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Tal vez sería más sencillo y más rápido formular esta carta de otra manera. ¿Hay algo que sea normal en la instrucción del juez Juan Carlos Peinado contra Begoña Gómez, la mujer del presidente del Gobierno? ¿Algo que sea previsible en esta investigación penal? ¿Algo que ocurra de manera cotidiana en cualquier otro juzgado español?

La respuesta es muy corta. No, no hay nada que sea muy normal. Ni los plazos, ni las formas ni los procedimientos. 

Pero vamos al detalle, que hay muchas cosas complejas que explicar. 

1. La denuncia con bulos de Manos Limpias. 

La actualidad va tan rápida que tal vez ya no lo recuerdes. Todo esto empezó en abril, con una denuncia presentada por el pseudosindicato Manos Limpias. Juan Carlos Peinado la aceptó a trámite, sin preguntar antes a la Fiscalía, a pesar de que solo incluía ocho recortes de prensa y un bulo que confundía a la mujer del presidente con otra Begoña Gómez que había pedido una subvención. 

Aquí está la primera gran anomalía de esta instrucción, que nunca debió arrancar. Porque la jurisprudencia del Tribunal Supremo dice de forma muy clara que no se pueden aceptar a trámite denuncias o querellas que consistan en “la mera aportación de recortes de prensa o similares sin más constatación o acreditación”. Un criterio que al juez Peinado le dio exactamente igual. 

2. El regreso triunfal de Miguel Bernard

El denunciante y líder de Manos Limpias, Miguel Bernard, es un histórico militante de la ultraderecha española: en los ochenta fue el número dos de Blas Piñar en el partido Frente Nacional. Bernard presentó esta denuncia contra Begoña Gómez poco después de haber sido salvado por el Tribunal Supremo de su particular calvario penal. 

En 2021, la Audiencia Nacional condenó a la cárcel a Miguel Bernard y al presidente de Ausbanc, Luis Pineda, por los delitos de estafa y extorsión. Según la sentencia, el modus operandi de estas dos organizaciones consistía en poner en marcha procesos judiciales contra grandes corporaciones que después retiraban o atenuaban si las empresas denunciadas pagaban. ¿Y si no lo hacían? Pues leña al mono. 

A pesar de estos hechos probados, que el Supremo dio por buenos, la Sala de lo Penal les absolvió en marzo de 2024, una sentencia que ya es firme. Su argumento es que las denuncias se basaban en datos ciertos y que esa extorsión no era tal porque estas grandes empresas formaban parte del Ibex y tenían a su alcance muchas herramientas para defenderse en los tribunales.

En resumen: para el Supremo no hay delito de extorsión si puedes defenderte del matón. 

Apenas dos semanas después de ser absuelto, Miguel Bernard, presentó la denuncia contra Begoña Gómez de la que estamos hablando hoy.

3. La causa relativamente secreta

El juez Peinado, con esa denuncia de Manos Limpias, puso en marcha una investigación judicial y decretó el secreto de sumario. Acto seguido, comunicó al gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se había iniciado esa investigación “secreta”, para que lo contara a los medios. La noticia se publicó por tierra, mar y aire. 

Normalmente, las investigaciones judiciales bajo secreto no se cuentan a la prensa. Es obvia la razón. La utilidad del secreto consiste en que los investigados no sepan que están bajo la lupa de la Justicia y así poder recabar más pruebas contra ellos. 

Segunda rareza del secreto a voces del juez Peinado. Tras sus primeras diligencias, el juez Peinado se tomó el “secreto” de forma asimétrica. Facilitó buena parte de la documentación de la causa a una de las acusaciones, Vox, pero no al abogado de Begoña Gómez. Es algo bastante irregular. El periodista Max Pradera ha presentado una querella por revelación de secretos sobre la que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid aún no se ha pronunciado. 

4. ¿Y qué se investiga aquí?

La denuncia de Manos Limpias acusaba a Begoña Gómez de tres cuestiones. La primera, de haber facilitado el rescate de la aerolínea Air Europa a cambio de un patrocinio para un centro del Instituto Empresa que ella codirigía. Los primeros titulares al respecto hablaban de 40.000 euros. La realidad es que ese dinero –cuyo destino era un programa de becas– nunca se pagó. Solo se gastaron dos billetes de avión. 

El nexo entre ese patrocinio y el rescate de Air Europa también estaba cogido con muchos alfileres. El acuerdo para ese patrocinio fue previo a la pandemia. Se canceló, precisamente, por la irrupción del coronavirus, que fue también lo que motivó el rescate de Air Europa (y de todas las aerolíneas de la UE).

La segunda acusación de Manos Limpias tenía que ver con un concurso público que ganó una empresa de Carlos Barrabés, un conocido emprendedor del sector de Internet. Begoña Gómez firmó una declaración de interés que Barrabés presentó en ese concurso, donde acreditaba que el máster que ella dirige iba a colaborar con el programa de formación al que optaba Barrabés. Era una carta tipo: idéntica a la que firmaron 32 personas más. Entre otras, la directora de la Agencia de Empleo del Ayuntamiento de Madrid. 

¿Y la tercera cuestión? Pues ese bulo de una subvención a otra Begoña Gómez: una empresaria cántabra que se llama igual que la mujer del presidente del Gobierno y a la que ni siquiera le dieron subvención alguna. Tan solo la pidió.

5. La Guardia Civil no ve delitos 

El juez Peinado encargó a la UCO, la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, que investigara la denuncia de Manos Limpias. La UCO elaboró un extenso informe de casi 120 páginas. Su respuesta es contundente: no hay indicios de ningún delito. Ni en el patrocinio de Air Europa que no se pagó, ni tampoco en la declaración de interés a favor de Barrabés, un documento que no tuvo ninguna influencia en la adjudicación. 

Pese al revés, el juez Peinado insistió. Y pidió a la Guardia Civil un segundo informe sobre los correos y pliegos de las adjudicaciones ganadas por las empresas de Barrabés. De nuevo agua. Para la Guardia Civil, sigue sin haber indicios de delito

6. Una causa general

Mientras tanto, pasaron dos cosas más. La primera, que la Audiencia de Madrid le dijo al juez que no veía indicio alguno en el tema de Air Europa y que se centrara en lo de Barrabés; de paso, cuestionó su decisión de mantener la causa bajo secreto sin justificación. La segunda, que la Fiscalía Europea reclamó el tema de Barrabés, al tratarse de fondos europeos.

Lo esperable en este caso había sido el cierre de la instrucción. Básicamente, porque Peinado se había quedado sin temas que investigar. Pero esto tampoco lo frenó. No solo ha seguido investigando sin nuevos indicios ambos temas (lo de Air Europa, lo de Barrabés). Sino que también ha abierto un nuevo frente, que no aparecía en la denuncia: la relación de Begoña Gómez con la Universidad Complutense. 

En un auto, el 1 de julio, el juez Peinado explicó exactamente qué es lo que está investigando. Y la frase es peculiar.

“Los hechos objetos de investigación son todos los actos, conductas y comportamientos que se han llevado a cabo por la investigada desde que su esposo es presidente del Gobierno de España que se contienen en la denuncia inicial, con exclusión de los hechos relativos a los contratos adjudicados a la Unión Temporal de Empresas constituida por las empresas Innova Next y Escuela de Negocios The Valley, por la entidad pública Red.es, financiados con fondos europeos y cuyo conocimiento fue avocado por la Fiscalía Europea.”

En resumen: el juez Peinado investiga TODO lo que haya podido hacer Begoña Gómez desde que Sánchez es presidente. Cuesta encontrar un ejemplo más claro de investigación prospectiva, a ver qué puede pescar.

7. De testigos a investigados

Lo ha hecho dos veces ya. Primero con Carlos Barrabés: el juez Peinado le llamó a declarar como testigo. Y días después lo imputó. Después con el rector de la Complutense: de nuevo lo citó como testigo y más tarde le comunicó que estaba imputado también.

Esto no es nada normal. Ante un tribunal, un testigo tiene menos derechos que un imputado o investigado: está allí para ayudar a que se aclaren los hechos, no porque sea sospechoso de nada. Para empezar, un testigo tiene la obligación de decir la verdad –los imputados no–. Y el testigo tampoco puede ser asistido por un abogado durante su declaración. Llamar a declarar a una persona como testigo para después imputarla es algo muy poco habitual en los juzgados: porque supone una merma de sus derechos.

Hay otro tema muy relevante aquí, el caso concreto de Carlos Barrabés. El juez ha basado su imputación en los datos que figuran en los informes de la Guardia Civil. Pero el juez ya tenía esos informes días antes de citarle como testigo. Si esos supuestos indicios contra él aparecían ahí, ¿por qué no le imputó desde el primer momento?

8. Que declare el esposo Sánchez, pero no como presidente

Primero Barrabés. Después el rector. Y el siguiente “testigo” que ya puede imaginar por dónde va el juez es el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. 

Su citación como testigo es extravagante. Y no solo porque el juez Peinado se invente dos artículos de la ley de enjuiciamiento criminal

Primero, por los plazos. No conozco muchos juzgados que lleven esta velocidad: donde citen a los testigos de una semana para la siguiente o, en algunos casos, en domingo. 

Segundo, por lo que pide el juez. El presidente del Gobierno, en cualquier asunto que tenga relación con el cargo que ocupa, tiene derecho a responder como testigo por escrito ante un tribunal. Pero el juez quiere que la declaración sea en persona y grabada en vídeo. De hecho, en su providencia dedica más párrafos a explicar cómo hay que grabar el vídeo –una grabación que seguro será después filtrada a los medios– que a explicar por qué le pide testificar.

Para justificar que no responda por escrito, el argumento es que se trata de unos hechos que “no tienen que ver con el cargo que ocupa”. Pero, ¿cómo encajar esto con la propia explicación de Peinado, cuando aseguró que investiga “todos los actos” de Begoña Gómez “desde que su esposo es presidente del Gobierno”?

Hay otra cuestión más. Los familiares directos de una persona investigada tienen derecho a no responder como testigos. Es decir, que Sánchez no solo no tiene la obligación de declarar sino que el juez sabe perfectamente que es improbable que lo haga, igual que hizo su mujer.

Pese a todo, Peinado ha decidido desplegar un circo en La Moncloa cuyo único objetivo es evidente, igual que cuando decidió imputar a Begoña Gómez en plena campaña electoral. 

Porque todas las anomalías y chapuzas de esta instrucción judicial van siempre en la misma dirección. Solo se entienden desde el prisma político. Solo se explican así.  

Me cuesta creer que la Audiencia de Madrid pueda avalar una investigación penal así. Pero con su decisión de retrasar la respuesta todos los recursos hasta el 30 de septiembre ya ha movido ficha. Van a dejar que el circo del juez Peinado continúe un poco más.

Lo dejo aquí por hoy. Y me despido por unas semanas: este es mi último boletín antes de vacaciones. Volveré a finales de agosto, necesito descansar. Espero que tengas un buen verano tú también. 

Un abrazo,

Ignacio Escolar

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Tal vez sería más sencillo y más rápido formular esta carta de otra manera. ¿Hay algo que sea normal en la instrucción del juez Juan Carlos Peinado contra Begoña Gómez, la mujer del presidente del Gobierno? ¿Algo que sea previsible en esta investigación penal? ¿Algo que ocurra de manera cotidiana en cualquier otro juzgado español?

La respuesta es muy corta. No, no hay nada que sea muy normal. Ni los plazos, ni las formas ni los procedimientos.