Años bajo sospecha, seis meses de juicio y todos absueltos: las defensas del caso Musel se plantean reclamar al Estado

Pilar Campo

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La Audiencia Nacional no encontró una sola prueba de la existencia de los delitos de fraude, prevaricación administrativa o malversación de caudales públicos en los seis meses -de enero a junio- que duró el juicio por el caso Musel. Los 20 acusados, algunos de ellos ya superados los 80 años, han sido eximidos de toda responsabilidad por el sobrecoste de las obras de ampliación del puerto gijonés estimado en 250 millones de euros.

La resolución, además, incluye una valoración inusual del tribunal. Los magistrados sostienen en la sentencia que ni siquiera deberían haber sido juzgados ya que en la veintena de sesiones celebradas de la vista oral no apreciaron intencionalidad alguna de fraude, ni tampoco connivencia entre las empresas que resultaron adjudicatarias de la obra y los máximos responsables de la autoridad portuaria.

El largo camino judicial que les llevó a sentarse en el banquillo de los acusados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal no se limitará sin embargo a sentirse aliviados con la sentencia absolutoria. Las defensas estudian ahora la posibilidad de presentar una reclamación por responsabilidad patrimonial al Estado por el daño moral ocasionado.

Por su parte, el Observatoriu Ciudadanu Anticorrupción d'Asturies (OCAN), que ejerció la acusación popular en el juicio a través de la abogada Gemma Arbesú, ha avanzado a elDiario.es que está valorando la interposición de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

El sobrecoste de la obra de ampliación y los acusados

Para contextualizar el caso Musel hay que fijarse especialmente en dos fechas: 2005 y 2010. La primera es la de la adjudicación de las obras de ampliación por 580 millones de euros y la segunda es la de la finalización de las mismas con un coste total estimado en 830 millones. Por tanto, el sobrecoste se elevaba a 250 millones.

Las obras de ampliación del puerto habían sido adjudicadas a la Unión Temporal de Empresas (UTE) Dique Torres que estaba integrada por dos empresas del grupo ACS (Dragados y Drace), por FCC, por una empresa del grupo OHL (Sato) y por Alvargonzález Contratas.

Un total de 16 directivos de la UTE compartieron el banquillo de los acusados junto a cuatro ex altos cargos: Fernando Palao, Mariano Navas, Fernando Menéndez Rexach y José Luis Díaz Rato.

Fernando Palao fue secretario general de Transportes en el Ministerio de Fomento en la etapa de gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero entre 2004 y 2008; Mariano Navas ostentó la presidencia de Puertos del Estado desde marzo de 2004 a abril de 2009; Fernando Menéndez Rexach presidió la Autoridad Portuaria de Gijón desde mayo de 2004 a julio de 2011, y José Luis Díaz Rato dirigió el puerto gijonés entre febrero de 2000 y noviembre del año 2011.

Unas obras que, según pusieron de manifiesto en el juicio, respondían a la necesidad de hacer frente a las previsiones de incremento de tráfico marítimo comercial.

Para la financiación del proyecto, la Dirección General de Política Regional de la Unión Europea (UE) concedió una ayuda económica de 247,5 millones de euros con cargo al Fondo de Cohesión a la Autoridad Portuaria de Gijón, de los cuales abonó un total de 198 millones.

Materiales procedentes de canteras de fuera de Asturias

El pliego de cláusulas administrativas que regía la contratación de la obra establecía que en el caso de que se produjera un incremento de los gastos durante su ejecución debían ser asumidos por el contratista y en el pliego de prescripciones técnicas se incluyó un apartado sobre la utilización de las canteras para la extracción del material.

La Autoridad Portuaria de Gijón firmó el 26 de julio de 2004 un acuerdo con Hidrocantábrico (HC) para la explotación de la cantera de Aboño, propiedad de HC, y la más cercana al puerto.

La UTE había establecido en su oferta que los materiales se extraerían de las canteras de Aboño y de Perecil, pero el Ayuntamiento de Carreño, municipio asturiano al que pertenecía esta última, lo prohibió por lo que la adjudicataria recabó materiales de otras canteras comerciales más alejadas de la obra, entre otras, de León. Esta circunstancia fue la que, según la UTE, encareció el precio.

Una vez iniciada la ejecución del contrato, Dique Torres planteó un incremento en los precios de los materiales que la Autoridad Portuaria de Gijón aprobó a través de un modificado.

En 2006, la UTE firmó el contrato con HC y la Autoridad Portuaria para la explotación de la cantera de Aboño. Sin embargo, ésta no pudo utilizarse tampoco debido, según la Autoridad Portuaria de Gijón, a la construcción de una planta de desulfuración para el servicio de la térmica de Aboño de HC. Tampoco se pudieron usar las otras dos canteras conocidas como Perecil 1 y Perecil 2, más cercanas a El Musel.

Las denuncias de particulares, partidos políticos y sindicatos

A partir de ese momento comenzaron a sucederse las denuncias. En 2007, el partido ecologista de los Verdes de Asturias elevó una denuncia ante la Unión Europea (UE) sobre los sobrecostes de las obras de ampliación de El Musel, donde se oponía a la solicitud de financiación adicional que instaba la Autoridad Portuaria de Gijón.

Ese mismo año, la Autoridad Portuaria de Gijón aprobó un modificado del contrato inicial que suponía un incremento de 216 millones (sin IVA) y, a través del Gobierno español, solicitó a la UE la financiación del sobrecoste.

Sin embargo, su petición fue rechazada en 2009 al sostener la Dirección General de Política Regional de la UE que la tramitación del modificado del proyecto había vulnerado la normativa comunitaria en materia de contratación al no haberse sometido el contrato a una nueva licitación pública.

El partido asturianista Andecha Astur denunció en 2009 el incremento de los precios de los materiales y alegó que gran parte de éstos los había obtenido la empresa adjudicataria sin contraprestación y recalcó las dificultades existentes para conocer la cantidad real de materiales utilizados.

La obra finalizó en diciembre de 2010 cuando su coste ya superaba los 830 millones y, al haber sido financiada en parte con fondos europeos, la Comisión Europea puso su lupa en esta infraestructura y solicitó a España que devolviese la subvención de 247,5 millones concedida al proyecto.

Una denuncia presentada por un español residente en Luxemburgo en 2010 fue archivada por la Fiscalía y un año después la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo decretaba el archivo de otras diligencias informativas abiertas tras la denuncia presentada por el escritor Marcelino Laruelo Roa contra la Autoridad Portuaria de Gijón sobre la extracción de 25 millones de metros cúbicos de áridos del fondo marino de la bahía de Gijón con destino a rellenos de las obras de ampliación de El Musel.

También acabó archivándose la denuncia que interpuso el sindicato ultra Manos Limpias contra seis funcionarios y altos cargos. Entre los denunciados figuraban el ex presidente del Principado Vicente Álvarez Areces (de 1999 a 2011) y los exministros de Fomento socialistas Magdalena Álvarez (de 2004 a 2009) y José Blanco (de 2009 a 2011).

La investigación de la OLAF y los políticos

La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) emitía un informe a mediados de 2014 donde exponía las irregularidades contables detectadas. Técnicos de la oficina europea manifestaron entonces que las empresas sabían, poco después de que les adjudicaran las obras en 2005, que se iba a producir un importante sobreprecio. En ese documento se hacía constar que la investigación se había abierto a raíz de la denuncia de un miembro del Parlamento Europeo registrada el 18 de marzo de 2009.

La denuncia había sido presentada por el europarlamentario Mikel Irujo, de la coalición Europa de los Pueblos, e impulsada por Andecha Astur. Mikel Irujo fue diputado del Parlamento Europeo (2007-2009) y delegado del Gobierno de Navarra en Bruselas. En la actualidad es consejero de Industria bajo la presidencia de María Chivite.

En diciembre de 2014, el Observatoriu Ciudadanu Anticorrupción d’Asturies (OCAN) denunció el sobrecoste de las obras de ampliación ante la Audiencia Nacional. En aquel momento, entre los denunciantes se encontraban los que serían futuros diputados autonómicos de Podemos Asturias Emilio León y Daniel Ripa.

Pocos días después, la Fiscalía Anticorrupción presentó su propia denuncia por el caso Musel donde contaba, entre otros datos, con las informaciones aportadas por un vecino del Alto Aboño, José Prendes, afectado por la expropiación de unos terrenos para realizar un desmonte del que sacar parte de los áridos que serían utilizados en la ampliación y que posteriormente se personó en el procedimiento como acusación particular.

Finalmente, en 2015, el magistrado Javier Gómez Bermúdez, titular del Juzgado Central de Instrucción número 3, admitía a trámite las denuncias. El magistrado, uno de los más mediáticos por haber sido el ponente de la sentencia por los atentados terroristas del 11-M en Madrid, dio luz verde a la investigación judicial que acabó sentando en el banquillo a los 20 acusados ahora absueltos.

Una absolución general tras seis meses de juicio

El juicio comenzó este año en la Audiencia Nacional y se celebró a lo largo de una veintena de sesiones entre el 16 de enero y el 22 de junio. En la causa había personadas varias acusaciones. A la de la Fiscalía Anticorrupción se sumaban la Abogacía del Estado, Ocan como acusación popular, así como José Prendes como acusación particular.

La Fiscalía solicitó para cada uno de los cuatro ex altos cargos una pena de tres años de cárcel por un delito de fraude y añadió otro delito de prevaricación administrativa en el caso de Menéndez Rexach y Díaz Rato.

Los 16 responsables de las empresas que formaban parte de la UTE Dique Torres afrontaron una petición individual de la Fiscalía de dos años de prisión acusados de su presunta autoría como cooperadores necesarios en el delito de fraude.

En la vista oral, además de negar cualquier responsabilidad en los delitos imputados, los acusados y especialmente los cuatro ex altos cargos ensalzaron la relevancia de la obra en los futuros tráficos del puerto gijonés.

Fernando Palao reconoció que convocó una reunión en 2006 a la que asistieron representantes de la Autoridad Portuaria de Gijón y la UTE Dique Torres para tener información “en detalle” sobre los problemas que había suscitado la obra para su posterior traslado a la entonces ministra, la socialista Magdalena Álvarez, ante el “debate vivo” que se había planteado en Asturias ante los retrasos en la obra por los problemas en la explotación de las canteras previstas y al no poder la UTE desarrollarla en función de su oferta.

Fernando Menéndez Rexach mantuvo que las obras de ampliación del proyecto -que calificó como “pionero a nivel mundial”- estaban avaladas por Puertos del Estado y justificó los modificados en los “problemas técnicos” suscitados.

José Luis Díaz Rato aseguró que el primer proyecto de ampliación le “fue impuesto” por Puertos del Estado ya que, aunque él aportó varios informes técnicos que indicaban que no era “ni el más indicado, ni el más efectivo”, le dijeron que “debía llevarlo adelante y tenerlo terminado en 2008 porque en caso contrario no habría financiación”.

Por su parte, Mariano Navas explicó que cuando él accedió al cargo pensó que “el tema estaba ya saneado” porque en aquella época no tenía conocimiento de los “hitos de la ejecución de la obra”.

El juicio concluyó el pasado 22 de junio y el 28 de julio era notificada la sentencia absolutoria a las partes. El tribunal echaba por tierra las tesis de las acusaciones.

Las argumentaciones del tribunal

“Carece totalmente de prueba la afirmación de que tanto la Autoridad Portuaria de Gijón como la UTE Dique Torres ya conocían la imposibilidad de contar con la inmediata posibilidad de explotar la cantera de Aboño para la obtención del material pétreo destinado a la obra de ampliación del Puerto de Gijón”.

La sentencia incide en que no hubo pacto con las empresas, sino tensiones. Y alude a que las “continuas discrepancias que se recogen en el escrito de acusación entre los responsables del Puerto de Gijón y los distintos representantes de las empresas integradas en la UTE son radicalmente opuestas al concierto con los interesados en la contratación pública que exige el delito de fraude a la Administración pública por el que se formula acusación”.

Las reacciones a la sentencia han sido dispares, como era de esperar. Las defensas por un lado muestran su alivio por que sus representados han quedado eximidos de todas las imputaciones pero a su vez censuran las dilaciones del proceso, los años de sospechas y el daño moral y profesional sufrido. Estudian la presentación de la reclamación al Estado, mientras la acusación popular analiza si plantea un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

“Ha habido un flagrante mal funcionamiento de la Justicia que ha generado a unos ciudadanos un daño que no tienen el deber de soportar. Incluso la sentencia reconoce que el caso no debió llegar a juicio y que fallaron los controles legalmente previstos

El abogado ovetense Ángel Luis Bernal ejerció la defensa de varios directivos de la UTE. Siempre ha sostenido que el caso Musel nunca debió llegar a juicio, como ahora ha ratificado el tribunal. Por eso, el letrado asegura que, una vez estudiada con detenimiento la resolución, planteará al cliente la posibilidad de reclamar la responsabilidad patrimonial del Estado.

“Ha habido un flagrante mal funcionamiento de la Administración de Justicia que ha generado a unos ciudadanos un daño que no tienen el deber de soportar, lo que ha sido incluso reconocido por la propia sentencia al sostener que el caso no debió llegar a juicio y que fallaron los controles legalmente previstos”, ha subrayado.

Ángel Luis Bernal defendió en el juicio la tesis de que ninguno de los acusados vinculados con la UTE Dique Torres y/o con sus empresas integrantes intervino de forma alguna, “ni directa ni indirectamente”, en la elaboración de la oferta y en el procedimiento de licitación que, según expuso en su escrito de calificación provisional, fue “pulcro e inatacable”.

Las obras de ampliación del puerto de Gijón tuvieron, en su opinión, una magnitud extraordinaria y excepcional por varias razones: “por los sistemas constructivos empleados, por las dificultades inherentes a las condiciones climatológicas del mar Cantábrico y por el volumen de materiales y medios que fueron necesarios para su ejecución”. La defensa llegó a calificarla como la más compleja infraestructura portuaria llevada a cabo nunca en España.

Además, tal y como sostenía en su escrito de calificación, las “serias y frecuentes fricciones y tiranteces” entre la UTE Dique Torres y la Autoridad Portuaria de Gijón eran incompatibles con la concertación a la defraudación que se les imputaba a los acusados.

Según el letrado, sus defendidos actuaron buscando en todo momento el interés de la obra “con suma profesionalidad a pesar de las circunstancias adversas que marcaron su trabajo, sin buscar ni obtener ningún lucro ilícito y tratando de que la ampliación del puerto de Gijón se llevase a la práctica al menor coste y en el menor plazo posibles”.

Otros abogados de la defensa sopesan igualmente los siguientes pasos a dar para lograr la reparación del daño ocasionado a sus representados, así como las vías más factibles para conseguir esta finalidad.

El posicionamiento de la acusación popular de OCAN

El Observatoriu Ciudadanu Anticorrupción d'Asturies ejerció la acusación popular, a través de la abogada Gemma Arbesú, y compartió con algunos matices las mismas imputaciones de la Fiscalía en los delitos de fraude y prevaricación administrativa. Gemma Arbesú ha confirmado a elDiario.es que OCAN no puede negar su “decepción y preocupación” ante la sentencia, ya que discrepa absolutamente de la valoración de la prueba efectuada por el tribunal y valora actualmente si presenta un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El Observatoriu Ciudadanu Anticorrupción d'Asturies no puede ocultar su decepción y preocupación por la sentencia. El tribunal ha omitido la valoración de pruebas esenciales como las periciales de la Intervención General del Estado

“La sentencia fundamenta la absolución en testificales de parte y fundamentalmente en las periciales privadas, aportadas por las defensas para tratar de exculpar a sus defendidos. Sin embargo, omite la valoración de pruebas que a nuestro juicio son esenciales, como las periciales ratificadas en el acto del juicio oral por las peritas adscritas a los organismos públicos competentes en la materia”, subraya. Entre otras, OCAN destaca la que realizaron las peritas de la Intervención General del Estado, “por su rigor e imparcialidad”, así como otras testificales cualificadas.

Según la acusación popular, estas periciales junto a otras que se escucharon en el juicio evidenciaron “el actuar contrario a derecho de los acusados”. OCAN considera que además de una errónea valoración de la prueba existen errores de derecho.