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El calvario judicial de una agente al suspenderse por tercera vez el juicio a un compañero por acoso sexual

Pilar Campo

Oviedo —
30 de noviembre de 2023 14:29 h

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Una tortura laboral que se ha convertido en un calvario judicial. Es la traumática experiencia por la que está atravesando una agente de 29 años, adscrita a la Policía Local del municipio asturiano de Cangas de Onís, desde que denunció a un compañero de la comisaría, de 59 años, como presunto autor de un delito de acoso sexual.

La agente acudió este jueves a la sede de la Audiencia Provincial de Asturias, en Oviedo, por tercera vez consecutiva, con la esperanza de que, en esta ocasión, no ocurriera como en las dos anteriores y el juicio pudiera celebrarse.

Su esperanza se vio truncada cuando, de nuevo, los magistrados de la Sección Tercera acordaron la suspensión de la vista oral.

Las dilaciones del juicio

Las dos primeras veces el juicio se había aplazado “por causas de fuerza mayor por cuestiones de salud”, según confirmaron los letrados, pero en esta tercera ocasión la razón era bien diferente.

El tribunal consideró que no era competente para enjuiciar la causa sino que el caso debía ser juzgado por un juzgado de lo penal, por lo que las actuaciones se retrotraen para asignar la causa a uno de los cuatro juzgados de lo penal de la capital asturiana.

Las primeras reacciones

“Si esto me pasa a mí, ¿Cómo voy a pedir que la gente denuncie?” comentaba la agente a su abogada Laura López Varona, que ejercita la acusación particular, al abandonar la sede judicial totalmente abatida por este nuevo revés judicial.

La letrada incidía en el hecho de que esta suspensión beneficia principalmente al acusado porque se le va a aplicar la atenuante de dilaciones indebidas “debido al defectuoso proceder de la administración de justicia”, reconocía.

Una reacción bien diferente a la del abogado de la defensa, Javier Díaz Dapena, que salía del edificio judicial alegando que el retraso en juzgarse la causa a quien más perjudica es “al propio acusado”.

Unas conductas “de inequívoco contenido sexual”

Los dos policías coincidieron en el año 2020 en el mismo turno laboral nocturno. La mujer fue primero agente auxiliar y luego interina en la Policía Local de Cangas de Onís y, según las acusaciones, el agente veterano empezó a acosar a la denunciante.

El acusado guiado por un ánimo libidinoso y sin respetar la voluntad contraria de la mujer le impuso conductas de inequívoco contenido sexual que consistían en tocarle el muslo, restregarse, darle besos en la cabeza o sentarse encima de la denunciante

Así, en sus escritos de calificación sostienen que el acusado, durante el desarrollo de su función, aprovechando la oportunidad de que ambos compartían el mismo turno, impuso a la joven diversas conductas “de inequívoco contenido sexual” y lo hizo presuntamente guiado por “un ánimo libidinoso y sin respetar la voluntad contraria de la mujer”.

Unos comportamientos que, según la Fiscalía y la acusación particular, consistían en “tocarle el muslo, restregarse, darle besos en la cabeza o sentarse encima de ella”.

La víctima estaba acorralada, según las acusaciones

Las acusaciones fijan la primera vez el 29 de mayo de 2020, entre la una y las tres de la madrugada, cuando ambos se encontraban dentro del coche patrulla, entre el cementerio y el campo de tiro de Cangas de Onís.

“El acusado, mientras conducía, le tocó el muslo izquierdo durante unos minutos, al tiempo que le contaba aventuras íntimas que había tenido con mujeres. Una conducta que duró hasta que la mujer interpuso el brazo antes de que alcanzase la ingle”, señalan.

Después, según su relato, el acusado aparcó en las inmediaciones del campo de tiro y una vez que ambos estaban fuera del vehículo, con la mujer policía apoyada en el mismo, “el acusado la acorraló contra él, restregándose, mientras le relataba cómo cortejaba a mujeres y lo que hacía con ellas”.

La siguiente vez ocurrió, según la denuncia, en un turno de noche de finales de octubre de 2020, en la Jefatura de Policía, cuando el acusado se acercó por detrás mientras la agente usaba un ordenador, diciéndole: “Bueno, ya te dejo sola para que veas porno tranquila” y le dio dos besos en la cabeza.

De nuevo, en la noche del 6 de noviembre de 2020, sobre la una y media de la madrugada, según las acusaciones, el policía veterano le dijo: “Pero cómo me pones, es que esas cejas, cómo me ponen”. Después, la agarró por detrás y la abrazó con fuerza, dándole un beso en la sien, y le pidió que le imprimiese un documento, respondiendo la mujer afirmativamente, intentando levantarse, momento en que el acusado la soltó y le dio otro beso.

Posteriormente, sobre las cinco y media de la madrugada de ese mismo turno, el acusado pidió a la agente que se sentase en una silla del comedor de la Jefatura de Policía, sentándose él encima de ella, quedando cara a cara, y le dijo: “¿Qué piensas, que quiero liarme contigo? ¿Qué crees eso?”, “Pero a ver ¿Cuántos años tienes? Dime ¿cuántos? ¿Te crees que me quiero liar contigo?”.

La mujer negó con la cabeza y le respondió que tenía 26 años, todo ello sin que el acusado apartarse su rostro de su confrontación con el suyo. A continuación, según los escritos de las acusaciones, el policía se levantó de sus piernas y le dijo: “Tira p'a casa, anda”.

Las secuelas de la víctima

Estas conductas provocaron en la agente “un profundo malestar, angustia, ansiedad y trastornos en el sueño”, llegando a acudir a consulta en la unidad de salud mental, donde se le diagnosticó una reacción de ansiedad. Se le prescribió la baja médica el 23 de noviembre de 2020, no constando la fecha de alta.

La agente puso los hechos en conocimiento del jefe de la Policía Local y posteriormente los denunció ante la Guardia Civil. Tres años después, cuando ya la Audiencia Provincial iba a enjuiciar el caso, se ha vuelto a suspender.

La Fiscalía y la acusación particular solicitan para el acusado la imposición de la misma pena de cinco meses de cárcel, una orden de alejamiento a la víctima a menos de 200 metros, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, todo ello durante tres años y el pago de una indemnización de 3.000 euros por los daños y perjuicios morales ocasionados.

Por su parte, la defensa interesa la libre absolución al negar los hechos imputados por las acusaciones.

El trastorno de la suspensión

La resolución de la Sección Tercera, dictada 'in voce' por los magistrados, por la que declara que la competencia pasa a ser de un juzgado de lo penal, causó una gran conmoción a la víctima y una gran satisfacción al acusado.

La principal diferencia que se produce al cambiar de órgano, aparte del trastorno que pueda suponer el retraso de nuevo en que el caso sea juzgado, es que el propio acusado no tendrá que enfrentarse a un juicio en calidad de miembro de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado, sino que será enjuiciado como cualquier otro ciudadano.

Las reacciones de sus respectivos letrados no se hizo esperar. Así, el abogado defensor, Javier Díaz Dapena, abandonaba la sede judicial satisfecho y mostraba su conformidad a la resolución de los magistrados de suspender la vista.

La defensa alegaba que la suspensión era la medida más razonable al considerar que “sin prejuzgar el caso no está determinado si los hechos pudieron acontecer o no en el ejercicio de las funciones propias del cargo”.

Las dilaciones a quien más perjudica es a quien se ve injustamente sometido a un procedimiento, en este caso, al propio acusado. Compartimos la resolución de los magistrados de suspender el juicio. Pedimos la libre absolución porque negamos los hechos

“Me parece muy oportuno por parte de la sala. Hay una regulación especifica que dice que se pueden proponer estas cuestiones en este acto. La Sala es soberana para proponerlo en este acto y si a la otra parte no le gusta siempre tiene expedita la vía del recurso. Las dilaciones a quien más perjudica es a quien se ve injustamente sometido a un procedimiento”, ha subrayado la defensa.

La abogada Laura López Varona no ocultaba su sorpresa ante la decisión de la Audiencia ya que, según expresaba al abandonar la sede judicial, el escrito de calificación de la Fiscalía interesaba expresamente que “los hechos fueran juzgados en la Audiencia Provincial”.

El acusado cometió los hechos dentro de su jornada laboral, en sus patrullas como agente, con su uniforme y su arma reglamentaria, es decir, en el ejercicio de sus funciones

“El fiscal consideraba que tenía que ser juzgado en la Audiencia porque afectaba a un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado. Se han citado a las partes en tres ocasiones y en ningún momento -añade la acusación particular- se planteó esta cuestión de si era o no el foro especial para juzgar este caso y ahora nos dicen que debe ser en un juzgado de lo penal con lo cual se retrotrae nuevamente”.

Además, según su versión, el acusado cometió los hechos “dentro de su jornada laboral, en sus patrullas como agente, con su uniforme y su arma reglamentaria, es decir, en el ejercicio de sus funciones”.

La acusación particular ha anunciado que recurrirá el auto por el que la Audiencia declara su incompetencia para enjuiciar la causa.

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