La huerta de Movera, en Zaragoza capital, corre peligro. Una sentencia da la razón a la empresa Valdenforne Solar, que impulsa la planta fotovoltaica Clarita, y anula la moratoria que el Ayuntamiento de Zaragoza aprobó para frenar la instalación de renovables en esa zona. Allí existe un regadío que data de la época de los árabes y que ahora podría perderse, dado que la resolución judicial -que admite recurso- puede tener consecuencias para otros proyectos similares en la huerta.
El juez de lo Contencioso nº3 determina que el silencio administrativo -la fórmula empleada por el equipo de gobierno del PP para considerar rechazados los recursos de la empresa promotora- debe entenderse como positivo, por lo que le da la razón respecto al cambio urbanístico y avala las licencias administrativas que solicitó la promotora.
Clarita es un parque fotovoltaico situado entre los términos de Zaragoza y La Puebla de Alfindén, con una superficie de 13,5 hectáreas, que prevé un despliegue de 10.080 módulos fotovoltaicos y una potencia de 5,7 MW. Y no es el único: en el entorno hay proyectados hasta cuatro instalaciones más (El Perdigal, el Tumbo, Campos de la Ordana y El Lugarico) que abarcan un total de 47 hectáreas.
La plataforma Salvemos la Huerta de Movera denuncia que estas plantas solares afectarían “al regadío tradicional” en una zona caracterizada por su “riqueza medioambiental y una amplia biodiversidad”, ya que se trata de “un enclave privilegiado muy próximo a los Galachos de La Alfranca”.
Moratoria a la instalación de plantas
En mayo del año pasado, Urbanismo decretó la paralización por seis meses en la concesión de licencias municipales a la instalación de parques eólicos y fotovoltaicos en la huerta de regadío zaragozana. Y ese paso concentra la parte más importante del fallo judicial.
La sentencia recuerda que el Ayuntamiento de Zaragoza desestimó por silencio administrativo un recurso de reposición contra esta resolución por parte de la promotora de Clarita. El mismo procedimiento empleó con la licencia urbanística y la licencia ambiental de actividad clasificada para construir esta planta fotovoltaica.
Sin embargo, el juez rechaza las alegaciones del Consistorio, y entre otros argumentos indica que, en vez de invocar la inadmisibilidad del recurso por parte de la promotora -al no haber acto administrativo recurrible debido a la moratoria- como causa, lo que hace es instar a su desestimación.
Por ello, el magistrado considera que el Ayuntamiento no resolvió ninguna de las tres solicitudes planteadas por la empresa y que, con la Ley de Procedimiento Administrativo en la mano, la suspensión del otorgamiento de licencias quedó sin efecto el 15 de julio, un mes después de que se presentara el recurso de reposición.
El juez también recuerda en su fallo que, un día después de las elecciones del 23-M, el 26 de mayo de 2023, el Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Energía y Minas, otorgó la autorización administrativa previa y de construcción de la planta.
Foco mediático
La tramitación de proyectos de renovables en la huerta zaragozana ha sido motivo de gran atención mediática en los últimos meses.
A la reclamación de la plataforma Salvemos la Huerta de Movera, que pide más protección en la zona, se oponen los promotores y propietarios del suelo, que denuncian la “inseguridad jurídica” a la que da lugar frenar unos proyectos con los informes a favor.
Este verano, el Ayuntamiento impulsó una modificación del Plan General de Ordenación Urbana para regular la instalación de plantas renovables en el término municipal. “Queremos ordenar nuestro territorio para hacer de Zaragoza una ciudad amable con la producción de energías limpias, pero de manera compatible con nuestros valores paisajísticos y productivos y sin alteración de las condiciones residenciales de nuestros vecinos”, argumentó el consejero de Urbanismo, Víctor Serrano.
Sin embargo, el grupo municipal socialista denunció que la redacción de la norma dejaba abierta una “gatera” para “beneficiar a las empresas interesadas”, dado que se autorizan estas instalaciones en suelos de regadío junto a polígonos industriales, separados por una carretera.
De la “dificultad” de la cuestión da fe el propio juez de lo Contencioso-Administrativo nº3, que recuerda en el actual fallo que el archivo que ha tenido que analizar, y que incluye los autos y el expediente administrativo, supera los 1.300 folios.