El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha pedido al Gobierno de Aragón y la Fiscalía que presenten sus alegaciones ante una posible cuestión de inconstitucionalidad por el pasaporte COVID
Ante la petición del Ejecutivo autonómico de instaurar el denominado pasaporte COVID, la Sala Contencioso-Administrativo del TSJ de Aragón, ha dictado este lunes una providencia pidiendo a las partes que hagan sus alegaciones por un posible vicio de inconstitucionalidad del artículo 10.8 de la LJCA. Las partes disponen ahora de un plazo de 10 días para hacerlas llegar al tribunal.
En la providencia los magistrados, como ya ha ocurrido en resoluciones anteriores, reiteran que lo que se presenta a consideración del órgano judicial es una decisión de la Administración por lo que razonan que podría existir un posible vicio de inconstitucionalidad del artículo 10.8 de la LJCA.
Han explicado que “el artículo 10.8 de la LJCA, cuestionado ahora en su constitucionalidad, dota a la jurisdicción de una dimensión diferente a la que le corresponde como propia, que no es otra que la de jurisdicción revisora”.
También han añadido que el mencionado artículo de la LJCA “propone en estos casos una solución de ”cogobierno“ que excede de las funciones propias de la jurisdicción, conforme a lo dispuesto en el artículo 117.3 de la Constitución Española, y la hace partícipe --(a la jurisdicción)-- en un proceso de toma de decisiones que sólo compete, por principio, a la Administración, tal y como se desprende del artículo 106.1 de la Constitución Española”.
En su resolución han aclarado los magistrados que “no se trata de generar una situación de ”bloqueo“ ya que tampoco la administración queda ”impedida de adoptar las medidas que estime oportunas para cumplir con su también función constitucional“. Han concluido que ”la propia Administración actúa en cada caso como tiene por oportuno y más correcto, y el tribunal se limita al cumplimiento estricto de lo que la Ley le impone“. Por todo ello es por lo que plantea el tribunal un potencial vicio de inconstitucionalidad.
Ante esta providencia cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días.
El Gobierno aragonés ha puesto de manifiesto tras conocer dicha resolución, que “está analizando la resolución y explorando fórmulas para implantar el pasaporte COVID”.