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El Presupuesto andaluz cuela una reforma legal para impedir a los nuevos médicos rurales cambiar de plaza en dos años

Médicos rurales, en una imagen de archivo

Daniel Cela

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La Ley de Presupuestos Andaluces para 2024, que aprobará este jueves el Parlamento, incluye una enmienda del PP que modificará la Ley de Salud de Andalucía, de 1998, con el objetivo de paliar el éxodo de médicos en puestos de difícil cobertura, singularmente en la Atención Primaria de las zonas rurales más aisladas de la comunidad.

Esta modificación parcial de la ley introduce una nueva regulación en el concurso de acceso a destinos poco atractivos, que suelen quedar desiertos o son abandonados por los médicos que han logrado la plaza al poco de tomar posesión. A partir de enero, cuando entran en vigor las cuentas de 2024, la Junta les exigirá por ley “incorporarse a su plaza de modo efectivo y permanente”, más “dos años de permanencia en situación de servicio activo”.

Es el requisito previo para poder adquirir la condición de personal estatutario fijo, participar en los concursos de traslados de su categoría y/o especialidad, o en los sistemas de promoción interna o provisión de plazas de otra categoría y/o especialidad, o movilidad“. ”El objetivo es evitar el toma la plaza y corre a otro destino“, explican fuentes de la Consejería de Salud, subrayando que el plan se complementa con incentivos salariales y profesionales, también incluidos en la Ley de Presupuestos Autonómicos.

El departamento de Catalina García ya había regulado este asunto a través de un decreto que se encuentra en su tramo final de tramitación, pero que no entrará en vigor hasta el próximo verano. El decreto para cubrir puestos de difícil cobertura introduce, por primera vez, un concurso extraordinario para ocupar estas vacantes en centros de salud que elimina la fase de oposición -no es necesario el examen- y deja únicamente el concurso de méritos de los facultativos.

El borrador del decreto se ha analizado en la Mesa Sectorial con las organizaciones sindicales y está en exposición pública. Sin embargo, un decreto no puede modificar una norma de rango superior, y el concurso extraordinario que plantea aquí la Junta choca de lleno con lo establecido en la disposición adicional única de la Ley de Salud de Andalucía, de 1998.

De ahí que se haya recurrido a otra ley, en este caso la de Presupuestos Autonómicos, para modificar ese precepto, añadiendo dos nuevos párrafos a través de una enmienda del PP. La otra vía para poder modificar una ley hubiera sido un decreto ley, que depende directamente del Ejecutivo y no necesita ser refrendado por el Parlamento, pero esta fórmula se ha descartado.

Este atajo para modificar una ley antigua utilizando otra ley nueva a punto de aprobarse es bastante común. De hecho, el mismo apartado que regula el concurso a puestos de difícil cobertura en la Ley de Salud de Andalucía del 98 ya fue modificada antes del verano, a través de la Ley 5/2023 de la Función Pública de Andalucía, para introducir “la consideración de autoridad pública” de los médicos, que “gozarán de la protección reconocida a tal condición por la legislación vigente”.

La Junta sortea así seis meses de tramitación que hubiera requerido una ley -por la vía de urgencia- porque prevé cubrir los primeros puestos fijos sin examen en el segundo semestre de 2024. Aunque la ley se modificará vía Presupuestos antes de que se apruebe el decreto de puestos de difícil cobertura, hasta que el Parlamento no refrende dicho decreto -previsiblemente en junio del año que viene- el SAS no podrá sacar la convocatoria del nuevo sistema de concurso, confirman fuentes de este organismo.

Plazas de empleo público desiertas

Al margen de esta modificación legal, que es la parte mollar del nuevo concurso extraordinario para puestos de difícil cobertura, el decreto en sí seguirá su tramitación parlamentaria porque aborda otros aspectos que no requieren de un asidero legal mayor. Las plazas convocadas y de difícil cobertura, dice esta norma, son aquellas que no han podido ser cubiertas en las dos últimas Ofertas de Empleo Público del SAS.

El decreto considera puestos de difícil cobertura aquellos en los que el número de solicitudes existentes en la bolsa temporal de empleo de una especialidad, ponderada respecto al número de profesionales efectivos en plantilla, alcanza un coeficiente insuficiente para su cobertura. También tendrán dicha consideración aquellas plazas que no haya sido posible cubrir a través de los procedimientos ordinarios.

Las zonas de difícil cobertura son áreas básicas de salud donde del número de solicitudes inscritas en la bolsa temporal de empleo, ponderadas respecto al número de profesionales efectivos en plantilla, presenta un escenario de coberturas insuficiente. Actualmente, se encuentran reconocidas 90 Zonas Básicas de Salud que cumplen los criterios objetivos para definir puestos de difícil cobertura, fundamentalmente en el entorno rural.

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