Las tramitaciones de urgencia están previstas para situaciones extraordinarias, o ante la necesidad de cumplir algún plazo legal. Aunque no se da ni una cosa ni la otra, la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid se está dando mucha prisa en mutilar su propia ley de protección de los animales, una ley que el propio PP desarrolló en 2016 con el consenso de los grupos políticos y que, en diversos puntos, es más avanzada que la recientemente aprobada Ley estatal 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
No existe ninguna justificación para esta vía de urgencia, a no ser que lo que se busque sea dificultar la participación y colarnos así retrocesos que, por el trámite ordinario, harían saltar todas las alarmas. INTERcids, Operadores Jurídicos por los Animales, ha participado en el trámite de información pública y pedido la anulación del proceso. “Puede suceder que sea necesario un ajuste para adaptar la ley autonómica a la más reciente ley estatal”, explican desde la entidad. “Sin embargo, estos cambios no son necesarios cuando el grado de protección autonómica es superior al estatal”, como sería el caso.
Durante la tramitación de dicha ley estatal, que finalmente entró en vigor en septiembre de 2023, alertamos por activa y por pasiva del gravísimo precedente que suponía la exclusión de algunos perros de la protección de la norma. Tras la vergonzante derogación completa de la Ley de la Rioja, jurídicamente indefendible y que abocó a un vacío legal que aún perdura, llega la mutilación de la ley de Madrid.
Perros utilizados para la caza: víctimas de recortes escandalosos e inaceptables
Avalada por la ley estatal, la sombra de la exclusión y la desprotección se sigue cerniendo sobre los perros utilizados para la caza y otras actividades. Nuevamente, los poderes públicos ceden ante el lobby cinegético, excluido de las más básicas obligaciones que sí se exigen a cualquier persona responsable de un perro.
Se pretende, por ejemplo, que los titulares de perros utilizados en actividades específicas -como la caza- no tengan obligación de identificarlos, salvo que se vayan a transmitir a un tercero. “Esta disposición constituye un manifiesto incumplimiento de lo previsto en la Ley 7/2023, a todas luces injustificado y contrario a los objetivos de la ley y a los más básicos principios del sistema de identificación obligatoria de los animales”, denuncian desde la entidad, que califica esta previsión de “escandalosa”.
Por otro lado, se excluye a los titulares de perros utilizados para la caza de la prohibición de mutilar las orejas o el rabo, cuando la otectomía y la caudectomía son prácticas ilegales según el Convenio del Consejo de Europa sobre protección de animales de compañía, en vigor para España desde 2018. “Estamos ante un intento de burlar el cumplimiento de la normativa por parte de determinados sectores, que de ninguna manera puede permitirse”, añaden desde INTERcids.
Se hace una excepción en los procedimientos sancionadores para que las asociaciones de protección animal no estén reconocidas como parte interesada en los casos que afecten a perros utilizados para pastoreo, guarda de ganado, caza y actividades profesionales. Se quedan solos, precisamente, los perros que más protección necesitan, por las condiciones excepcionales en que les hacen vivir.
“Si nos fijamos, no hay en la Ley ni una sola mención a perros utilizados para la caza u otras actividades que tenga por objetivo garantizarles una mayor protección, exigir obligaciones adicionales a sus responsables o establecer mecanismos de control público específicos para su caso”, señala la abogada María González Lacabex, experta en Derecho Animal. “Según la evolución que estamos observando, el único fin por el que estos perros se citan y definen en las leyes es para ser excluidos de ellas, bien parcialmente, bien totalmente, como sucedió con la Ley estatal de 2023. El peligro del precedente no es una mera disquisición teórica de juristas. El peligro es real, progresa y se materializa, y es nuestro deber advertir de ello, denunciarlo e impedir que avance”, añade Lacabex.
Más retrocesos en protección animal y en seguridad jurídica
La entidad de operadores jurídicos expertos en derecho y animales INTERcids ha puesto el foco en algunos de los recortes que se nos vienen encima. Además de lo mencionado, la asociación ha incluido en sus aportaciones a la Consejería madrileña un amplio listado de puntos en los que se identifican claros retrocesos, pero también problemas de inseguridad jurídica. Entre otros muchos, y a modo de ejemplo:
- Se elimina a los équidos de la definición de animal de compañía, en la que sí les incluye la vigente Ley autonómica 4/2016.
- Se elimina la periodicidad anual del reconocimiento veterinario.
- Se excluye del deber de superar la preceptiva formación en tenencia responsable a titulares de perros utilizados para actividades específicas, profesionales y de cría.
- Se eliminan algunas de las vigentes obligaciones relativas a la compraventa de animales.
- Se elimina la obligación de esterilizar a perros y gatos que se hallan en polígonos industriales, obras o similares y los que tengan acceso al exterior de las viviendas.
- Se elimina la obligación de comunicar el hallazgo de un animal a la administración competente.
- Se elimina la posibilidad de que los centros de protección animal públicos cuenten con programas de voluntariado y/o colaboración con entidades de protección animal.
- Se elimina la obligación de que los centros de recogida de animales se hallen en la Comunidad de Madrid o territorios limítrofes, una previsión que es garantía de control público administrativo y protección animal.
- Se eliminan conductas que la actual Ley autonómica tipifica como graves o muy graves, distintas a las previstas por la Ley estatal 7/2023.
- El abandono pasa a ser sancionado como infracción grave, cuando en la normativa autonómica es muy grave.
- Se eliminan las medidas accesorias que actualmente se encuentran en la Ley autonómica, que presentan un régimen más favorable a los animales que la Ley estatal , concretamente respecto a los plazos.
Lo que está ocurriendo con la derogación y el cercenamiento de normas autonómicas más avanzadas que la estatal -como la de La Rioja y ahora, Madrid- es la prueba de la motivación que dicta realmente la agenda política. Spoiler: no es proteger a los animales, como reclamaría una gran parte de la sociedad, sino contentar al envejecido colectivo cazador y a aquellos que quieren hacer lo que les dé la gana con los animales.
Toca hacer autocrítica. Hemos comprometido seriamente avances que ya teníamos desde hace décadas por aceptar unas migajas. Hemos permitido el progreso, paso a paso, y escondida en trámites de urgencia, de la estrategia de desproteger aún más a los animales en el ámbito legal. Pero nos tendrán enfrente. Ahora toca difundir, informar, indignarse y dar la batalla.
Las tramitaciones de urgencia están previstas para situaciones extraordinarias, o ante la necesidad de cumplir algún plazo legal. Aunque no se da ni una cosa ni la otra, la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid se está dando mucha prisa en mutilar su propia ley de protección de los animales, una ley que el propio PP desarrolló en 2016 con el consenso de los grupos políticos y que, en diversos puntos, es más avanzada que la recientemente aprobada Ley estatal 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.
No existe ninguna justificación para esta vía de urgencia, a no ser que lo que se busque sea dificultar la participación y colarnos así retrocesos que, por el trámite ordinario, harían saltar todas las alarmas. INTERcids, Operadores Jurídicos por los Animales, ha participado en el trámite de información pública y pedido la anulación del proceso. “Puede suceder que sea necesario un ajuste para adaptar la ley autonómica a la más reciente ley estatal”, explican desde la entidad. “Sin embargo, estos cambios no son necesarios cuando el grado de protección autonómica es superior al estatal”, como sería el caso.