas. “Las he pasado canutas, en los 80 eran verdugos auténticos”. El interno observa “falta de interés real” en lo que supone la reinserción social. “Esa palabra la usan como algo rimbombante pero no saben qué significa. La renserción no termina cuando sales de la cárcel. Hay que ofrecer una oportunidad. Falta humanidad ¿Quién me va a dar un trabajo fuera de aquí? Somos seres humanos, no ciudadanos como se empeñan en decir los políticos”.
“La cadena perpetua de hecho ya existía en España”
Su abogado insiste en que “antes de la incorporación de la cadena perpetua había ya cientos de Antonios (más de 250) con acumulación de penas, cuya suma era superior a 40 años, máximo límite legal por condena. La Abogacía Española ya dijo que no debían superar los 15 años porque afectaba a la salud”. En ese sentido, la APDHA realizó en 2015 un estudio, con 400 encuestas, de las que se pudo deducir que “la población que estaba a favor de la cadena perpetua es la que más desconocía el sistema penal, basándose en falsas creencias, y que los que estaban en contra lo conocían mejor. De hecho, al aportarle algún dato nuevo, a modo de pregunta reflexiva, un número importante cambiaba de opinión”, recuerda el letrado.
“Así pues, la cadena perpetua de hecho ya existía en España, en mayor número de lo que se aplicará la prisión permanente revisable, si sigue en vigor, pues no se condenará a tantas personas como ya hay. Ambas comparten que, teóricamente, pueden ser revisadas en la nueva y progresados de grado en la prisión de hecho. Pero ya hemos comprobado cómo en la práctica esto no se ha llevado a cabo, por lo que hacemos una previsión segura de que los condenados a prisión permanente revisable superarán con creces la media del resto de Estados de Europa que sí la tienen. ¿Qué juez va a atreverse a darla?. Si a Antonio, que no cometió delitos graves, no se atreven por miedo a un fracaso y a la crítica social, ¿quién va a hacerlo con una persona que cometió un hecho deleznable?”, argumenta el abogado.
“Lo último que me dijo la educadora es que apenas me conocía y que no podía pronunciarse a mi favor, ¿cómo va a opinar sobre mi posible salida alguien que no me conoce?”. Después de ocho años sin contacto con algún integrante del equipo técnico (psicólogos, educadores,etc.), su abogado consiguió a través del juzgado que le vieran. “Dolido y desencantado”, afirma sentirse el interno. Antonio espera una salida a su situación. “Aquí no tratan de resinsertar, eso es mentira”, lamenta al finalizar el encuentro, como si de su última palabra se tratara. “Es absurdo que piensen que volvería a reincidir. Ahora sólo quiero recuperar el tiempo perdido con mi familia”. Sus hijas más pequeñas viven con su abuelo en Extremadura. Su pensamiento también se dirige a su madre, de 71 años. “No tiene sentido que me tengan tanto tiempo en la cárcel”, concluye. Quizás, como decía Morgan Freeman en Cadena perpetua, espera algún día “nunca más perder la esperanza”.