La portada de mañana
Acceder
La declaración de Aldama: “el nexo” del caso Ábalos apunta más arriba aún sin pruebas
De despacho a habitaciones por 1.100 euros: los ‘coliving’ se escapan de la regulación
Opinión - ¿Misiles para qué? Por José Enrique de Ayala

Asociación de Familias de Menores Transexuales Chrysallis

“Para las personas trans, su nombre registral supone un obstáculo en el respeto y protección de su dignidad”

  • Natalia Aventín es la presidenta de la Asociación de Familias de Menores Transexuales Chrysallis, a la que recurrió la madre de Gabriel para gestionar la petición de cambio de nombre de su hijo

El 12 de septiembre de 2018 está fechado el auto, firmado por la jueza encargada del Registro Civil de Calatayud, en el que se deniega la petición de Pilar Suárez y su marido de cambiar el nombre de su hijo transexual, Gabriel Delgado (todavía identificado con un nombre femenino en su DNI). El 29 de septiembre iniciaron una recogida de firmas en change.org, en la que ya acumulan más de 51.000 rúbricas.

Lo habían solicitado tres meses antes adjuntando dos informes médicos que argumentan su condición de transexual y certificado del centro escolar, en el que se afirmaba que el menor “tiene un comportamiento masculino, asumido por la comunidad escolar, y que es conocido por Gabriel”. También anejaron “numerosas resoluciones de diferentes registros autorizando el cambio de nombre de menores en circunstancias similares”.

El auto denegatorio se basa en el artículo 54 de la Ley de Registro Civil (de 1957), que establece determinados límites, siendo uno de ellos el que se refiere a la prohibición de nombres “que induzcan a error en cuanto al sexo”. Por ello, insta a que el solicitado sea un nombre neutro, “que no induzca a error en la identificación por estar en clara discordancia con el sexo inscrito”. Gabriel, dice, “remite, única e inequívocamente, al sexo masculino y no es un nombre neutro”.

Una ley de 1957

En todo el proceso, Pilar Suárez se apoyó en la Asociación de Familias de Menores Transexuales Chrysallis. Su presidenta, Natalia Aventín, llama la atención sobre un aspecto clave: la ley utilizada para no autorizar el cambio es de 1957. Esta sigue siendo válida, porque su actualización lleva desde 2011 esperando a entrar en vigor (algo que puede que no suceda hasta 2020). Y en esta nueva normativa se elimina, como subraya Aventín, en el artículo 51 ese matiz fundamental en la argumentación de la jueza: “Que induzcan a error en cuanto al sexo”. Eso, apunta, “sirve en algunos casos como argumento para que el auto sea favorable”.

Todo esto, dice la presidenta de Chrysallis, es un “batiburrillo legal que provoca la indefensión durante la niñez y la juventud, ya de por sí vulnerable, agravándola con el hecho de ser trans y no tener reconocida su identidad legalmente”. O lo que es lo mismo, puntualiza, “siendo negada su identidad por el Estado”.

Para las personas trans, señala Aventín, “su nombre registral es perjudicial, por eso intentan cambiarlo. Supone un obstáculo en el respeto y protección de su dignidad, en el libre desarrollo de su personalidad, en el derecho a su intimidad y en el derecho a su vida privada”. Para ella, hay responsables de registros civiles que dan más valor a esa parte del artículo (“que induzcan a error en cuanto al sexo”), porque consideran “que el sexo es aquel dato registral que inscribieron en las primeras horas de vida las familias y no la identidad que la persona manifiesta”.

También hay responsables, continúa, “que condicionan el auto favorable a unos tratamientos médicos endocrinológicos que nada tienen que ver con la identidad”. Y, por último, “hay autos favorables sin requisitos médicos, ni de ningún otro tipo, porque se considera que el sexo es el que la persona manifiesta y con toda lógica el registro debe reflejar los datos de la persona, porque es absurdo que las personas se tengan que amoldar a lo que dice el registro”.

Va incluso más allá al cuestionar “¿por qué tenemos que poner la identidad sexual en el registro? Empieza a ser un poco arcaico cuando las estructuras rígidas no se corresponden a la realidad social”. A la pregunta de si lo que ha pasado con Gabriel es habitual, da una respuesta sincera (y ciertamente descorazonadora): “Cada vez pasa menos, pero es porque ya sabemos en qué juzgados lo deniegan y en cuáles no. Era la primera vez que se presentaba una solicitud de este tipo en Calatayud”.

La educación

En declaraciones a eldiario.es, la madre de Gabriel aseguró que, tanto en el ámbito educativo como sanitario, su hijo solo había recibido apoyos. Aventín expone que en el campo de la educación siempre suele ser así, “pero si me preguntas esto hace dos años la respuesta hubiera sido muy distinta”, indica.

Señala que la aceptación y el trato casi siempre es bueno, y “que es algo conseguido en los últimos años con una lucha muy intensa”. Además, expone, en Aragón hay unas orientaciones educativas que deben seguir todos los centros “y dejan muy poco margen”.

El bullying, dice, tampoco es un problema normalmente, “porque es previo al reconocimiento de la identidad, y esa incomodidad que tiene la propia persona, se transmite. Cuando la persona se empodera no pasa nada, la gente joven es solidaria, solo es cruel si no conoce y no tiene información, en la juventud se empatiza mucho más que en la edad adulta”.

La asistencia sanitaria

Su opinión cambia por completo respecto a la asistencia sanitaria: “Ahí sí estamos teniendo problemas”. En su opinión, “hay carencias en el nivel de sensibilización del funcionariado, con prejuicios de los profesionales que te acaban derivando a salud mental, y familias a las que les cuesta mucho cuestionar a un profesional de la sanidad”.

Afirma Aventín que “existe un distanciamiento del sector médico sobre las reivindicaciones de las personas, no quieren acercarse, hacen una lectura que patologiza y nos excluyen del sistema”.