Menores transexuales en la escuela: la familia decide

Las familias con menores transexuales serán los responsables del trato dispensado hacia éstos en los colegios andaluces. Los padres y madres decidirán cómo los profesores y compañeros han de dirigirse y actuar hacia un menor transexual, considerando siempre el género con el que se siente identificado el alumno o la alumna. Es la conclusión más importante que se desprende del protocolo de actuación sobre identidad de género en el sistema educativo andaluz, que este viernes presenta la Junta de Andalucía, después de que se apruebe la ley en el Parlamento.

El protocolo, que tiene como finalidad ofrecer pautas que permitan abordar de la forma más adecuada la atención educativa a los menores transexuales, garantizando el libre desarrollo de su personalidad y la no discriminación por motivos de identidad de género, es fruto del que la Asociación de Transexuales de Andalucía (ATA) puso en la mesa del consejero de Educación el pasado octubre ante la demanda de varias familias de menores con problemas en colegios públicos y concertados de Andalucía, que tuvo en el colegio San Patricio de Málaga el caso más conocido.

El texto, al que ha tenido acceso eldiario.es/andalucia y que incluye también las aportaciones de la Asociación de Madres y Padres de Menores Transexuales 'Chrysalis', incluye una serie de medidas educativas básicas en el centro que se contemplarán en el plan de convivencia y en el plan de igualdad del colegio, e implica especialmente al equipo docente a la hora de, por ejemplo, “indicar al profesorado y personal no docente del centro que se dirija al alumno o alumna por el nombre con el que acuerden la familia y el o la menor” o “adecuar la documentación administrativa del centro en aquellas situaciones en las que sea necesario (listas de clase, boletín informativo de notas, carnet de estudiante...)”.

También, en los casos en los que el centro no disponga de aseos o vestuarios unisex, “se garantizará que tenga acceso a los aseos y vestuarios que le corresponda de acuerdo con su identidad de género”. Asimismo, si en el centro es obligatorio vestir un uniforme y éste es diferenciado, se deberá reconocer el derecho de vestir con uniforme femenino o masculino en función de la identidad de género. Independientemente de la exigencia o no de uniforme se garantizará, en cualquier caso, la igualdad en el uso de cualquier vestimenta.

Se trata de un texto que ha sido consensuado entre Consejería de Educación y colectivos transexuales. Los problemas en algunos centros escolares han provocado que su elaboración haya discurrido paralela a los últimos trámites de la ley de transexualidad, que se aprueba este miércoles y que exige este tipo de protocolos en ámbitos específicos. En este caso, se pretende acabar con la discriminación por identidad de género en los centros educativos, en coherencia con el espíritu de la ley regional.

El vacío normativo existente hasta la fecha hacía que los directores de los centros pudieran negarse a tratar de una u otra manera a los menores transexuales, algo que ya no será posible a la luz de un protocolo que marca el interés superior del menor en todos los aspectos relativos a su interrelación con profesores y compañeros, en relación con el género que los menores sienten como propio, y en la coordinación de posibles actuaciones conjuntas en su beneficio.

El objetivo de esta herramienta, de obligado cumplimiento, es prevenir y evitar situaciones de transfobia, discriminación, exclusión, acoso escolar o de violencia de género, desde una coordinación institucional que permita identificar sus necesidades y adoptar, en su caso, medidas que faciliten una adecuada respuesta educativa y de asesoramiento a los menores, su familia y al profesorado. El protocolo y las medidas o consideraciones recogidas en él deberán ser atendidas en todos los centros sostenidos con fondos públicos del sistema educativo andaluz.

“La transexualidad cuando se manifiesta en edades tempranas puede presentar una especial vulnerabilidad que se traduce en problemas de integración y de rechazo social, que en el ámbito educativo pueden desembocar en un índice de abandono escolar no deseado y fracaso escolar, con la consiguiente repercusión en el futuro personal y profesional”, argumenta el protocolo.

Detección e intervención inicial con el alumnado

El texto hace hincapié en situaciones en las que, por ejemplo, la familia comunica al centro una identidad de género de un menor escolarizado o en proceso de escolarización. La dirección del centro educativo trasladará esta información al equipo de orientación para analizar el caso y poder identificar las necesidades educativas, contando con el consentimiento expreso del padre, madre o representantes legales.

Además, cuando cualquier miembro del equipo docente observe en un alumno o alumna la presencia de conductas transexuales que manifiesten una identidad de género no coincidente con el sexo asignado al nacer, lo comunicará a la familia a través de una entrevista donde se recomendará iniciar un proceso de análisis para favorecer su adecuada integración en el centro.

También se asesorará a la familia sobre los recursos del Servicio de Salud de atención primaria que le correspondan. La valoración del menor será remitida al centro educativo, a través de la familia y previo consentimiento de ésta, con recomendaciones a seguir para la adecuada respuesta educativa en relación con el género que el menor sienta como propio.

Como medidas complementarias, el protocolo también contempla la conveniencia de ofrecer formación especializada a los equipos docentes y equipos directivos. En cualquier caso, se incluirá en la oferta formativa la diversidad sexual y de género, haciendo especial hincapié en el conocimiento de la realidad transexual, y el protocolo contempla que se impartan talleres de sensibilización e información al alumnado acompañados de asesoramiento por profesionales en la materia.