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Sin atención jurídica, intérpretes, ni garantías de acceso al aseo por la noche: el Defensor del Pueblo denuncia las condiciones del CIE de Tenerife

El Centro de Internamiento de Extranjeros de Tenerife no presenta “unas condiciones idóneas para la permanencia de personas hasta 60 días”. Así lo afirma el Informe anual del Mecanismo Nacional de Prevención del Defensor del Pueblo de 2019. El documento publicado este 30 de junio refleja, tras una inspección realizada a Hoya Fría, que las personas internadas en el establecimiento no cuentan con apoyo psicológico ni psiquiátrico, atención jurídica ni intérpretes en los servicios sanitarios. Además, el cumplimiento del derecho a acceder al aseo por la noche es “parcial o incompleto”. Los migrantes que ingresan en el CIE de Hoya Fría durante dos meses mientras se tramita su expediente de expulsión tampoco cuentan con “material de ocio, de lectura o deportivo suficiente” ni servicios de asistencia social y cultural.

El Real Decreto 162/2014 de 14 de marzo por el que se fija el régimen interior de los CIE y su reglamento de funcionamiento establece en su artículo 15 que estas dependencias “dispondrán de los correspondientes servicios de asistencia social y cultural a los extranjeros internados, atendidos por trabajadores sociales”. Asimismo, este epígrafe sostiene la necesidad de que los centros tengan dependencias que aseguren la confidencialidad del asesoramiento jurídico que los abogados presten a los internos. Según el Defensor del Pueblo, el derecho a la intimidad en las visitas en Hoya Fría se respeta de forma parcial e incompleta. 

Otra de las reglas de estos centros se refiere a la suscripción de acuerdos de colaboración con los colegios de abogacía para establecer las condiciones de funcionamiento del servicio de asistencia jurídica, encargado de asistir a los internos. Pese a estas previsiones, el Defensor del Pueblo afirma que solo se tiene conocimiento de la suscripción de un convenio con el Colegio de Abogados de Cádiz y solo cuentan con este servicio de orientación jurídica los CIE de Barcelona, Madrid y Valencia.

De los 36 requisitos evaluados por el Mecanismo Nacional de Prevención, el CIE de Tenerife solo cumple seis: el conocimiento por parte del personal médico del protocolo de prevención de suicidios, la elaboración de partes de lesiones en un modelo adaptado al Protocolo de Estambul, la existencia de un boletín informativo en varios idiomas, información sobre protección internacional también en distintos idiomas, el acceso a imágenes por responsables del centro y la elaboración de informes médicos sobre la adecuación para viajar. 

Otras de las exigencias que Hoya Fría cumple de manera parcial o incompleta son el reconocimiento médico en las primeras 24 horas, la remisión del parte de lesiones al juzgado por parte del servicio médico, libro de quejas del que se entrega copia al interno, información sobre violencia de género, trata de seres humanos o violencia sexual, servicio de lavandería, ropa para los internos que no tienen y acceso a sus teléfonos móviles. El techado parcial de los patios  y la intimidad de las duchas tampoco se cumple de manera total. Respecto a los funcionarios, el CIE de Tenerife tampoco aprueba en la identificación de los agentes de Policía ni en la realización de actividades formativas a los mismos. 

Según el Informe, la inspección a Hoya Fría se vio mediatizada por la huida de una treintena de internos durante el verano de 2019. Este incidente provocó “importantes desperfectos y daños en uno de los módulos”. En la actualidad, tanto el centro de Tenerife como el de Gran Canaria están cerrados de forma temporal con motivo de la pandemia. En el caso de Barranco Seco, la orden de desalojo y de cierre la emitió el juez de control, Arcadio Díaz Tejera, después de que se registraran algunos positivos por COVID-19. En Hoya Fría, la clausura se produjo con motivo del cierre de fronteras, que impedía que las personas que llevaban 60 días internadas pudieran ser deportadas. 

Repatriaciones a Mauritania

El anuario dedica un apartado específico a las deportaciones de migrantes desde España a Mauritania. En 2019, cientos de personas de distintas nacionalidades fueron expulsadas de Canarias con destino a Nuadibú, aprovechando el acuerdo entre ambos Estados que prevé la readmisión de nacionale de terceros países siempre que se acredite o presuma que han transitado por uno de los países vinculados. Sin embargo, en ninguna de las resoluciones de devolución se especificaba que el punto de partida de las pateras en las que llegaron a las Islas los migrantes fuera Mauritania. El asunto, señala el Defensor del Pueblo, fue trasladado al Área de Migraciones e Igualdad de Trato de este organismo.

El Informe destaca el caso de los malienses expulsados a Mauritania, ya que ACNUR ha declarado zona de riesgo a muchas de las regiones del país. “España podría estar vulnerando el principio de no  devolución previsto en los tratados internacionales suscritos por el propio país, así como en el Reglamento FRONTEX, al devolver a ciudadanos aun por vía indirecta a lugares que impliquen un riesgo para su seguridad”, cita el documento. El Mecanismo Nacional de Prevención ha solicitado a la Administración información adicional sobre esta cuestión, que seguirá siendo objeto de seguimiento exhaustivo por parte de esta institución en 2020. En enero de este año, Canarias Ahora publicó que el Ministerio del Interior había expulsado a doce malienses que habían expresado su intención de pedir asilo y que además aseguraron que su embarcación no había partido de Mauritania, sino de Senegal.

El Centro de Internamiento de Extranjeros de Tenerife no presenta “unas condiciones idóneas para la permanencia de personas hasta 60 días”. Así lo afirma el Informe anual del Mecanismo Nacional de Prevención del Defensor del Pueblo de 2019. El documento publicado este 30 de junio refleja, tras una inspección realizada a Hoya Fría, que las personas internadas en el establecimiento no cuentan con apoyo psicológico ni psiquiátrico, atención jurídica ni intérpretes en los servicios sanitarios. Además, el cumplimiento del derecho a acceder al aseo por la noche es “parcial o incompleto”. Los migrantes que ingresan en el CIE de Hoya Fría durante dos meses mientras se tramita su expediente de expulsión tampoco cuentan con “material de ocio, de lectura o deportivo suficiente” ni servicios de asistencia social y cultural.

El Real Decreto 162/2014 de 14 de marzo por el que se fija el régimen interior de los CIE y su reglamento de funcionamiento establece en su artículo 15 que estas dependencias “dispondrán de los correspondientes servicios de asistencia social y cultural a los extranjeros internados, atendidos por trabajadores sociales”. Asimismo, este epígrafe sostiene la necesidad de que los centros tengan dependencias que aseguren la confidencialidad del asesoramiento jurídico que los abogados presten a los internos. Según el Defensor del Pueblo, el derecho a la intimidad en las visitas en Hoya Fría se respeta de forma parcial e incompleta.