En un auto fechado este mismo martes, al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado de la Sala Civil y Penal del TSJA encargado de la instrucción de la denuncia, Juan Ruiz-Rico, considera que según la prueba practicada “no ha quedado acreditado” que el denunciado “conociera los datos de los licitadores que habían concurrido a los mismos, ni cómo se habían documentado las ofertas y demás trámites administrativos ni, en definitiva, que se hubiera producido cualquier tipo de irregularidad respecto de los mismos”.
Además, el denunciado “no participó en el proceso selectivo”, dice el magistrado, que sostiene igualmente que “las autoridades y funcionarios de alto rango no pueden conocer minuciosamente todos los detalles de los documentos que les son sometidos a la firma, y generalmente deben fiarse de los informes técnicos que los avalan”.
En el caso actual, según asevera, “las diligencias de prueba practicadas han puesto de manifiesto que el investigado no había expresado un especial interés por las adjudicaciones a determinado arquitecto”, estimando que “lo decisivo para constatar el carácter absolutamente irregular de esas contrataciones” sería que “la decisión de adjudicar los distintos proyectos estuviera ya tomada de antemano bien por el investigado o por otras personas, conociéndolo y consintiéndolo aquel”.
El auto de archivo puede ser recurrido en reforma ante el magistrado instructor de la causa y también en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJA.
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