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El Gobierno de Aragón pagará casi 400.000 euros en indemnizaciones por atención sanitaria errónea

Unidad de Arritmias y Electrofisiología del Hospital Miguel Servet.

Eva Rueda

Zaragoza —

El Gobierno de Aragón tiene que pagar indemnizaciones a particulares por importe de 678.786 euros en concepto de responsabilidad patrimonial por daños y perjuicios, en su mayor parte, debido a una incorrecta atención sanitaria en hospitales y centros públicos de la Comunidad, en cumplimiento de los dictámenes emitidos por su propio órgano consultivo jurídico.

Según refleja la última memoria publicada, correspondiente a 2014, el Consejo Consultivo de Aragón emitió 143 dictámenes por responsabilidad patrimonial, de los que 73 corresponden a daños y perjuicios por asistencia sanitaria en el Servicio Aragonés de Salud (SAS).

Las resoluciones que fijan una indemnización económica por daños reconocen de modo explícito que ha existido un mal funcionamiento de la Administración pública, lo que ha ocurrido en el 25,8 % de las reclamaciones patrimoniales tramitadas en 2014: 37 de las 143, todas ellas por unanimidad. El desembolso de las indemnizaciones corresponde en su mayor parte al Gobierno de Aragón, salvo las que corresponden a entidades locales que suelen conllevar cuantías menores.

Entre los reconocimientos de indemnización económica por daños en el ámbito sanitario destaca el caso de un menor de Huesca, de 13 años, que perdió un testículo. El Consejo ha determinado una indemnización para la familia de 41.566 euros al considerar que la actuación médica del servicio de Urgencias del Hospital San Jorge de Huesca no fue la correcta.

El caso de mayor cuantía es la indemnización de 99.351 euros reconocida a una familia por un mal diagnóstico de un tumor -le extirparon parcialmente el hígado, no pudieron hacerle trasplante y falleció- en el Hospital Miguel Servet de Zaragoza; seguido de una indemnización de 81.447 euros a una mujer embarazada cuyo feto no llegó a nacer “por una actuación médica incorrecta” en el Hospital Alta Resolución de los Pirineos (Jaca, Huesca).

Protección de datos

El derecho a la protección de datos es otra de las reclamaciones que han derivado en indemnización: 7.104 euros en concepto de daño moral a una mujer por inexactitudes en su historia clínica, y al tratarse de una infracción del derecho de protección de datos. Asimismo, el Consejo dictaminó 12.833 euros de indemnización para una mujer a la que en el Hospital Clínico le hicieron un diagnóstico erróneo con el consiguiente tratamiento: un padecimiento metastásico renal que no tenía.

La caída sufrida por una mujer dependiente en silla de ruedas, y con cinturón de seguridad, por las escaleras de la Residencia Sagrada Familia de Huesca ha sido también dictaminada por el Consejo. La mujer tenía demencia senil y a consecuencia de los golpes se agravó su estado de salud y murió. La indemnización estipulada en concepto de daños y perjuicios es de 8.000 euros. El resto de los casos de responsabilidad patrimonial se refieren a indemnizaciones de 742 y 700 euros por retrasos en diagnósticos sanitarios.

El propio Consejo Consultivo reconoce en su informe que “una parte considerable de la actividad del Consejo consiste en dictaminar propuestas de resolución relativas a reclamaciones de responsabilidad patrimonial y tienen especial importancia las que se refieren a posibles deficiencias en la asistencia sanitaria prestada”. Globalmente, las indemnizaciones que se aprobaron en concepto de daños y perjuicios por deficiencias en la atención sanitaria suponen casi 400.000 euros. A este bloque hay que sumar las que son por responsabilidad patrimonial en otros ámbitos, debido a caídas, accidentes, catástrofes naturales o mal servicio público.

El Consejo Consultivo de Aragón, adscrito al Departamento de Presidencia, está presidido por Ramón Salanova e integrado por juristas de prestigio Antonio Embid, Juan García, José Antonio Membiela, Carlos Navarro del Cacho, Juan Francisco Sáenz de Buruaga y Francisco Serrano. En 2014 y en 2015, contó con un presupuesto de 323.404 euros, en el que se incluía una partida de 160.000 euros para indemnizaciones. Este órgano tiene la función de asesorar jurídicamente al Gobierno de Aragón.

10.304 euros por resbalar en los baños en la multiusos

El buen estado, o no, de los espacios y obras públicas es un factor decisivo en la tramitación y resolución de este tipo de reclamaciones administrativas. Uno de los dictámenes reconoce 17.939 euros de indemnización a un ciclista que sufrió un accidente en la carretera A-1301, que une Ainzón e Illueca, en la provincia de Zaragoza, debido al mal estado de la calzada, “repleta de socavones y agujeros en el asfalto, así como gravilla y arena suelta”. El ciclista sufrió lesiones físicas y daños materiales.

Igualmente, se reconocen 6.000 euros en concepto de daños a un conductor que se accidentó en la carretera de Mirabel (Teruel), debido a la gravilla existente en el borde, y otros 10.304 euros a una mujer que sufrió un resbalón en los baños de la sala Multiusos del Auditorio de Zaragoza en el transcurso de un espectáculo. La afectada reclamó por los días que no pudo ir a  trabajar y por la secuela que tuvo en su hombro derecho.

Los daños producidos por fuerza mayor también son materia de responsabilidad patrimonial. El caso de mayor cuantía es de 126.075 euros y corresponde a una contratista que estaba llevando a cabo obras de acondicionamiento en una carretera del Valle de Hecho (Huesca). El dictamen incluye los daños en la categoría de fenómeno natural de efecto catastrófico, recogida en la ley, al estimar que las fuertes lluvias fueron en cantidad considerable e inusual.

El accidente sufrido por una menor en un colegio de Fraga, Huesca, es otro de los casos que han derivado en responsabilidad patrimonial con una indemnización de 6.940 euros. La niña estaba en clase de Educación Física, practicando volteos hacia delante con colchonetas, y al hacer un volteo salió fuera de la colchoneta y se hizo daño en la espalda. El Consejo Consultivo ha dictaminado que, aunque no hay negligencia alguna por parte del personal del centro escolar, “la Administración pública debe responder de los daños al haberse producido con ocasión del funcionamiento del servicio público autonómico de Educación”.

Retrasos injustificados de Sanidad en 20 reclamaciones 

El Consejo advierte en su memoria anual que la duración de los procedimientos de responsabilidad patrimonial supera en gran parte con creces el plazo máximo que el ordenamiento jurídico vigente establece para su resolución expresa. Dicho plazo se fija en seis meses desde que se inició el procedimiento. “Cuando se envía la documentación solicitando el dictamen de este Consejo Consultivo, esa actuación ya está fuera de plazo. Ese retraso en tramitar y resolver llega a extremos difícilmente comprensibles en algunos procedimientos sobre reclamaciones relativas a deficiencias en la atención sanitaria, que duran varios años”, se asegura. “En no pocos casos, el tiempo que transcurre entre la última actuación que consta en el expediente remitido y la propuesta de resolución es superior al año. Es una práctica administrativa que contradice frontalmente la obligación de diligencia y eficacia que debe presidir el funcionamiento de la Administración pública en sus relaciones con los ciudadanos”, concluye.

A lo largo del 2014, los distintos departamentos del Ejecutivo aragonés solicitaron al Consejo Consultivo de Aragón su dictamen sobre un total de 232 reclamaciones administrativas, 99 fueron desde el Departamento de Sanidad.

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