Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Aldama zarandea al PSOE a las puertas de su congreso más descafeinado
Corazonadas en la consulta: “Ves entrar a un paciente y sabes si está bien o mal”
OPINIÓN | Días de ruido y furia, por Enric González
Sobre este blog

El caballo de Nietzsche es el espacio en eldiario.es para los derechos animales, permanentemente vulnerados por razón de su especie. Somos la voz de quienes no la tienen y nos comprometemos con su defensa. Porque los animales no humanos no son objetos sino individuos que sienten, como el caballo al que Nietzsche se abrazó llorando.

Editamos Ruth Toledano, Concha López y Lucía Arana (RRSS).

Cómo reglamentar el maltrato animal más cruel

Becerrada en Pozuelo de Alarcón (Madrid). Foto: AVATMA

José Enrique Zaldívar Laguía

Aunque la Real Academia Española admite lo “sangriento” en uno de los significados que aplica a la palabra “cruel”, la utilización de este término, si se hace referencia al sufrimiento en los animales no humanos, no es adecuadamente interpretada, especialmente cuando aparece mencionado en las leyes de protección animal y en los reglamentos de espectáculos taurinos. Por tanto utilizaré como significado de “cruento” aquello que es sangriento, y como significado de “cruel” aquello que es insufrible o excesivo. Exactamente lo mismo ocurre cuando se hace referencia al maltrato, que tiene su origen en la palabra “maltratar”, algo tan simple como “tratar mal a alguien de palabra o de obra”. El problema es que, al igual que casi todos podemos entender lo que es tratar mal a un ser humano, los hay que no utilizan la misma capacidad de análisis y de interpretación cuando se trata de animales de otra especie, y más concretamente los pertenecientes a la raza o agrupación ganadera de lidia, que según la Real Academia no son alguien porque no son personas. A ver si arreglan esto, señores y señoras académicos.

El día 3 de septiembre algunos medios de prensa nos regalaban un hilarante titular digno de 'El Mundo Today', como alguien apuntó en las redes sociales: “El Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid dará cursos contra el maltrato animal”. Sé que esta declaración de intenciones no tiene nada de gracioso, y sí de indigno, pero he tomado la determinación de tomarme los asuntos taurinos, en según qué cosas, con sarcasmo, y ésta es una de ellas. Pido disculpas a los lectores más sensibles en temas de animales no humanos, y en su defensa y protección.

Que la tauromaquia esté contra el maltrato animal es un sinsentido. Que un organismo público como es el Centro de Asuntos Taurinos de la CAM, que promociona, difunde y subvenciona el maltrato animal, inherente a su actividad, esté dispuesto a impulsar la formación en los ayuntamientos de nuestra región con la finalidad de que se cumpla la legislación y se respete a los animales durante los festejos, no deja de ser una frivolidadCentro de Asuntos Taurinos de la CAM. No podemos olvidar que este organismo es el que se encarga, entre otras funciones, de surtir de dinero público a los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes para que puedan sufragar los gastos que generan los diferentes festejos taurinos que éstos últimos organizan. El señor Garrido, Consejero de la Presidencia y Justicia del gobierno de la CAM, organismo del que depende el Centro de Asuntos Taurinos, afirmaba: “Debe quedar muy claro cómo cumplir la legislación sobre el maltrato animal”, y añadía que las denuncias relacionadas con el maltrato llegan a través de canales no oficiales.

Esto resulta lógico porque nadie en su sano juicio puede pensar que un ayuntamiento, como responsable de que se cumplan las normativas, se va a denunciar a sí mismo, y más sabiendo que se incumplen de forma sistemática, con la complicidad de los responsables en las plazas y en las calles donde se celebran los festejos, y que deberían velar para que no fuera así, aunque sepamos que es pura ficción. Se cumplan o no, el maltrato seguirá existiendo en mayor o menor grado. Somos los ciudadanos que abogamos por el fin de ese tipo de maltrato, que curiosamente se legisla, los que denunciamos los incumplimientos de los reglamentos, como hicimos desde eldiario.es hace muy poco tiempo, pese a que el Ayuntamiento de Villanueva de La Cañada afirmó que todo se había desarrollado según la legalidad vigente. O no conocen la legalidad o mienten. La presidenta de la CAM, la señora Cifuentes, manifestaba hace unos días, que “se trataría de implantar fórmulas de control exhaustivo contra el maltrato animal en las fiestas populares con toros”.

¿Y con los becerros y becerras? ¿Y con los novillos y novillas? ¿Y con las vacas?

Lo cierto es, que tratándose de tauromaquia, los políticos se pillan los dedos, y más en una Comunidad como la de Madrid, donde los deberes sobre este tema se abandonaron hace mucho tiempo. No me cabe la menor duda que por el nulo interés que tienen en evitar el dolor y el sufrimiento de los animales domésticos, y no digamos de los salvajes.

La Comunidad de Madrid promulgó en 1990 una Ley de Protección de los Animales Domésticos (y los de raza de lidia lo son, entre otras cosas, porque son una excepción en la misma): la Ley 1/1990, de 1 de febrero, que prácticamente y hasta ahora, no ha sufrido grandes modificaciones. En esta Ley y en su capítulo I, artículo 4/1, se dice: “Se prohíbe la utilización de animales en los espectáculos, peleas, fiestas populares y otras actividades que impliquen crueldad o maltrato, puedan ocasionarles sufrimientos o hacerles objeto de tratamientos antinaturales”. Pero como el que hizo la Ley hizo la trampa, en su artículo 4/2 añade: “Quedan excluidos de forma expresa de dicha prohibición:

a) La fiesta de los toros en aquellas fechas y lugares donde tradicionalmente se celebra.

b) Los encierros y demás espectáculos taurinos, en las fechas y localidades donde tradicionalmente se celebren siempre que en los mismos no se maltrate o agreda físicamente a los animales“.

Reconoce, por tanto, de forma implícita y en el apartado a), que la fiesta de los toros es cruel y supone maltrato, ocasionando sufrimiento a los animales utilizados y que son objeto de tratamientos antinaturales, e intentó curarse en salud en su apartado b), en el que hace referencia, aunque no de forma explícita, a aquellos festejos que considera como tradicionales o populares, nombrando a los encierros.

No es nada nuevo que las leyes de protección animal, que se han otorgado la mayoría de las Comunidades Autónomas, hagan la excepción con los animales de lidia, sea cual sea su edad, autorizando que sean maltratados y en ocasiones torturados, porque así lo dicta la tradición. En todo caso de forma cruel, y en algunos, además, de forma cruenta. El maltrato animal siempre existe, sea cual sea el formato del festejo, sin necesidad de herir a los animales. En todos los espectáculos taurinos se maltrata a los animales de forma física y emocional. En todos hay sufrimiento.

De hecho, la Comunidad Autónoma de Madrid promulgó, en el año 1996, un Decreto de fecha 25 de julio por el que aprobaba su Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares. Lo hacía en virtud de su Estatuto de Autonomía, que le atribuía la función legislativa plena en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, y de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

En dicho reglamento se especifica que son “Espectáculos Taurinos Populares” aquellos en los que la muerte de la res no se produce en presencia de público y, por tanto, no se aplica a la lidia en sus diferentes modalidades. Quédese lector con este párrafo, porque a lo largo del artículo trataré una noticia de plena actualidad, que no es otra que la de las becerradas de un pueblo de la Comunidad de Madrid que se llama Zarzalejo, y que ya ha sido tratada en días anteriores en este mismo medio.

Volvamos al Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Madrid: algunos de los principios básicos de dicho Reglamento son la protección de los animales y la introducción de normas dirigidas a evitar el maltrato de las reses. El Reglamento reconoce como “Espectáculos Taurinos Populares” los encierros y la suelta de reses, dejando claro que en todo lo no previsto en él se estará a lo preceptuado en la normativa del Estado en materia de Espectáculos Taurinos, de 1996.

En su artículo 1-2 dice: “Son Espectáculos Taurinos Populares aquellos festejos tradicionales en los que se conduce, corren o torean reses bravas, sin que la muerte del animal se produzca en presencia de público”.

En su artículo 2-3 añade: “Se entenderá por suelta de reses el espectáculo consistente en correr o torear reses bravas por el público en una plaza o recinto cerrado”.

En su artículo 4 apunta: “Queda prohibido en todos los Espectáculos Taurinos Populares herir, pinchar, golpear, sujetar, atar o tratar de cualquier modo cruel a las reses”.

Y en su artículo 5 concluye: “Con el fin de evitar su participación en otro espectáculo taurino, se dará muerte a las reses conducidas, corridas o toreadas en los encierros y suelta de reses sin presencia de público, y en presencia del veterinario de servicio y el Delegado Gubernativo”. Este punto es sumamente interesante para todos aquellos que consideran que acudir a una capea o a una “inofensiva” suelta de reses en una plaza, e incluso a un encierro, no supone ningún perjuicio para los animales que en ellas intervienen; pues sí, supone los perjuicios de su sufrimiento y de su muerte por pura diversión, eso sí, ésta en “privado”, con premeditación, nocturnidad y alevosía, como ocurrió en Villanueva de la Cañada con las vacas que se utilizaron y ocurre en otros muchos pueblos de nuestra geografía.

Y además la CAM desarrolló una orden de cómo se debe dar muerte a estos animales para disminuir su sufrimiento, que no se cumple en prácticamente ninguno de los casos.la CAM desarrolló una orden

Y es aquí, lector, donde, retomando lo apuntado anteriormente, creo que queda claro que las becerradas, en las que se hiere, pincha y se da muerte pública a esos animales indefensos, no es un espectáculo popular en la CAM y, por tanto, queda supeditado en su desarrollo a lo que sobre ellas dice el Reglamento Estatal. De no ser así, la becerrada de Zarzalejo, filmada por el Partido Animalista (PACMA) y acompañada de un informe de AVATMA, debería haber sido suspendida de forma inmediata, porque así lo dicta el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la CAM en su artículo 23-1/d:

“El presidente del festejo (alcalde del pueblo o un concejal) podrá suspender el festejo cuando las reses sean sometidas a un trato cruel [que no tiene por qué ser cruento]”. Se reconoce por tanto que la lidia de toros, novillos y becerros implica crueldad y es cruenta.

Pero la Comunidad de Madrid incurrió en un error, que fue nombrar las becerradas en su Reglamento de Festejos Taurinos Populares, y más concretamente en su Capítulo VI, artículo 29/1a), en el que dice:

“Encierros: Reses macho con un mínimo de dos años (novillos) y un máximo de seis (toros), excepto en el supuesto de las reses machos que vayan a ser lidiadas posteriormente en una becerrada de las previstas en el artículo 25 apartado e) del Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, en cuyo caso la edad será como mínimo de un año cumplido”.

Vemos que la CAM comete otro error y es regular la edad de estos becerros (animales de menos de dos años), porque el Reglamento Estatal 145/1996 dice en su artículo 25:

“Becerradas: En las que por profesionales del toreo o simples aficionados se lidian machos de edad inferior a dos años bajo la responsabilidad en todo caso de un profesional inscrito en las secciones I (matadores de toros) o II (matadores de novillos con picadores) del Registro General de Profesionales Taurinos o en la condición de banderillero de la categoría primera de la sección V, que actuará como director de la lidia”.

La responsabilidad del director de la lidia no implica, en este caso, dar muerte a los becerros en ninguno de los supuestos contemplados, es decir, que la lidia la realicen alumnos de escuelas de tauromaquia o simples aficionados.

Podría parecer que no hay diferencia entre: “la edad será como mínimo de un año cumplido” y “la edad inferior a dos años”, pero sí la hay, y es evidente. La CAM prohíbe el encierro y lidia posterior de becerros de menos de 1 año (y se hacen en nuestra Comunidad con animales de menor edad), mientras que el Reglamento de Espectáculos Taurinos no pone ese límite, pudiendo ser lidiados con menos de un año. ¿Puede prohibir la Comunidad de Madrid el maltrato de becerros de menos de un año durante el encierro previo a la lidia, si es que ésta se hace, y no prohibirlo durante la misma, si es que se produce? Pues sí, porque lo ha hecho.

Pero aún hay más: existen documentos gráficos y filmaciones de supuestas becerradas en nuestra Comunidad en que a los becerros no se les dio muerte pública (por ejemplo, en Las Rozas), como sí se hizo en Zarzalejo, pero a los que sí se les clavaron banderillas por parte de simples aficionados. ¿Dónde estaban los responsables de impedirlo? O mejor dicho: ¿podían hacerlo? Y la pregunta del millón es: ¿eran becerradas o era una suelta de reses (becerros de diferentes edades) en plaza con o sin encierro previo? En realidad da lo mismo porque, fueran lo que fuesen, se incumplieron ambos reglamentos, el de la Comunidad y el estatal, sin que las autoridades designadas hicieran nada por evitarlo.

La CAM no puede regular las becerradas desde su Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares, y lo hace, y de ahí la confusión que se ha producido en el pueblo de Zarzalejo, que ha arrastrado a su alcaldesa, Begoña Alonso, que en eldiario.es declaraba:

“No se puede, según la ley, pinchar, herir, golpear, sujetar, atar o tratar de modo cruel a las reses”.

Señora alcaldesa, en las becerradas se pincha, se hiere y se trata de modo cruel a los becerros, y además son espectáculos cruentos porque los animales sangran, es decir, hay hemorragias. Se les clavan banderillas, el estoque, a veces el descabello y siempre la puntilla, y usted no va a poder hacer nada por evitarlo, salvo que aplique el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la CAM, al que usted hace alusión en la frase citada, y eso queda en el limbo jurídico.

“Se cumplirá la ley y no se tratará de modo cruel a las reses. Hemos acordado con las 'comisiones de mozos y casados' que no pueden matar al toro [supongo que se referirá al becerro] porque eso es lo que dicen las leyes de la Comunidad de Madrid”.

Señora alcaldesa, la crueldad es inherente a los espectáculos taurinos, sean los que sean, con heridas o sin ellas, y nuestra asociación, AVATMA, ya ha publicado muchos estudios al respecto que puede consultar en nuestra página. ¿No es cruel introducir en la cavidad torácica de un becerro una espada de 80 cm para que se ahogue en su propia sangre de forma más o menos lenta? ¿No ha visto usted las imágenes grabadas sobre las becerradas que se celebran en su pueblo? ¿No es cruel seccionar la médula espinal con un verduguillo para dejarles tetrapléjicos? ¿No es cruel destrozar su bulbo raquídeo con un cuchillo de 10 cm, la puntilla, provocándoles una lenta parada cardiorrespiratoria? ¿No es cruel clavar arpones de 4-6 cm en sus frágiles cuerpos en aquellos lugares en los que el infrahumano de turno logre hacerlo?¿No ha visto usted las imágenes grabadas sobre las becerradas que se celebran en su pueblo?

Es cruel, pero además es cruento, señora alcaldesa: la puntilla fue prohibida hace muchos años en los mataderos de la Unión Europea precisamente por eso, por considerarse un método cruel de dar muerte a un animal. ¿Se imagina que en los mataderos se sacrificaran animales a base de espadazos (estocadas traperas), que son los que aplican los aficionados de su pueblo a estos animales de corta edad, con tortura física y emocional previa? Resulta evidente que es mejor que los simples aficionados no maten a los animales pero, como han podido leer los lectores, eso no figura en ningún reglamento de la CAM, ni tampoco en el estatal, que es por el que se rige este tipo de festejo.

“Hemos acordado con los mozos que no se haga sufrir al animal”.

Señora alcaldesa, todos los espectáculos taurinos provocan sufrimiento en los animales de lidia, absolutamente todos, sean vacas, toros, novillos, novillas, becerras o becerros, pero aún más en estos últimos por su corta edad y su indefensión ante todo lo que sucede a su alrededor. Basta con observarlos y oírlos. Y este sufrimiento no solo existe durante el festejo, sino desde el mismo momento en que abandonan sus ganaderías, son transportados, esperan su suelta en la plaza, son lidiados, maltratados, torturados y posteriormente sacrificados, en público o en privado. La única justificación que usted encuentra a esto es la tradición, que en estos casos no es que parezca estar, sino que está, por encima de la razón.

“Hemos pedido a Cifuentes que nos mande el límite de las becerradas”.

Señora alcaldesa, como habrá podido comprobar, en la lidia de un becerro hay pocos límites: dolor, sufrimiento físico y emocional y muerte por tradición. Agotamiento físico y emocional hasta la extenuación, hipoxia (falta de oxígeno), acidosis metabólica, lesiones musculares, heridas, traumatismos, hiperglucemia, hemorragias, inmunosupresión, hambre, sed, dolor, deshidratación, hipovolemia. Lo que se traduce en graves alteraciones neuroendocrinas.

“Curiosamente durante todos los años ni la Comunidad ni nadie ha levantado la voz contra esto, ya era hora”.

Señora alcaldesa, las becerradas son el espectáculo taurino más cruel e indecente que existe, denunciado en numerosas ocasiones por nuestra asociación y por todo el movimiento que trabaja por la abolición de la tauromaquia. Aquí les dejo un ejemplo, aunque sea de Córdoba, ciudad en que se homenajea a sus mujeres torturando becerros. Lea lo que hay en medios de información sobre las becerradas de mozos y casados en una localidad de nuestra Comunidad que se llama El Escorial, o la que se programa desde hace algunos años en Pozuelo de Alarcón o en Guadarrama o en Las Rozas, localidad donde los becerros fueron sacrificados fuera de la vista del público como se puede ver en el vídeo, haciendo una mezcla de becerrada y festejo taurino popular.

Es la hora de que usted, como máxima autoridad de un pueblo, acabe con este tipo de prácticas crueles y cruentas; de la noche a la mañana o al revés, como prefiera o pueda. Usted y todos los alcaldes que consienten que en sus municipios se perpetre este tipo de crímenes. Busquen las fórmulas, que las hay, y cuenten con nuestra asociación para explicar a sus vecinos por qué deben dejar de participar en esta clase de “festejos”, excepciones a las leyes de protección animal, que son las que los hacen legales.

Admitiendo las buenas intenciones de sus declaraciones, y que se ha sentido usted sobrepasada por los acontecimientos, la única manera de regular las becerradas es dando paso a su prohibición. No hay ningún problema en prohibir el sufrimiento, lo cruento, lo cruel, y el maltrato animal.

Unos días antes a la celebración de la becerrada del día 5 de septiembre en Zarzalejo, la Plataforma La Tortura No es Cultura (LTNEC) pidió a la Comunidad de Madrid la suspensión cautelar del festejo, y esta explicó, a través de un comunicado, las razones para su negativa (página 1 y página 2).

Si bien hacía alusión a que es el Reglamento de Espectáculos Taurinos Estatal el que las regula (RD 145/1996), citándolo expresamente, así como la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, también hacía alusión al Real Decreto 112/1996 de Espectáculos Taurinos Populares de la CAM, por si en algún momento del festejo se incumplía, entrando en una nueva contradicción. ¿En qué podría incumplirse un reglamento de una comunidad autónoma que dice que las becerradas se regulan por un reglamento estatal? ¿En que la edad de los becerros fuera de menos de un año si es que corrieron previamente un encierro? ¿En que se les sujetara? ¿En que se les atara? ¿En que se les golpeara? ¿En que se les tratara de modo cruel? El Reglamento estatal que regula las lidias de becerros no hace ni la más mínima mención de lo apuntado anteriormente. ¿En qué quedamos?.

La CAM sabe de todas estas contradicciones desde hace muchos años, nada más y nada menos que desde el 6 de marzo de 2008, en que acordó remitir al Consejo de Estado la modificación del Reglamento de Espectáculos Taurinos para introducir una medida que permitiera regular las becerradas y las clases prácticas de los alumnos de las escuelas de tauromaquia, evitando así las lagunas existentes hasta el momento. Y añadía a lo escrito anteriormente: “Esta nueva normativa permitirá establecer una serie de reglas para las becerradas, como la documentación exigible y la diferencia de las de los alumnos de escuelas de tauromaquia y de los simples aficionados, así como las características de las reses que se lidien en estos espectáculos y el desarrollo de los distintos tercios y suertes”. Lo expresado aparecía en un medio de prensa que no he podido localizar, dados los años que han pasado, pero si he podido reproducir el copia-pega que hice y que guardé en un archivo. La noticia iba acompañada de unas declaraciones de la Consejería de Presidencia y Justicia, de la que depende el Centro de Asuntos Taurinos de la CAM, que decía: “Esta normativa permitirá acabar con las normativas legales existentes y evitar las interpretaciones que se realizaban a los distintos textos legales actualmente en vigor”.

Seguramente todo se quedó en una declaración de intenciones y el documento mencionado reposa en un cajón o pasó por la trituradora de papeles.

Desde marzo de 2008 hasta el día de hoy han pasado más de siete años y las becerradas, que se celebraron en número de 38 en la Comunidad de Madrid durante 2014, siguen formando parte del esperpento hispánico, con la tortura y muerte de crías bovinas de raza de lidia a manos de infrahumanos por diversión y por tradición.

En España, durante el año 2014, se celebraron 194 becerradas, en sus diversas modalidades -que las hay, como verán más adelante-, lo que supuso el 10,4% del total de festejos taurinos en plaza. Dado que, como hemos dicho, la Comunidad de Madrid programó 38, esto supone el 19,5% del total de las que se celebraron en todo el Estado, y el 4% de los todos los festejos taurinos en plaza que se celebraron en la CAM. No puede servirnos de consuelo que los datos oficiales del Ministerio de Cultura indiquen un claro descenso del número de becerradas. En 2007 fueron 327, es decir, 133 más que en 2014, lo que supone un descenso del 41%.

Otras comunidades autónomas, aquellas que tienen sus propios reglamentos de festejos taurinos, en los que han incluido los populares, sí han recogido de alguna manera la regulación de las becerradas. Por ejemplo la Comunidad de Castilla-La Mancha especifica que las reses deberán ser estoqueadas por el Director de la Lidia en caso de que la becerrada sea lidiada por aficionados. En otras, como la Navarra, la puesta de banderillas, así como la suerte de matar, solo podrá ser realizada por alumnos de escuela de tauromaquia o por profesionales taurinos. En otras, como Andalucía, se admiten las becerradas lidiadas por simples aficionados, sin ningún tipo de limitación, aunque en la mayoría de ellas los que lidian a los becerros son alumnos de escuelas de tauromaquia. En Extremadura, aquellas becerradas en las que participan aficionados se consideran festejo popular y solo se admite la simulación de las suertes de la lidia. Por último, el Ayuntamiento de Algemesí, famoso por sus crueles y cruentas becerradas, decidió que en los próximos años los animales no sufrirán durante el espectáculo ningún tipo de herida por las armas de tortura; lo que no han aclarado es qué ocurrirá luego con estos becerros, aunque sabemos que serán sacrificados. En todos los casos, los animales deberán tener menos de dos años.

Hoy en día el movimiento por la abolición de la tauromaquia pide el fin de las subvenciones públicas para los festejos taurinos, sean los que sean, como forma o estrategia coyuntural hacia la desaparición de este tipo de maltrato y tortura animal, pero se debería pedir e incluso exigir -y desde nuestra asociación así lo hemos hecho- la prohibición de cualquier festejo que implique la lidia con muerte en el ruedo o fuera de él de animales de menos de dos años a manos de aficionados, de aprendices de tauromaquia, de aficionados prácticos, y en entrenamientos de novilleros, toreros y rejoneadores en las ganaderías de lidia, en esos esperpentos de los que nadie habla y que se conocen como lidias a puerta cerrada, que se celebran en las ganaderías y en algunas plazas, y en los que mueren miles de animales todos los años que no son contabilizados.

Pedimos la abolición de las becerradas, y además, de cualquier festejo popular en que intervengan animales de menos de dos años porque consideramos que son los espectáculos taurinos más crueles de cuantos se celebran a lo largo y ancho de nuestra geografía.

¿Se imaginan que fuera en la Comunidad de Madrid donde se hiciera realidad su prohibición a través de gobiernos municipales? Sería fantástico. Que sea lo antes posible, y aún mejor de la noche a la mañana.

Sobre este blog

El caballo de Nietzsche es el espacio en eldiario.es para los derechos animales, permanentemente vulnerados por razón de su especie. Somos la voz de quienes no la tienen y nos comprometemos con su defensa. Porque los animales no humanos no son objetos sino individuos que sienten, como el caballo al que Nietzsche se abrazó llorando.

Editamos Ruth Toledano, Concha López y Lucía Arana (RRSS).

Etiquetas
stats