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Los gatos de Canarias en la encrucijada: entre el maltrato institucional y su defensa ética

16 de octubre de 2024 06:01 h

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La belleza de Canarias en sus paisajes, playas y tradiciones hacen que esta tierra sea un verdadero paraíso. Sin embargo, su lado más oscuro se encuentra en el maltrato de algunas instituciones a los animales, y concretamente al gato canario de vida al aire libre, una especie que ha estado presente en las islas durante siglos.

En diciembre de 2021 se produjo un paso significativo en nuestro país con la modificación del Código Civil, declarando a todos los animales como seres vivos dotados de sensibilidad, sin excepción, y esto incluye al gato, lo que implica que tienen derecho a vivir sin sufrimiento y a recibir los cuidados adecuados.

Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias

Sin embargo, a pesar de contar con el primer y único estatuto de autonomía que reconoce en su art. 35 que los animales tienen derechos, los cabildos canarios y el Gobierno autónomo criminalizan a este animal como causante de los males que afectan a biodiversidad canaria y, en lugar de buscar soluciones integrales que aborden la conservación del medio ambiente, se opta por señalar a los gatos como los responsables, lo que no solo es injusto, sino incorrecto  e ilegítimo.

Cabe preguntarnos la razón por la cual los gatos no están incluidos en los listados de especies exóticas invasoras, y la razón no puede ser otra sino la de que no se ha podido acreditar ni fundamentar de forma científica. De lo contrario, la especie estaría incluida en los catálogos de las normas que regulan las especies exóticas invasoras, y tanto su tenencia como su venta estarían prohibidas.

La tendencia de muchas administraciones a recurrir a la muerte de los gatos como única solución de control revela un alarmante desprecio por la vida de estos animales y por la relación que muchos ciudadanos mantienen con ellos, además de la incapacidad para buscar soluciones reales y acordes con la sociedad actual, que pide métodos éticos y efectivos, como el TNR/CER.

Los argumentos jurídicos esgrimidos por los informes técnicos de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias para manifestar que están dentro de la legalidad al retirar gatos del medio ambiente y llevarlos al sacrificio carecen de lógica jurídica y son peregrinos, dejando además patente un cuestionable abuso de poder.

Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras

Uno de los aspectos más controvertidos en la gestión de los gatos en Canarias es la aplicación del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, que establece un marco legal para la gestión de especies exóticas invasoras. Aunque esta normativa busca proteger la biodiversidad local, la declaración, por parte Gobierno canario y de algunos cabildos insulares, de los gatos como especie exótica invasora -sin amparo legal- ha generado una gran polémica y socava la confianza en las instituciones de la ciudadanía y las asociaciones de protección animal.

En la mala aplicación de este decreto utilizan una disposición adicional segunda de forma sesgada, porque en la misma se señala también que no se puede contravenir “lo establecido en la legislación de protección y bienestar de animales de compañía”. Es decir, las administraciones no pueden actuar de manera que infrinja los derechos de estos animales, incluso en el caso de que llevasen una vida asilvestrada, que no quiere decir que los gatos comunitarios que viven en el espacio natural sean animales silvestres, y aunque así fuera habría que respetar las normas que les protegen.

Además, en sus ansias de declararlo como especie exótica invasora, omiten el “procedimiento” legalmente establecido, que debe seguirse y que regula ese mismo Real Decreto, y el “organismo competente”, que es el ministerio correspondiente, y en ningún caso es el Gobierno autonómico quien puede declararlo. Amén de toda las leyes que dejan al margen y que protegen a los gatos comunitarios, como son el Código Civil , el Código Penal y la Ley Estatal 7/2023 de Bienestar Animal.

Real Decreto 216/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la región ultraperiférica de las islas Canarias y por el que se modifica el Real Decreto 630/2013

Para mayor dislate, el Real Decreto 630/2013 fue sustituido hace cinco años por el Real Decreto 216/2019, donde no hay rastro de esa disposición adicional segunda que mencionaba el anterior, en la cual se apoya la Administración para impunemente perseguir y matar a estos animales.

Es evidente que el Gobierno canario, más concretamente la Consejería de Medio Ambiente, Clima, Energía y Conocimiento, ha  interpretado la normativa de manera partidista, favoreciendo acciones drásticas que buscan la eliminación de gatos, en lugar de soluciones más éticas y eficientes. Esta interpretación selectiva revela una falta de comprensión de la ley y sus intenciones. Al tratar a los gatos como una amenaza inminente, ignoran su historia de convivencia con los humanos y el papel que desempeñan en nuestras comunidades, donde es el segundo animal de familia en los hogares después del perro.

Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales

Deja bien claro la Ley Estatal que el gato, a todos los efectos, es un “animal de compañía”, independientemente del lugar en el que habite o de donde proceda, por lo que cualquier medida que se tome en relación con animales de compañía, incluidos los gatos, debe cumplir con las normativas de bienestar animal. Es decir, las administraciones no pueden actuar de manera que infrinja los derechos de estos animales. Incluso si llevasen una vida asilvestrada, tienen estatus jurídico de “animal de compañía”.

Falta de rigor en los informes jurídicos

Yerra también el Gobierno canario con la visión simplista de que la eliminación de gatos resolverá los problemas de biodiversidad en Canarias, ignorando una realidad ecológica compleja: la intervención en un ecosistema puede tener repercusiones imprevistas. En este contexto, la eliminación de gatos puede crear un vacío ecológico que permita la proliferación de otros, especialmente reptiles (más de diecisiete especies), que están catalogadas como exóticas invasoras en el Real Decreto 216/2019, de 29 de marzo, así como otras tantas especies de pequeños mamíferos. Por lo que la eliminación de gatos podría facilitar la expansión de otras especies consideradas exóticas invasoras, que podrían causar un daño mayor a la biodiversidad local.

Uno de los aspectos más preocupantes en la elaboración de estos informes es la posible falta de imparcialidad en los estudios realizados. A menudo, estos análisis son llevados a cabo por personas vinculadas a las propias administraciones, que buscan justificar políticas ya establecidas. Esta situación plantea serias dudas sobre la validez y objetividad de los resultados.

Cuando los estudios son financiados o realizados por las mismas instituciones que proponen medidas drásticas, existe un evidente conflicto de intereses. Los resultados pueden estar sesgados para alinearse con los objetivos de la Administración, en lugar de proporcionar una evaluación objetiva y científica de la situación. Esto puede llevar a decisiones que no reflejan la realidad del ecosistema, perjudicando tanto a los gatos como a la fauna.

La práctica común de que estos informes sean elaborados principalmente por técnicos biólogos o ingenieros forestales, expertos en su campo, sin la debida revisión legal especializada, plantea serias preocupaciones sobre la validez y la implementación de dicho informe.

Las decisiones tomadas por las administraciones a menudo carecen de una base legal sólida. Al actuar sobre la base de una percepción equivocada de que los gatos son una especie invasora que debe ser erradicada, están abusando de su poder. Este abuso no solo es una falta de respeto hacia los derechos de los animales, sino que también va en contra de las leyes que protegen su bienestar. Además del error jurídico, la forma en que las administraciones han abordado la situación de los gatos en Canarias tiene profundas implicaciones sociales, ecológicas y éticas. La falta de una estrategia clara y humanitaria refleja un grave desinterés por el bienestar animal y una desconexión con las necesidades y preocupaciones de la comunidad.

Demasiada amnesia jurídica para nuestro Gobierno autónomo, que dice está actuando de manera legal cuando claramente estamos ante un maltrato institucional.

La belleza de Canarias en sus paisajes, playas y tradiciones hacen que esta tierra sea un verdadero paraíso. Sin embargo, su lado más oscuro se encuentra en el maltrato de algunas instituciones a los animales, y concretamente al gato canario de vida al aire libre, una especie que ha estado presente en las islas durante siglos.

En diciembre de 2021 se produjo un paso significativo en nuestro país con la modificación del Código Civil, declarando a todos los animales como seres vivos dotados de sensibilidad, sin excepción, y esto incluye al gato, lo que implica que tienen derecho a vivir sin sufrimiento y a recibir los cuidados adecuados.