La Fiscalía del Principado de Asturias ha solicitado al Juzgado de Instrucción número 2 de Oviedo el sobreseimiento provisional de la pieza de la “Operación Pokémon” relativa a las escuchas telefónicas intervenidas a Joaquín Fernández, el exvicesecretario de comunicación del PP de Asturias, conocido como “el conseguidor” por aprovechar sus relaciones con funcionarios y dirigentes del partido para obtener contratos en ayuntamientos de los municipios asturianos de Tapia de Casariego, Siero, Cangas del Narcea y en la empresa pública Hunosa.
Los pinchazos telefónicos de las conversaciones que Joaquín Fernández mantenía con sus amistades donde se refería expresamente a la manipulación de contratos para su adjudicación no han sido suficientemente relevantes a juicio de la Fiscalía para seguir adelante con la imputación de los delitos de influencias o irregularidades en las contrataciones. Así, en el informe remitido al juzgado, el Ministerio Fiscal advierte de que a esta circunstancia se suma la imposibilidad de practicar nuevas diligencias, al haber finalizado el plazo de la instrucción.
La Fiscalía resalta que la última prórroga para continuar con la investigación de la causa fue acordada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo en octubre de 2017 por un tiempo de dos años, sin que antes de que expirara este plazo se hubiera acordado una ampliación del mismo, por lo que no caben nuevas prórrogas de la instrucción ni, en consecuencia, tampoco la práctica de nuevas diligencias.
La Fiscalía se posiciona a favor del sobreseimiento provisional sobre los contratos de limpieza del Ayuntamiento de Tapia de Casariego, los contratos de recogida de basura de Siero y Cangas del Narcea y la instalación del control horario en este último consistorio a través de una empresa de seguridad.
Escuchas sobre la manipulación de contratos para obtener la adjudicación
También pide que no sigan adelante las diligencias referidas a la gestión de la sede del PP de San Martín del Rey Aurelio, la relación que Joaquín Fernández tenía con el grupo Hunosa y la Fundación Santa Bárbara y la facturación de la web de la candidata del PP en las elecciones autonómicas de 2011, Isabel Pérez Espinosa, así como el entramado societario de la empresa Ingenium Consultoría, propiedad del “conseguidor”.
La Fiscalía va detallando cada una de estas actuaciones. Así, en relación a los contratos de limpieza del Ayuntamiento de Tapia de Casariego destaca que el único dato existente son las conversaciones intervenidas a Fernández, donde alude a la posibilidad de “manipular un contrato de limpieza para obtener su adjudicación” a través de su empresa que realizaría la asistencia técnica de apoyo a la licitación y, de esta forma, se fijarían unas condiciones de la licitación “a medida de la empresa a la que deseaba favorecer”.
Pero no le consta ningún otro indicio de que se hubiera llevado a cabo esa manipulación ni de que se hubieran concertado con los responsables de un procedimiento de contratación, que “ni siquiera consta que llegase a comenzar, para alterarlo en su favor”, indica en su informe.
Tampoco aprecia delito en la mediación del conseguidor con el delegado de una empresa y el entonces concejal de contratación y teniente de alcalde del Ayuntamiento de Siero para la renovación del contrato de recogida de basuras y limpieza viaria. Eso a pesar de que la propia Fiscalía asegura que las escuchas permitieron conocer el interés de los investigados para conseguir que la interventora realizara un informe favorable y, de esta forma, conseguir la aprobación de la prórroga.
El interés del concejal por favorecer la prórroga del contrato
Asimismo, en el expediente administrativo consta otro informe firmado por la interventora en febrero de 2013, complementario al anterior, en el que se concluye que, atendiendo a la parte económica, estaba dentro de las previsiones contractuales una prórroga del contrato.
Finalmente, por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Siero de 25 de abril de 2013, se aprobó la prórroga durante 10 años del contrato de recogida de residuos y limpieza viaria en favor de esta empresa por 20 votos a favor, 3 en contra y dos abstenciones. Lo único que la Fiscalía aprecia en estas conversaciones es “el interés del concejal en favorecer la prórroga del contrato”, pero recalca que la consideración ética de esta conducta no puede determinar la sanción penal del hecho.
La acusación pública también descarta que en este caso concurra el requisito de la finalidad de obtener de los funcionarios influidos una resolución en sentido técnico-jurídico porque la finalidad perseguida era la obtención de la interventora de un informe o dictamen favorable a la prórroga, que “no constituye resolución entendida de forma restrictiva, de acuerdo con la jurisprudencia”.
En aquella fecha, el concejal que actuaba como interlocutor con Fernández era Luis Vázquez, que en 2011 encabezó la candidatura del PP en el municipio de Siero, el cuarto en población de Asturias. El nombre del que fuera edil de Hacienda y de Economía apareció en esta pieza separada del caso Pokémon por las conversaciones que mantuvo con el conseguidor en contratos para las empresas de la conocida como “trama del agua”.
Vázquez, que abandonó el PP y se quedó en la corporación como concejal no adscrito, admitió haber mantenido varias conversaciones con él durante su mandado como edil de Economía durante el período comprendido entre los meses de marzo de 2012 y diciembre de 2013. El edil había abandonado el equipo de gobierno aduciendo entre otras razones la supuesta privatización del agua y la polémica de los contenedores soterrados en el municipio.
Tampoco aprecia tráfico de influencias en los contratos con Hunosa
En aquella fecha, Vázquez reconoció públicamente que mantuvo “dos reuniones” con el conseguidor cuando él estaba al frente de la delegación de Economía, pero según su versión, jamás hubiera abordado con él la prórroga del contrato de limpieza viaria y recogida de residuos. Explicó que hablaron de los productos y servicios ofertados por la Fundación Laboral de Minusválidos Santa Bárbara (Fusba), una empresa del grupo Hunosa que tiene uno de sus centros de producción en Siero.
Respecto a la adjudicación de contratos a la fundación, Hunosa suscribió con la empresa de Joaquín Fernández un contrato el 12 de noviembre de 2012, con una duración de seis meses y cuyo objeto era que prestara servicios de gestión comercial, sin carácter de exclusividad, para el Grupo Hunosa y, en concreto, de los productos y servicios que prestaban a la fundación como suministro de material laboral, trabajos de jardinería, de digitalización de documentos, de desinfección, desratización y desinsectación.
Sin embargo, la Fiscalía también pide el sobreseimiento provisional al entender que los datos son insuficientes para mantener la imputación de tráfico de influencias.
La relación del conseguidor con una empresa de seguridad
En su informe también se aborda la mediación de Joaquín Fernández con una empresa de seguridad a través de una factura pagada en agosto de 2013 por la instalación y puesta en servicio del sistema de control de horario en el Ayuntamiento de Cangas del Narcea por importe de 6.909 euros, los pagos por Hunosa por tres contratos por un importe total de 15.554 euros y otras cuatro facturas por la prestación de otros servicios que ascienden a 5.085 euros.
A través de las escuchas, se puede oír como el conseguidor habla con su interlocutor sobre la posibilidad de montar una empresa y que, con los contactos que tienen entre ellos, creen que van a poder hacer cosas “arriesgando poco dinero”, según consta en el informe sin que tampoco la Fiscalía vea indicios que corroboren que hubo una manipulación de la contratación en favor de esa empresa.
La Fiscalía subraya que tanto la contratación de la instalación y puesta en servicio del sistema de control de horario en el Ayuntamiento de Cangas del Narcea como los pagos por parte de Hunosa son contratos menores por su cuantía, que no requieren expediente, las prestaciones fueron realizadas y no aparece ningún indicio de irregularidad en su adjudicación, por lo que no ve indicios delictivos.
Relaciones económicas con el PP de San Martín del Rey Aurelio
El informe también analiza las relaciones económicas con el PP de San Martín del Rey Aurelio, tanto por la contratación de dos trabajadoras como por el arrendamiento de la sede. Según se desprende de las comunicaciones intervenidas, la empresa del conseguidor intervino en la contratación de esas dos personas que trabajaban realmente para el Partido Popular, pero según la Fiscalía estos hechos por sí solos, no son constitutivos de delito, con independencia de las posibles infracciones de la normativa administrativa y laboral, que ya estarían prescritas.
En el caso del contrato de arrendamiento de la sede local del PP en esa localidad hay evidencias de que se trató de ocultar esta relación, pero su cuantía tampoco sería suficiente para poder considerarlo delito fiscal, añade la Fiscalía, por lo que también pide su sobreseimiento provisional.
El Ministerio Fiscal analiza la facturación de una página web que sirvió de soporte publicitario para el lanzamiento de la candidata del PP de Asturias, Isabel Pérez Espinosa dentro de la campaña para las elecciones autonómicas celebradas en mayo de 2011 en Asturias cuyo coste no superó los 3.000 euros pero, sin embargo, el precio devengado y pendiente de pago habría ascendido a unos 25.000 euros.
No obstante, a través de la información solicitada al PP y a su Grupo Parlamentario en la Junta General del Principado de Asturias y de las declaraciones de los testigos, la Fiscalía concluye que no existió ninguna relación mercantil con la empresa de Joaquín Fernández.
Finalmente, el Ministerio Fiscal sólo ha hallado “sospechas” de la presunta participación del conseguidor en un entramado societario del que se serviría para canalizar el flujo de dinero obtenido de sus actividades “con el presumible fin de dificultar conocer su procedencia, por lo que tampoco puede entender que ha quedado acreditado un delito de blanqueo.
“No hay indicios suficientes que permitan determinar si ese dinero procede de hechos delictivos o de una actividad legítima como comercial, requisito imprescindible para la comisión del delito”, señala en su informe.