Contundente auto judicial de la jueza María Nuñez Bolaños para confirmar el archivo de la denominada pieza 'política' de los cursos de formación en Andalucía. Rechaza, como era de esperar, el recurso de reforma planteado por el PP andaluz pero lo hace cargando contra su antecesora, Mercedes Alaya, y la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil por “iniciar causas penales desde la interpretación de informes” a partir de los cuales “elaborar teorías sobre conspiración y tramas delictivas, como la sostenida en esta causa, viene siendo avalada también por el PP-A”. La causa fue archivada el 11 de octubre de 2016 siguiendo el criterio de la Fiscalía.
“Si no se denuncia el ilícito penal por los interventores, que son quieres examinan la actuación administrativa, cómo es posible que se abran numerosas causas penales partiendo de interpretaciones de los informes de la Intervención, causas que vienen siendo archivadas por los juzgados de Instrucción”, señala la instructora al hilo de los casos que se han venido archivando en distintos juzgados andaluces.
La jueza va un poco más allá y se pone en la piel de las personas investigadas, lamentando que la apertura de causas como ésta “puede causar un grave perjuicio a muchas familias, en este caso andaluzas, cuya fuente de ingresos y sustento se vio truncada”, además de a las personas “que dejaron de recibir una formación necesaria y útil para su vida profesional”. “Lo más grave es el daño que se causa a personas cuya honorabilidad y profesionalidad se pone en cuestión, viéndose abocadas a defenderse como presuntos delincuentes en el proceso”, argumenta.
“Los jueces no trabajamos con papel, sino con personas, detrás de cada expediente o proceso hay familias y personas, por ello no es legítimo ni justificable utilizar maniobras para dilatar o mantener vivo un procedimiento sin ni siquiera discutir o rebatir los argumentos jurídicos de fondo expuestos” en el auto de archivo, critica la juez en alusión velada al PP-A, insistiendo en que en su recurso “alega tan sólo aspectos formales, sin rebatir ni una sola de las cuestiones jurídicas esgrimidas como fundamento del sobreseimiento y archivo”.
Núñez Bolaños critica que el “criterio operativo” consistente en “iniciar causas penales desde la interpretación de informes de la Cámara de Cuentas e informes de la Intervención de la Junta que se traen a las actuaciones donde se recogen la existencia de irregularidades administrativas para, a partir de los mismos y de su interpretación, elaborar teorías sobre conspiración y tramas delictivas, como la sostenida en esta causa, viene siendo avalada también por el PP-A”.
La “hipótesis” de la Guardia Civil
Según recuerda la jueza, la causa nace sobre la “hipótesis elaborada” por la UCO tras “analizar e interpretar” los informes de la Cámara de Cuentas e interventores tanto en los informes de Auditoría de Cumplimiento del Servicio Andaluz de Empleo (SAE), ejercicio 2012, como los informes especiales de control sobre las delegaciones provinciales del SAE relativos a los ejercicio 2009 a 2012.
Relata que la UCO “formula la hipótesis de que dichas irregularidades administrativas, detectadas tanto en la concesión, justificación y liquidación de las subvenciones, eran fruto de una actuación concertada y coordinada desde el SAE, fruto de una organización criminal, de una asociación ilícita, que comprendía toda la comunidad autónoma de Andalucía, desde la Dirección General a todas las delegaciones provinciales, quienes de forma concertada y bajo instrucciones específicas, que nunca se pudieron demostrar, beneficiarían a determinadas empresas o entes, 'red clientelar', dando lugar, de forma consciente, a la malversación del erario público”. Así, “desde esta premisa se realizan registros y detenciones con la intervención de numerosos expedientes que obran en múltiples dependencias de esta sede e incluso como señala el PP-A con el precinto de sedes administrativas”, asevera la juez.
Según la jueza, “el examen y análisis en profundidad y con seriedad de los informes técnicos” elaborados por la Intervención General de la Junta o por la Cámara o el Tribunal de Cuentas “requieren de un conocimiento especial y específico en derecho administrativo en sus diferentes materias y ramas”, de forma que “se requiere de una especial formación en derecho administrativo cuyo desconocimiento puede llevar a conclusiones erróneas”, defendiendo que los jueces “tenemos una jurisdicción especializada para el conocimiento de esta materia variada, diversa y compleja”.
“Cuestiones jurídicas interpretables”
En ese sentido añade que la interpretación de dichos informes “ha de realizarse desde el conocimiento técnico y específico de la materia y teniendo siempre en cuenta dos premisas”: “la mayoría de las cuestiones que se suscitan son cuestiones jurídicas interpretables” y sobre las mismas “difieren los propios interventores u operadores jurídicos”.
La existencia de estos informes y el hecho de que en los mismos se realicen reparos a la gestión de la administración “ha sido y es una práctica frecuente y habitual que nunca, hasta ahora, ha dado lugar a la apertura de causas penales y ello, como los propios interventores señalan, porque no detectan ilícito penal alguno sino simple y llanamente irregularidades administrativas”.
Entre las razones que conducen al archivo de la causa dice la jueza que se trata de “cuestiones jurídicas interpretables, sobre las que difieren los propios interventores u operadores jurídicos, acerca de las bondades o valoración de los sistemas de control, fiscalización previa o régimen de control financiero permanente”.
La jueza relata que en el auto de archivo “se explica detalladamente cuál ha sido el objeto de investigación” en este procedimiento, cuya “dinámica o criterio operativo es muy similar a la ya rechazada” en relación a la investigación por las irregularidades en la concesión de préstamos y avales por parte de la agencia IDEA, donde ha criticado a Alaya por “empezar la casa por el tejado”.